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Decreto

Decreto 290-22

que designa al mayor general abogado (r) Juan Manuel Méndez García, ERD, director de Emergencias Médicas, honorifico, dependencia de la Dirección Central del Servicio Nacional de Salud

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 jun de 2022fecha
Designacióntipo
G. O. 11068Gaceta Oficial del 17 jun de 2022
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 290-22 que designa al mayor general abogado (r) Juan Manuel Méndez García, ERD, director de Emergencias Médicas, honorifico, dependencia de la Dirección Central del Servicio Nacional de Salud. G. O. No. 11068 del 17 de junio de 2022. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 290-22 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 284-21 se declaró de alto interés nacional la reforma y modernización del sector salud, incluyéndose como uno de los principales lineamientos para la materialización de tal objeto la reforma de manera particular de los órganos que integran el sector salud. CONSIDERANDO: Que es prioridad del Gobierno la eficientización de los servicios prestados por el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 y las distintas instituciones de respuesta que lo componen, definidas estas como aquellas que disponen de unidades y personal para responder en ocasión de un llamado de auxilio tramitado por el Centro de Contacto del Sistema 9-1-1, de conformidad con el artículo 17 de la Ley núm. 184-17, que establece el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1. CONSIDERANDO: Que el Decreto núm. 217-20 dispuso que la Dirección General de Emergencias Médicas, órgano desconcentrado del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, quedara transformada en la Dirección de Emergencias Médicas, dirección de área dependiente de la Dirección Central del Servicio Nacional de Salud. CONSIDERANDO: Que la Dirección de Emergencias Médicas desempeña un rol fundamental como parte de las instituciones de respuesta del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1. VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 42-01, General de Salud, del 8 de marzo de 2001. VISTA: La Ley núm. 123-15, que crea el Servicio Nacional de Salud (SNS), adscrito al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS), del 16 de julio de 2015. VISTA: La Ley núm. 184-17, que establece el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, del 24 de julio de 2017. VISTO: El Decreto núm. 187-14, que dicta el Reglamento de Aplicación del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, del 30 de mayo de 2014. VISTO: El Decreto núm. 217-20, que dispone que la Dirección General de Emergencias Médicas, órgano desconcentrado del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, queda transformada en la Dirección de Emergencias Médicas, dirección de área dependiente de la Dirección Central del Servicio Nacional de Salud, del 16 de junio de 2020. VISTO: El Decreto núm. 284-21 que instruye al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social a iniciar la reforma y modernización del sector salud, en coordinación con el Gabinete de Salud y el Ministerio de Administración Pública, del 29 de abril de 2021. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. El mayor general abogado, retirado, Juan Manuel Méndez García, ERD, queda designado director, a título honorífico, de la Dirección de Emergencias Médicas, dependencia de la Dirección Central del Servicio Nacional de Salud (SNS). ARTÍCULO 2. Se instruye de manera especial al titular de la Dirección de Emergencias Médicas a velar por la eficiente prestación de los servicios que recaen sobre esta institución de respuesta del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1. ARTÍCULO 3. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1) día del mes de junio del año dos mil veintidós (2022), año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona