Texto de la norma
Dec. núm. 532-22 que crea la Dirección de Cultura Dominicana en el Exterior,
dependiente del Ministerio de Cultura, la cual tendrá una oficina en New York. Deroga
la mención al comisionado dominicano de cultura en los Estados Unidos de América,
contenida en el artículo 1 de la Resolución 004, que aprueba la estructura organizativa
del Ministerio de Cultura. G. O. No. 11081 del 16 de septiembre de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 532-22
COINSIDERANDO: Que el artículo 128 de la Constitución dominicana consagra que el
presidente de la República dirige la política exterior del país.
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 6 de la Ley núm. 630-16, el
Ministerio de Relaciones Exteriores es el organismo encargado de la aplicación y
coordinación de la política exterior trazada por el presidente de la República. Y, asimismo,
el artículo 7 de la citada ley dispone que los asuntos de política exterior en los que intervengan
los órganos de la Administración Pública central, así como las entidades descentralizadas o
autónomas del Estado, en razón de su naturaleza, deben ser coordinados por el Ministerio de
Relaciones Exteriores con los respectivos órganos rectores de la materia.
CONSIDERANDO: Que el artículo 4 de la Ley núm. 41-00 consagra que el Ministerio de
Cultura, como órgano del Poder Ejecutivo, será el representante del Estado en todas las
actividades culturales y servirá de enlace con las instituciones públicas y privadas, sean o no
del sector cultural, tanto a nivel nacional como internacional.
CONSIDERANDO: Que el artículo 18 de la Ley núm. 41-00 establece como función del
Consejo Nacional de Cultura asesorar a instituciones públicas y privadas en la definición de
políticas y acciones relacionadas con los asuntos culturales, otorgando importancia al
asesoramiento de las políticas culturales a ser aplicadas por el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
CONSIDERANDO: Que el artículo 38 de la Ley núm. 41-00 dispone que el Ministerio de
Cultura promoverá la difusión y comercialización de las expresiones culturales de los
dominicanos residentes en el exterior, así como su participación en festivales internacionales
y otros eventos de carácter cultural, en coordinación con los ministerios de Relaciones
Exteriores y Turismo y el organismo regulador del comercio exterior.
CONSIDERANDO: Que el artículo 50 de la Ley núm. 41-00 dispone que el Ministerio de
Cultura formulará e implementará políticas de integración y desarrollo cultural con las
comunidades dominicanas fronterizas y residentes en [domicilio omitido].
CONSIDERANDO: Que, para la ejecución de todas estas atribuciones contempladas en la
ley núm. 41-00, la Estructura Organizativa del Ministerio de Cultura, aprobada mediante
Resolución núm. 004, del 15 de agosto de 2018, refrendada por el Ministerio de
Administración Pública, contempla al Comisionado Dominicano de Cultura en los Estados
Unidos, como dependencia directa del despacho del ministro.
CONSIDERANDO: Que, a pesar de lo anterior, el Comisionado Dominicano de Cultura en
los Estados Unidos no cuenta con una estructura orgánica que se corresponda con su rol
promotor de las expresiones culturales de los dominicanos residentes en [domicilio omitido]; por lo que es propicia su transformación en un órgano desconcentrado, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 70-76 de la Ley núm. 247-12, Orgánica de la
Administración Pública.
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 41-00, que crea la Secretaría de Estado de Cultura, del 28 de junio de
2000.
VISTA: La Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 14 de agosto del
2012.
VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del
Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016.
VISTA: La Resolución núm. 004, que aprueba la Estructura Organizativa del Ministerio de
Cultura, refrendada por el Ministerio de Administración Pública, del 15 de agosto de 2018.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se crea la Dirección de Cultura Dominicana en el Exterior, órgano
desconcentrado del Ministerio de Cultura, cuyo objeto es promocionar las expresiones
culturales de los dominicanos residentes en [domicilio omitido].
ARTÍCULO 2. La Dirección de Cultura Dominicana en el Exterior tendrá un director
designado por el titular del Ministerio de Cultura.
PÁRRAFO. El resto de la estructura interna de la Dirección de Cultura Dominicana en el
Exterior será establecida por el Ministerio de Cultura, en coordinación con el Ministerio de
Administración Pública (MAP).
ARTÍCULO 3. Se instruye al Ministerio de Cultura a asignar a la Dirección de Cultura
Dominicana en el Exterior el personal, las partidas presupuestarias y los bienes necesarios
para la ejecución de sus funciones, para lo cual deberá coordinar con el Ministerio de
Administración Pública, la Dirección General de Presupuesto y la Dirección General de
Bienes Nacionales, respectivamente.
PÁRRAFO. Las instituciones citadas deben prestar su cooperación para que lo que dispone
este artículo se lleve a cabo en un plazo no mayor de dos meses a partir de la publicación del
presente decreto.
ARTÍCULO 4. Se instruye al Ministerio de Cultura a abrir en la ciudad de Nueva York,
Estados Unidos de América, una oficina de la Dirección de Cultura Dominicana en el
Exterior, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
PÁRRAFO I. La oficina en Nueva York de la Dirección de Cultura Dominicana en el
Exterior será la continuadora jurídica del Comisionado Dominicano de Cultura en los Estados
Unidos de América.
PÁRRAFO II. El Ministerio de Cultura podrá disponer, en coordinación con el Ministerio
de Relaciones Exteriores, la apertura en otras localidades del exterior de oficinas de la
Dirección de Cultura Dominicana en el Exterior, según se requiera para el cumplimiento de
su objeto.
ARTÍCULO 5. Queda derogada la mención al Comisionado Dominicano de Cultura en los
Estados Unidos contenida en el artículo 1 de la Resolución núm. 004, que aprueba la
Estructura Organizativa del Ministerio de Cultura, refrendada por el Ministerio de
Administración Pública, del 15 de agosto de 2018, así como cualquier otra disposición
contraria al presente decreto, de igual o menor jerarquía.
ARTÍCULO 6. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de septiembre del año dos mil veintidós (2022),
año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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