Texto de la norma
Dec. núm. 513-22 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de las
correspondencias, con la denominación X Censo Nacional de Población y Vivienda.
G. O. No. 11081 del 16 de septiembre de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 513-22
VISTA: La Ley núm. 2461, del 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas.
VISTO: El oficio núm. MH-2022-022917, del 29 de agosto de 2022, dirigido al presidente
de la República por el Ministro de Hacienda.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las
correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes:
a) DENOMINACIÓN
“X Censo Nacional de Población y Vivienda”
Valor
RD$60.00
Cantidad
15,000 ejemplares
ARTÍCULO 2. Los sellos postales referidos en el artículo precedente serán impresos bajo el
procedimiento offset multicolor.
ARTÍCULO 3. Para las indicadas emisiones se utilizará papel tropicalizado, engomado, de
56 gramos, sustancia 103 GM2.
ARTÍCULO 4. El tamaño de cada uno de los sellos postales a que se refiere el presente
decreto será determinado por la Comisión Oficial Filatélica.
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, a la Tesorería Nacional, al Instituto
Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de septiembre del año dos mil veintidós (2022);
año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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