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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 357-22

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 jul de 2022fecha
Otrostipo
G. O. 11075Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 357-22 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones. CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados. VISTA: La Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación: 1. Adolfy Emilio Ovalles Almonte por el de EMILIO ISAAC OVALLES ALMONTE. 2. Los señores José Rosado Torres y Yoely Durán Parra, padres del menor de edad Joseph Junior Rosado Durán, autorizan a cambiar el nombre de su hijo por el de JOSÉ ARMANDO ROSADO DURÁN. 3. Benita Severino por el de MARÍA SEVERINO. 4. Omarlin Ismael Matos Rapsatt por el de OMAR ISMAEL MATOS RAPSATT. 5. Enriqueta de León Arias por el de OLGA DE LEÓN ARIAS. 6. Santa Marisol Guerrero Soto por el de MARISOL GUERRERO SOTO. 7. La señora Jenniffer Mariel Castro Almonte, madre del menor de edad Jadiel Castro, autoriza a cambiar el nombre de su hijo por el de LUIS DAVID CASTRO. 8. Los señores Servio Tulio Cuevas Medina y Elizabeth Moquete Castellanos, padres del menor de edad Earving Cuevas Moquete, autorizan a cambiar el nombre de su hijo por el de EARVING TULIO CUEVAS MOQUETE. 9. Brígida Vásquez Rodríguez por el BRIDGET VÁSQUEZ RODRÍGUEZ. Artículo 2. Envíese a la Junta Central Electoral, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona