Texto de la norma
Dec. núm. 389-22 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
G. O. No. 11075 del 20 de julio de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 389-22
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio
de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del
plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido
por los interesados.
VISTA: La Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus
modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 2. Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación:
1. Ana Joaquina Cruceta Medina por el de DAYRA ARLENNE CRUCETA MEDINA.
2. Altagracia Antonia Peña Félix por el de WALESKA PEÑA FÉLIX.
3. Leonora Ulga Tavárez por el de OLGA LEONORA TAVÁREZ.
4. Bartolo Javier Sandoval por el de EUDDYS JAVIER SANDOVAL.
5. Laura Medina Santana por el de HILDA MEDINA SANTANA.
6. Maria de los Santos Restituyo Díaz por el de NICOLASINA RESTITUYO DÍAZ.
7. Hipatia Karina Báez Rodríguez por el de PATTY KARINA BÁEZ RODRÍGUEZ.
Artículo 2. Envíese a la Junta Central Electoral, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año
179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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