Texto de la norma
Dec. No. 321-16 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
Modifica los decretos Nos.301-15 y 154-16. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de
2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 321-16
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
Decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley N.o 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio
de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal
sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O
Artículo 1. La Sra. Ana Julia Rojas Batista, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de LEONIDAS ROJAS BATISTA.
Artículo 2. El Sr. Sully Hernández Deschamps, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de CARLOS SULLY HERNÁNDEZ DESCHAMPS.
Artículo 3. La Sra. Mohamed Shamir Peña Quezada, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de PAMELA PEÑA QUEZADA.
Artículo 4. La Sra. Águeda Sánchez Tejeda, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de ÁGUEDA CEDINA SÁNCHEZ TEJEDA.
Artículo 5. La Sra. Pamela Michelle Santos Llamas, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de PAMELA MICAELA SANTOS LLAMAS.
Artículo 6. La Sra. Altagracia Pérez Luis, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
YESENIA PÉREZ LUIS.
Artículo 7. El Sr. Wellington Bienvenido Mejía Espinal, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de WELLINGTON BRYANT BOSSWELL MEJÍA ESPINAL.
Artículo 8. El Sr. Irak Sadan de León Pérez, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de XANDEL MANUEL DE LEÓN PÉREZ.
Artículo 9. La Sra. Trifina Disla, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
CRISTINA DISLA.
Artículo 10. La Sra. Yannet Moreno Román, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de ANNY MORENO ROMÁN.
Artículo 11. Se modifica el Artículo 6 del Decreto N.o 154-16, del dieciocho (18) de abril
de dos mil dieciséis (2016), para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:
Artículo 6. El Sr. Tomasito Carbajal Suero, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de TOMÁS YGNACIO CARBAJAL SUERO.
Artículo 12. Se modifica el Artículo 7 del Decreto N.o 301-15, del treinta (30) de
septiembre de dos mil quince (2015), para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:
Artículo 7. El Sr. Pablo Dominic Polanco Prada queda autorizado a cambiar su
nombre por el de PABLO DOMENEC POLANCO PRADA.
Artículo 13. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016);
años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.