Texto de la norma
Dec. núm. 464-22 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11079 del 20 de agosto de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 464-22
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de la Zona Costera Norte (COOPCOSTANORTE), con domicilio en la
calle Principal, número 8, sección Los Uveros, municipio Villa Vásquez, provincia
Montecristi, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el doce (12) de febrero de dos mil veintidós (2022).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de Pescadores de La Ciénega (COOPECI), con domicilio en [domicilio omitido]. provincia Barahona,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el quince (15) de mayo de dos mil veintidós (2022).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Pimentel (COOPIMENTEL), con domicilio en la calle Principal, número
1, La Gina, municipio Pimentel, provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiocho (28) de enero
de dos mil veintidós (2022).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples del Sector Inmobiliario (COOPINMOBILIA), con domicilio en la calle
Eugenio Beschamps, número 59, Los Prados, Santo Domingo, Distrito Nacional, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el doce (12) de enero de dos mil veintidós (2022).
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos
y Servicios Múltiples de las Mipymes de Puerto Plata La Novia del Atlántico
(COOPNAPOP), con domicilio en la calle Beller, número 60, esquina Emilio Prud´ Homme,
provincia Puerto Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea general constitutiva celebrada el dieciséis (16) de julio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Nuevo Bienestar (COOPNUBIEN), con domicilio en la avenida Isabel
Aguilar, número 98, sector Herrera, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo
Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el cuatro (4) de mayo de dos mil veintidós (2022).
Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa por el Bienestar
Comunitario Agropecuaria y Servicios Múltiples de Productores de Tilapia de la Presa de
Monción Contra Embalse (COOPROPEMBALSE), con domicilio en la calle Principal,
número 126, entrada de Mao, distrito municipal Amina, provincia Valverde, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el veintitrés (23) de mayo de dos mil veintidós (2022).
Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples para Bienestar Comunitario (COOPBIENECO), con domicilio en la calle
Principal, número 80, paraje Pan Azúcar, sección Copeyes, municipio Las Matas de Farfán,
provincia San Juan, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de abril de dos mil veintidós (2022).
Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Abriendo Caminos (COOPABRIENDO-CAMINOS), con domicilio en
la calle Francisco Alberto Caamaño, número 20, Los Restauradores, provincia Azua,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el tres (3) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Mujeres para el Desarrollo de Santiago Oeste (COOPMUDESAO), con
domicilio en la calle 3, número 6, Monte Rico 2do., distrito municipal Santiago Oeste,
provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el nueve (9) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 11. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de agosto del año dos mil veintidós (2022);
año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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