Texto de la norma
Dec. núm. 372-22 que crea e integra la Comisión Técnica para la Reestructuración del
Sistema Educativo de la Policía Nacional. G. O. No. 11075 del 20 de julio de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 372-22
CONSIDERANDO: Que, en razón del proceso de reforma y modernización de la Policía
Nacional que actualmente se sigue, es precisa la elaboración de un diseño estratégico con
relación a los programas de enseñanza en orden a los requerimientos y prioridades de la
institución, así como que resulten acordes a los objetivos generales y particulares propuestos
en el plan de transformación y modernización.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional, establece en
su artículo 8 que la instrucción y educación de los miembros de la Policía Nacional es
obligatoria, integral, continua y progresiva, desde el ingreso hasta la culminación de la carrera
policial.
CONSIDERANDO: Que en su artículo 44 la Ley núm. 590-16 configura al Instituto Policial
de Educación (IPE) como el órgano responsable del diseño, planificación, ejecución,
supervisión, control y actualización de las políticas y programas de estudios en las diferentes
áreas de la institución.
CONSIDERANDO: Que en el artículo arriba señalado también se dispone que el Instituto
Policial de Educación (IPE) está obligado a crear e implementar programas de formación,
capacitación, entrenamiento y perfeccionamiento, acorde con los distintos niveles y grados
de los miembros de la Policía Nacional, y coordinado con las instituciones involucradas en
el sistema de justicia.
CONSIDERANDO: Que en iguales términos se refiere el artículo 61 del Decreto núm. 20-
22, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica de la Policía Nacional.
CONSIDERANDO: Que, para lograr la transformación de la Policía Nacional, es de gran
interés implementar la reestructuración del Instituto Policial de Educación (IPE) como
institución calificada para la instrucción de los nuevos policías, así como la formación
continua de los agentes pertenecientes al cuerpo del orden.
CONSIDERANDO: Que la formación de nuevos policías debe ser desarrollada en la
comprensión de la importancia de la defensa y protección de la vida humana, las propiedades
y los bienes de las personas, las instituciones, edificaciones e infraestructuras de la República,
en un régimen donde predominen los valores democráticos y el apego irrestricto al
ordenamiento jurídico vigente.
CONSIDERANDO: Que es necesario que los nuevos policías comprendan y asuman la
trascendencia de su deber, la importancia de su entrega al servicio, acorde a los valores y
principios por los cuales propugna la doctrina policial, permitiendo a este cuerpo armado
hacerse acreedor de la confianza de cada uno de los dominicanos, de modo que sus miembros
sean reconocidos como sus defensores.
CONSIDERANDO: Que, mediante la instrucción presidencial núm. 23903, del 19 de
noviembre de 2021, se le dio potestad al señor Roberto Santana, asesor honorífico del Poder
Ejecutivo en política de seguridad ciudadana y sistema penitenciario, a proceder con la
reestructuración del sistema educativo de la Policía Nacional.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración
Pública.
VISTA: La Ley núm. 590-16, del 15 de julio de 2016, Orgánica de la Policía Nacional.
VISTO: El Decreto núm. 20-22, del 17 de enero de 2022, que establece el Reglamento de
Aplicación de la Ley Orgánica de la Policía Nacional.
VISTO: El Decreto núm. 2-22, del 17 de enero de 2022, que crea la Comisión Ejecutiva para
la implementación de los planes, estrategias y políticas de transformación y
profesionalización de la Policía Nacional, presidida por el presidente de la República.
VISTA: La instrucción presidencial núm. 23903, del 19 de noviembre de 2021, al señor
Roberto Santana, asesor honorífico del Poder Ejecutivo en política de seguridad ciudadana y
sistema penitenciario.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Comisión Técnica para la Reestructuración del Sistema Educativo de
la Policía Nacional. Se crea la Comisión Técnica para la Reestructuración del Sistema
Educativo de la Policía Nacional, la cual queda integrada de la manera siguiente:
1) Roberto Santana, quien la coordinará.
2) Miguel Escala, miembro.
3) Mukien Adriana Sang, miembro.
4) Eladio Uribe, miembro.
5) Radhamés García González, miembro.
6) Osvaldo Santana, miembro.
7) Gregorio Montero, miembro.
PÁRRAFO. Los miembros del organismo serán nombrados por dos años, renovables al
término de sus funciones. Su participación será ejercida a título honorífico.
ARTÍCULO 2. Atribuciones. La Comisión Técnica para la Reestructuración del Sistema
Educativo de la Policía Nacional tendrá a su cargo las siguientes atribuciones:
1) Velar por el cumplimiento del plan de trabajo enviado y aprobado por el Poder
Ejecutivo para ejecutar la reforma educativa en el Instituto Policial de Educación
(IPE).
2) Propiciar el buen funcionamiento de los trabajos de transformación de la Policía
Nacional en materia educativa.
3) Desplegar iniciativas transitorias para optimizar el desenvolvimiento del IPE
mientras se completa el proceso de reforma educativa.
4) Remitir las normativas y propuestas que emanen de los equipos técnicos al Consejo
Superior Policial.
5) Aprobar los proyectos e informes de los consultores y coordinadores de los equipos
técnicos en las siguientes áreas:
a) Estructura institucional.
b) Talento humano.
c) Infraestructura física y tecnológica.
d) Modelo educativo y reforma curricular.
e) Normativas.
f) Relaciones internacionales e interinstitucionales.
6) Acompañar y supervisar el proceso educativo complementario dirigido a policías
recién egresados y demás policías en servicio, a fin de ampliar los conocimientos,
habilidades y destrezas inherentes a sus funciones, principalmente en materia de
derechos humanos, inteligencia emocional, manejo de conflicto y uso de la fuerza,
ética y anticorrupción, así como el conocimiento, dominio y respeto a la
Constitución de la República.
7) Rendir informes periódicos y asesorar al Consejo Superior Policial y a la Comisión
Ejecutiva, creada por el presidente de la República mediante el Decreto núm. 2-22
del 17 de enero de 2022.
8) Acompañar y velar por el buen funcionamiento de la Junta Directiva y el Comité
Académico, organismos transitorios designados por el presidente de la República, así
como convocarlos de manera extraordinaria y dirigir sus reuniones cuando lo estime
conveniente.
9) Desarrollar otras iniciativas en el marco de la instrucción presidencial núm. 23903
del 19 de noviembre de 2021.
PÁRRAFO. La Comisión Técnica para la Reestructuración del Sistema Educativo de la
Policía Nacional desarrollará sus funciones en coordinación con el Consejo Superior
Policial, en razón de la dependencia directa que tiene el Instituto Policial de Educación
(IPE) respecto de este órgano, así como la atribución del Consejo de trazar los lineamientos
para el diseño y ejecución de los programas de formación, capacitación y entrenamiento
policial.
ARTÍCULO 3. La Comisión Técnica para la Reestructuración del Sistema Educativo de
la Policía Nacional, en cumplimiento del artículo 36 de la Ley núm. 247-12, Orgánica de
Administración Pública, cesará sus funciones cuando se logren los objetivos para los que
fue creada.
ARTÍCULO 4. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de julio del año dos mil veintidós
(2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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