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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 502-22

que designa cuatro (4) viceministros en varias dependencias del Ministerio de Educación. Deja sin efecto las disposiciones que nombraron los exviceministros sustituidos. Confirma al señor Alejandro Fernández Whipple, como Superintendente de Bancos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 sept de 2022fecha
Designacióntipo
G. O. 11081Gaceta Oficial del 16 sept de 2022
Poder Ejecutivoórgano
9personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Ancell Scheker MendozaDesignaciónEn sustitución de Ligia Jeanette Pérez Peñaviceministra de Servicios Técnicos y PedagógicosMinisterio de Educación
Ligia Jeanette Pérez PeñaSustituido en el cargoviceministra de Servicios Técnicos y PedagógicosMinisterio de Educación
Ligia Jeannette Pérez PeñaDeja sin efecto su designaciónviceministra de Servicios Técnicos y PedagógicosMinisterio de Educación
Ligia Jeanette Pérez PeñaDesignaciónEn sustitución de Julio César de los Santos Violaviceministra de Descentralización y ParticipaciónMinisterio de Educación
Julio César de los Santos ViolaSustituido en el cargoviceministra de Descentralización y ParticipaciónMinisterio de Educación
Oscar AmargosDesignaciónEn sustitución de Rafel Bello Díazviceministro de Supervisión y Control de la Calidad de la Educación,Ministerio de Educación
Rafel Bello DíazSustituido en el cargoviceministro de Supervisión y Control de la Calidad de la Educación,Ministerio de Educación
Rafael Bello DíazDeja sin efecto su designaciónviceministro de Supervisión y Control de la Calidad de la EducaciónMinisterio de Educación
Alejandro Fernández WhipplcConfirmaciónsuperintendente de Bancos

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Ancell Scheker Mendoza · viceministra de Servicios Técnicos y Pedagógicos · Ministerio de Educación

    Declaración jurada: Presentada a tiempo · plazo hasta el 2 oct de 2022 · presentada el 3 oct de 2022 Coincidencia 99.7 %

  • Ligia Jeanette Pérez Peña · viceministra de Descentralización y Participación · Ministerio de Educación

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 2 oct de 2022. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • Oscar Amargos · viceministro de Supervisión y Control de la Calidad de la Educación, · Ministerio de Educación

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 2 oct de 2022. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • Alejandro Fernández Whipplc · superintendente de Bancos

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 2 oct de 2022. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 502-22 que designa cuatro (4) viceministros en varias dependencias del Ministerio de Educación. Deja sin efecto las disposiciones que nombraron los exviceministros sustituidos. Confirma al señor Alejandro Fernández Whipple, como Superintendente de Bancos. G. O. No. 11081 del 16 de septiembre de 2022. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 502-22 VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley General de Educación, núm. 66-97. del 4 de febrero de 1997. VISTA: La Ley núm. 183-02. Monetaria y Financiera, del 21 de noviembre de 2002. VISTA: La Ley Orgánica de la Administración Pública, núm. 247-12. del 9 de agosto de 2012. VISTA: La Ley que crea y agrega viceministerios y modifica las leyes que rigen los Ministerios del Gobierno Central, núm. 10-21. del 11 de febrero de 2021. VISTO: El Decreto 329-20. del 16 de agosto de 2020. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1. Ancell Scheker Mendoza queda designada viceministra de Servicios Técnicos y Pedagógicos del Ministerio de Educación, en sustitución de Ligia Jeanette Pérez Peña. ARTÍCULO 2. Se deroga el artículo 9 del Decreto núm. 354-20. del 17 de agosto de 2020, que designó a Ligia Jeannette Pérez Peña como viceministra de Servicios Técnicos y Pedagógicos del Ministerio de Educación. ARTÍCULO 3. Francisco Germán I)' Oleo queda designado viceministro de Acreditación y Certificación Docente del Ministerio de Educación, en sustitución de Rafael Alcántara. ARTÍCULO 4. Se deroga el artículo 15 del Decreto núm. 354-20. Del 17 de agosto de 2020, que designó a Rafael Alcántara como viceministro de Acreditación y Certificación Docente del Ministerio de Educación. ARTÍCULO 5. Ligia Jeanette Pérez Peña queda designada viceministra de Descentralización y Participación del Ministerio de Educación, en sustitución de Julio César de los Santos Viola. ARTÍCULO 6. Se deroga el artículo 14 del Decreto núm. 354-20. Del 17 de agosto de 2020. Que designó a Julio César De Los Santos Viola como viceministro de Descentralización y Participación del Ministerio de Educación. ARTÍCULO 7. Oscar Amargos queda designado viceministro de Supervisión y Control de la Calidad de la Educación, del Ministerio de Educación, en sustitución de Rafel Bello Díaz. ARTÍCULO 8. Se deroga el artículo 13 del Decreto núm. 354-20. del 17 de agosto de 2020, que designó a Rafael Bello Díaz como viceministro de Supervisión y Control de la Calidad de la Educación del Ministerio de Educación. ARTÍCULO 9. El señor Alejandro Fernández Whipplc queda confirmado como superintendente de Bancos. ARTÍCULO 10. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán. Distrito Nacional. capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de septiembre del ario dos mil veintidós (2022), año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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