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Dec. núm. 281-22 que autoriza a los ayuntamientos de Santiago de los Caballeros, Padre
Las Casas, Bayaguana y Tenares a vender varias porciones de terrenos de sus
respectivas propiedades. G. O. No. 11067 del 31 de mayo de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 281-22
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los
Municipios.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder
Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del
Distrito Nacional.
VISTO: El literal d), del numeral 3, del artículo 128 de la Constitución de la República, el
cual establece como atribución del presidente de la República, en tanto jefe de Estado y de
Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los
contratos que hagan, cuando constituyan en garantía de inmuebles o rentas municipales.
VISTA: La Resolución núm. 07-2019, del 22 de octubre de 2019, del Concejo de Regidores
del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua.
VISTA: La Resolución núm. 38-2020, del 12 de marzo de 2020, del Concejo de Regidores
del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua.
VISTA: La Resolución núm. 43-2020, del 12 de marzo de 2020, del Concejo de Regidores
del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua.
VISTA: La Resolución núm. 42-2020, del 12 de marzo de 2020, del Concejo de Regidores
del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua.
VISTA: La Resolución núm. 15-2020, del 1 de septiembre de 2020, del Concejo de
Regidores del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua.
VISTA: La Resolución núm. 44-2021, del 24 de febrero de 2020, del Concejo de Regidores
del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua.
VISTA: La Resolución núm. 46-2021, del 24 de febrero de 2020, del Concejo de Regidores
del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua.
VISTA: La Resolución núm. 51-2021, del 9 de abril de 2020, del Concejo de Regidores del
Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua.
VISTA: La Resolución núm. 38-2020, del 12 de marzo de 2020, del Concejo de Regidores
del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 7 de agosto de 2017, del acta núm. 16-16 del 8 de
noviembre de 2016.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 25 de junio de 2018, del acta núm. 07-18 del 21 de
junio de 2018.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 10 de agosto de 2018, del acta núm. 08-18 del 7 de
agosto de 2018.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 14 de septiembre de 2018, del acta núm. 12-18 del
18 de octubre de 2018.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 19 de noviembre de 2018, del acta núm. 15-18 del
15 de noviembre de 2018.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 18 de noviembre de 2019, del acta núm. 18-19 del
12 de noviembre de 2019.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 21 de marzo de 2019, del acta núm. 05-19 del 14
de marzo de 2019.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 18 de febrero de 2020, del acta núm. 03-20 del 11
de febrero de 2020.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 11 de mayo de 2020, del acta núm. 04-20 del 10
de marzo de 2020.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 17 de noviembre de 2020, del acta núm. 15-20 del
10 de noviembre de 2020.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 22 de febrero de 2021, del acta núm. 02-21 del 18
de febrero de 2021.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio
Bayaguana, provincia Monte Plata, del 14 de junio de 2021, del acta núm. 002 del 2 de marzo
de 2010.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio
Bayaguana, provincia Monte Plata, del 22 de marzo de 2021, del acta núm. 007 del 12 de
septiembre de 2014.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio
Bayaguana, provincia Monte Plata, del 15 de septiembre de 2020, del acta núm. 004 del 31
de julio de 2020.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio
Bayaguana, provincia Monte Plata, del 22 de marzo de 2021, del acta núm. 006 del 25 de
noviembre de 2020.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio
Bayaguana, provincia Monte Plata, del 14 de junio de 2021, del acta núm. 014 del 28 de
septiembre de 2021.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a María Cecilia Muñoz Vargas de Cisnero y Marino Cisnero
López, titulares de las cédulas de identidad y electoral números [cédula] y [cédula], respectivamente, por la suma de cuatrocientos noventa mil cuatrocientos pesos
dominicanos con 00/100 (RD$490,400.00), el solar municipal núm. 28, manzana núm. 3,
parcela catastral núm. 220, D. C. núm. 6, una extensión superficial de doscientos cuarenta y
cinco punto veinte metros cuadrados (245.20 m2), ubicada en el sector Villa Progreso,
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 29.
2. Al sur, solar núm. 27.
3. Al este, solares números 18 y 21.
4. Al oeste, calle B.
ARTÍCULO 2. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a Flérida Mercedes Galván Tavárez, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de quinientos noventa y seis mil
cuatrocientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$596,400.00), el solar municipal núm. 123-
D-10-B, con una extensión superficial de ochenta y cinco punto veinte metros cuadrados
(85.20 m2), manzana municipal núm. 2, parcela catastral núm. 219, D. C. núm. 6, ubicado en
el sector Villa Progreso, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los
siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 123-D-11-B.
2. Al sur, P. 123-D-9.
3. Al este, P. 123-D-11-D.
4. Al oeste, Av. 27 de Febrero ant. Central.
ARTÍCULO 3. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a Lilian Antonia Martínez Helena, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de cuatro millones trescientos
cuarenta mil trecientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$4,340,300.00), el solar municipal
núm. 282-B-1, manzana núm. 04, parcela catastral núm. 7-C-5-C-4, D. C. núm. 08, con una
extensión superficial de cuatrocientos treinta y cuatro punto cero tres metros cuadrados
(434.03 m2), ubicado en el sector Juntas de los Dos Caminos, municipio Santiago de los
Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, Av. Juan Pablo Duarte.
2. Al sur, solar núm. 182.
3. Al este, solar núm. 282-B-2.
4. Al oeste, 282-A.
ARTÍCULO 4. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a Flérida Mercedes Galván Tavárez, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de cuatrocientos catorce mil
novecientos ochenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$414,980.00), el solar núm. 6,
manzana municipal núm. 292, una extensión superficial de cuatrocientos catorce punto
noventa y ocho metros cuadrados (414.98 m2), distribuida de la siguiente manera: en el
ámbito de la parcela núm. 1-A (porción D), con un área de ciento cincuenta y ocho punto
setenta metros cuadrados (158.70 m2), y el solar núm. 6, manzana catastral núm. 292, y un
área de doscientos cincuenta y seis punto veintiocho metros cuadrados (256.28 m2), ambas
del D. C. núm. 01, del sector Mejoramiento Social, municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 5.
2. Al sur, calle Juan Ravelo.
3. Al este, calle Pedro A. Pina.
4. Al oeste, solar núm. 7.
ARTÍCULO 5. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a la Cooperativa La Altagracia, Inc., representada por Rafael
Narciso Vargas Rodríguez, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por la suma de trescientos cuarenta y siete mil cuatrocientos pesos dominicanos con 00/100
(RD$347,400.00), el solar municipal núm. 28, manzana municipal núm. 9, dentro de la
parcela catastral núm. 154-A, D. C. núm. 06, con una extensión superficial de ciento setenta
y tres punto setenta metros cuadrados (173.70 m2), ubicada en la Carretera Jacagua, esquina
peatón, sector Gregorio Luperón, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 29.
2. Al sur, peatón.
3. Al este, solar núm. 27.
4. Al oeste, Carretera a Jacagua.
ARTÍCULO 6. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a Juan Evangelista Almonte Peña, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de setecientos treinta y tres mil
trescientos veinte pesos dominicanos con 00/100 (RD$733,320.00), el solar municipal núm.
14 y 15 Ref. en 14, manzana municipal núm. 8, dentro de la parcela catastral núm. 199, D.
C. núm. 06, con una extensión superficial de trescientos sesenta y seis punto sesenta y seis
metros cuadrados (366.66 m2), ubicado en la calle 2, próximo a calle 6, del sector Fernández
Domínguez, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes
linderos:
1. Al norte, solar núm. 13.
2. Al sur, solar núm. 16.
3. Al este, calle núm. 2.
4. Al oeste, solares números 25, 24 y 23.
ARTÍCULO 7. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a Domingo Ramos Castillo, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], por la suma de ciento seis mil setecientos cuarenta pesos
dominicanos con 00/100 (RD$106,740.00), el solar municipal núm. 59, manzana municipal
núm. 16, dentro de la parcela catastral núm. 129-G, D. C. núm. 06, con una extensión
superficial de ochenta y ocho punto noventa y cinco metros cuadrados (88.95 m2), ubicada
en la calle 13, entre la Av. 2da. y la calle 4 del sector Buenos Aires, municipio Santiago de
los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 1.
2. Al sur, solar núm. 58.
3. Al este, Camino Real de Jacagua.
4. Al oeste, calle 13.
ARTÍCULO 8. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a Eleodoro Domínguez, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], por la suma de ciento noventa y un mil doscientos noventa y
cinco pesos dominicanos con 00/100 (RD$191,295.00), el solar municipal núm. 15, manzana
municipal núm. 46, parcela catastral núm. 56, D. C. núm. 08, con una extensión superficial
de ciento veintisiete punto cincuenta y tres metros cuadrados (127.53 m2), ubicado en el
sector Los Héroes, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los
siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm.14.
2. Al sur, solar núm. 16.
3. Al este, calle Pablo Rojas.
4. Al oeste, solar núm. 17.
ARTÍCULO 9. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a la Cooperativa La Altagracia, Inc., representada por Rafael
Narciso Vargas Rodríguez, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por la suma de ciento un mil seiscientos setenta y dos pesos dominicanos con 00/100
(RD$101,672.00), el solar municipal núm. 167, manzana núm. 10, parcela catastral núm. 1-
C-1, D. C. núm. 1, con una extensión superficial de ciento veintisiete punto cero nueve metros
cuadrados (127.09 m2), ubicado en la calle 2, esq. núm. 11 y esquina 9, sector El Ejido,
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 168.
2. Al sur, calle núm. 2.
3. Al este, calle núm. 2.
4. Al oeste, calle núm. 11.
ARTÍCULO 10. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a María Teresa Teolinda Gómez González, titular de la cédula
de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de cuatrocientos doce mil
cuatrocientos setenta y dos pesos dominicanos con 00/100 (RD$412,472.00, el solar
municipal núm. 268-D-1-B-2, manzana municipal núm. 4, parcela catastral núm. 7-C-7-B-
18, D. C. núm. 08, con una extensión superficial de ochenta y siete punto setenta y seis metros
cuadrados (87.76 m2), ubicado en el sector Rincón Largo, municipio Santiago de los
Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 268-D-1-B-1.
2. Al sur, solar núm. 268-D-1-C.
3. Al este, terreno propio.
4. Al oeste, solar núm. 268-D-1-A.
ARTÍCULO 11. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a Celenia Altagracia Pérez de Cepeda, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de cuatrocientos ochenta y siete mil
quinientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$487,500.00), el solar municipal núm. 06,
manzana municipal núm. 14, parcela catastral núm. 199, D. C. núm. 06, con una extensión
superficial de doscientos cuarenta y tres punto setenta y cinco metros cuadrados (243.75 m2),
ubicado en el sector Fernández Domínguez, municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solares núm. 19 y 20.
2. Al sur, calle núm. 08.
3. Al este, solar núm. 07.
4. Al oeste, solar núm. 5.
ARTÍCULO 12. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a Yamir Suplidores Diversos, S. R. L., representada por Yamir
Antonio Rodríguez Espaillat, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de tres millones treinta y un mil cien pesos dominicanos con 00/100
(RD$3,031,100.00), el solar municipal núm. 337-E-2, manzana municipal núm. 18, parcela
catastral núm. 3-C-2 (porción E), D. C. núm. 1, con una extensión superficial de trecientos
tres punto once metros cuadrados (303.11 m2), ubicado en el sector Jardines Metropolitanos,
subsector Ensanche Julia, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los
siguientes linderos:
1. Al norte, P-N 337-E-3.
2. Al sur, P-N 337-E-1.
3. Al este, P-N 337-E-2.
4. Al oeste, calle Bartolomé Colón.
ARTÍCULO 13. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a Johanne de Jesús Antonio Cabrera Espaillat, titular de la
cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de trescientos noventa y
dos mil cuatrocientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$392,400.00), el solar municipal
núm. 18-A-1-Bis, manzana municipal núm. 9-B, parcela catastral núm. 6-B-26, D. C. núm.
08, con una extensión superficial de ciento noventa y seis punto veinte metros cuadrados
(196.20 m2), ubicado en la Av. 27 de Febrero (carretera Tamboril) esquina calle Romelinda
García, sector Hoya del Caimito, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
con los siguientes linderos:
1. Al norte, carretera a Tamboril.
2. Al sur, solar núm. 18-A.
3. Al este, solar núm. 19.
4. Al oeste, paso peatón.
ARTÍCULO 14. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a Sixto Manuel de Jesús Rodríguez Céspedes y Berkis Lissette
del Carmen Durán Liriano, titulares de las cédulas de identidad y electoral números [cédula] y [cédula], respectivamente, por la suma de tres millones ciento veinte y
un mil doscientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$3,121,200.00), el solar municipal
núm. 5, manzana municipal núm. 287, parcela catastral núm. 7-C-7-B-27, D. C. núm. 08, con
una extensión superficial de trecientos doce punto doce metros cuadrados (312.12 m2),
ubicado en el sector Rincón Largo, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
con los siguientes linderos:
1. Al norte, Av. República de Argentina.
2. Al sur, solar núm. 25.
3. Al este, solar núm. 6.
4. Al oeste, solar núm. 4.
ARTÍCULO 15. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia
Azua, a vender a Altagracia Mirope Vargas Adames, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], por la suma de doscientos cuarenta mil ochocientos cincuenta
y seis pesos dominicanos con 00/100 (RD$240,856.00), el solar núm. 10, dentro del ámbito
de la manzana catastral núm. 31, D. C. núm. 1, con una extensión superficial de trescientos
un punto cero siete metros cuadrados (301.07 m2), ubicado en el Barrio Lima, municipio
Padre Las Casas, provincia Azua, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 11 (Clemencia Lebrón).
2. Al sur, calle José Francisco Bobadilla.
3. Al este, solar núm. 9 (Alba Paniagua Familia).
4. Al oeste, calle Gregorio Luperón.
ARTÍCULO 16. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia
Azua, a vender a Miranda Antonia Luciano Lebrón de Abreu, titular de la cédula de identidad
y electoral núm. [cédula], por la suma de cuarenta y nueve mil seiscientos cuarenta y
un pesos dominicanos con 00/100 (RD$49,641.00), el solar núm. [cédula], D. C. núm.
1, con una extensión superficial de ciento sesenta y cinco punto cuarenta y siete metros
cuadrados (165.47 m2), ubicado en el barrio Caonabo, municipio Padre Las Casas, provincia
Azua, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. [cédula].
2. Al sur, calle Manuel Germán.
3. Al este, calle Juan Pablo Duarte.
4. Al oeste, solar núm. [cédula].
ARTÍCULO 17. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia
Azua, a vender a Manuel Ysabel Alcántara, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], por la suma de trescientos noventa y un mil novecientos setenta y seis pesos
dominicanos con 00/100 (RD$391,976.00), el solar ubicado dentro del ámbito de la parcela
catastral núm. Porción H, D. C. núm. 1, con una extensión superficial de trecientos un punto
cincuenta y dos metros cuadrados (301.52 m2), ubicado en el barrio Los Maginos, municipio
Padre Las Casas, provincia Azua, con los siguientes linderos:
1. Al norte, calle Mateo Adames.
2. Al sur, propiedad de Mireya Méndez, porción H (resto de la parcela).
3. Al este, propiedad de Aquiles Geraldino, porción H (resto de la parcela).
4. Al oeste, calle Club camino al Porvenir.
ARTÍCULO 18. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia
Azua, a vender a Braulio Bladimil Santana Martínez, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], por la suma de cuarenta y dos mil tres pesos dominicanos con
00/100 (RD$42,003.00), el solar núm. 1, ubicado dentro de la manzana catastral núm. 10, D.
C. núm. 1, con una extensión superficial de ciento cuarenta punto cero un metros cuadrados
(140.01 m2), ubicado en el barrio Caonabo, municipio Padre Las Casas, provincia Azua, con
los siguientes linderos:
1. Al norte, calle 27 de Febrero.
2. Al sur, solar núm. 2.
3. Al este, porción H.
4. Al oeste, calle Palo Hincado.
ARTÍCULO 19. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia
Azua, a vender a Miladis Brioso de la Rosa, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], por la suma de ciento treinta y cuatro mil novecientos treinta y seis pesos
dominicanos con 00/100 (RD$134,936.00), el solar núm. 4, ubicado dentro de la manzana
catastral núm. 3, D. C. núm. 1, con una extensión superficial de ciento sesenta y ocho punto
sesenta y siete metros cuadrados (168.67 m2), ubicado en el barrio Lima, municipio Padre
Las Casas, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 5 (Diana Paniagua Zabala).
2. Al sur, calle 30 de marzo.
3. Al este, solar núm. 3 (Josefina Calderón).
4. Al oeste, calle Darío Paulino.
ARTÍCULO 20. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia
Azua, a vender a Kiory Esthel Lebrón Martínez, titular de la cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], por la suma de ciento dieciocho mil cuarenta y cuatro pesos
dominicanos con 00/100 (RD$118,044.00), el solar núm. 9, manzana catastral núm. 2, D. C.
núm. 1, con una extensión superficial de trescientos noventa y tres punto cuarenta y ocho
metros cuadrados (393.48 m2), ubicado en el barrio Caonabo, municipio Padre Las Casas,
provincia Azua, con los siguientes linderos:
1. Al norte, calle Enrique Jiménez Moya.
2. Al sur, porción N.
3. Al este, solar núm. 10.
4. Al oeste, solar núm. 8.
ARTÍCULO 21. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia
Azua, a vender a Alfredo Cristóbal Morel Morel, titular de la cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], por la suma de ciento setenta y ocho mil novecientos sesenta pesos
dominicanos con 00/100 (RD$178,960.00), el solar dentro del ámbito de la parcela catastral
núm. Porción H (parte), D. C. núm. 1, con una extensión superficial de trescientos cincuenta
y siete punto noventa y dos metros cuadrados (357.92 m2), ubicado en el barrio Los Multi,
municipio Padre Las Casas, provincia Azua, con los siguientes linderos:
1. Al norte, Ramona Mancebo.
2. Al sur, Jorge Vicente Sánchez.
3. Al este, calle Neftalí Bobadilla.
4. Al oeste, Carmen Agustina Sánchez.
ARTÍCULO 22. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Bayaguana, provincia Monte
Plata, a vender a Luis Gustavo Taveras Rodríguez, titular de la cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], por la suma de trecientos setenta y seis mil quinientos sesenta y un
pesos dominicanos con 20/100 (RD$376,561.20), una porción de terreno con una extensión
superficial de dieciocho mil ochocientos veintiocho punto cero seis metros cuadrados
(18,828.06 m2) dentro del ámbito de la parcela núm. 125 (parte), D. C. núm. 02, ubicada en
la sección Cojobal, Camino Real, paraje El Ejido Babieca, municipio Bayaguana, provincia
Monte Plata, con los siguientes linderos:
1. Al norte, terreno de los cubanos.
2. Al sur, Camino Real.
3. Al este, parcela de Manuel Liriano.
4. Al oeste, terreno del Ayuntamiento.
ARTÍCULO 23. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Bayaguana, provincia Monte
Plata, a vender a Juan Eliecer Cruz Álvarez, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], por la suma de un millón doscientos quince mil setecientos doce pesos
dominicanos con 20/100 (RD$1,215,712.20), una porción de terreno con una extensión
superficial de sesenta mil setecientos ochenta y cinco punto sesenta y un metros cuadrados
(60,785.61 m2) dentro del ámbito de la parcela núm. 125 (parte), D. C. núm. 02, ubicada en
la sección Cojobal, Camino Real, paraje El Ejido Babieca, municipio Bayaguana, provincia
Monte Plata, con los siguientes linderos:
1. Al norte, finca de los cubanos.
2. Al sur, Camino Real.
3. Al este, Sra. Juana Vásquez.
4. Al oeste, parcela arrendada.
ARTÍCULO 24. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Bayaguana, provincia Monte
Plata, a vender a Pablo de la Cruz Polanco, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], por la suma de dos millones ochocientos once mil cuatro pesos dominicanos
con 20/100 (RD$2,811,004.20), una porción de terreno con una extensión superficial de
ciento ochenta y siete mil cuatrocientos punto veintiocho metros cuadrados (187,400.28 m2)
dentro del ámbito de la designación catastral núm. [cédula] (parte), matrícula núm.
1200008585, ubicada en la sección Comatillo, Camino Real, paraje La Altagracia, municipio
Bayaguana, provincia Monte Plata, con los siguientes linderos:
1. Al norte, Camino Real.
2. Al sur, Camino Real.
3. Al este, Arroyo Guayabo.
4. Al oeste, Sra. Toñita.
ARTÍCULO 25. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Bayaguana, provincia Monte
Plata, a vender José Miguel Natera Castillo, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], por la suma de trecientos setenta y cuatro mil doscientos noventa y siete
pesos dominicanos con 40/100 (RD$374,297.40), una porción de terreno con una extensión
superficial de dieciocho mil setecientos catorce punto ochenta y siete metros cuadrados
(18,714.87 m2) dentro del ámbito de la parcela núm. 125 (parte), D. C. núm. 02, ubicada en
la sección Cojobal, Camino Real, paraje Babieca, municipio Bayaguana, provincia Monte
Plata, con los siguientes linderos:
1. Al norte, finca los cubanos.
2. Al sur, El Camino.
3. Al este, parcela arrendada.
4. Al oeste, Suc. Renato Castillo.
ARTÍCULO 26. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Bayaguana, provincia Monte
Plata, a vender a Juan de la Cruz Contreras, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], por la suma de seiscientos sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y siete
pesos dominicanos con 25/100 (RD$663,447.25), una porción de terreno con una extensión
superficial de veintiséis mil quinientos treinta y siete punto ochenta y nueve metros cuadrados
(26,537.89 m2) dentro del ámbito de la parcela núm. 2 (parte), D. C. núm. 10, ubicada en la
sección Comatillo, carretera Bayaguana-Dajao, paraje El Ejido, municipio Bayaguana,
provincia Monte Plata, con los siguientes linderos:
1. Al norte, Camino Real.
2. Al sur, sucesión de los Contreras.
3. Al este, carretera Bayaguana-Dajao.
4. Al oeste, Sra. Negra de la Cruz.
ARTÍCULO 27. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia
Azua, a vender a Jesús María Paniagua Segura, titular de la cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], por la suma de ciento setenta y ocho mil seiscientos ocho pesos
dominicanos con 00/100 (RD$178,608.00), el solar núm. 2, manzana catastral núm. 31, D.
C. núm. 1, matrícula núm. 0500039766, con una extensión superficial de doscientos veintitrés
punto veintiséis metros cuadrados (223.26 m2), ubicado en el barrio Lima, municipio Padre
Las Casas, provincia Azua, con los siguientes linderos:
1. Al norte, calle Arturo Segura.
2. Al sur, solar núm. 9 (Alba Valenzuela).
3. Al este, solar núm. 3 (Estela Paniagua).
4. Al oeste, solar núm. 1 (Danilo Paniagua), solar núm. 11 (Clema Lebrón).
ARTÍCULO 28. Queda modificado el artículo 5 del decreto núm. 450-06, del 3 de octubre
de 2006, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
ARTÍCULO 5. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Tenares, provincia
Hermanas Mirabal, a vender a Vitalina Peña Then, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], el solar ubicado dentro del ámbito de la parcela catastral
núm. 112-A, D. C. núm. 5, con un área superficial de doscientos veinte punto setenta
y cuatro metros cuadrados (220.74 m2), por la suma de dieciséis mil quinientos sesenta
y dos pesos dominicanos con 25/100 (RD$16,562.25), ubicado en el municipio San
Francisco de Macorís, provincia Duarte, con los siguientes linderos:
1. Al norte, resto parcela núm. 112-A.
2. Al este, Enemencio Guzmán.
3. Al sur, señores Ana Dolores González y Yohanny Checo.
4. Al oeste, calle profesor Cruz Portes.
ARTÍCULO 29. Queda modificado el artículo 17 del Decreto núm. 432-98, del 27 de
noviembre de 1998, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
ARTÍCULO 17. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los
Caballeros, provincia Santiago, a vender a Fausto Aníbal Rivas y Pedro Antonio
Blanco Fernández, titulares de las cédulas de identidad y electoral números [cédula] y [cédula], respectivamente, el solar municipal núm. 15, manzana
municipal núm. 14-Sur, dentro de la parcela catastral núm. 127-A-3, D. C. núm. 6, con
un área superficial de ciento sesenta y dos punto cero siete metros cuadrados (162.07
m2), por la suma de dieciséis mil doscientos siete pesos dominicanos con 00/100
(RD$16,207.00), sector Ensanche Libertad, municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, con los siguientes linderos :
1. Al norte, Av. Estrella Sadhalá.
2. Al este, solar municipal núm. 16.
3. Al sur, solar municipal núm. 25.
4. Al oeste, solar municipal núm. 14.
ARTÍCULO 30. Queda modificado el artículo 10 del Decreto núm. 685-04, del 21 de julio
de 2004, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
ARTÍCULO 10. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los
Caballeros, provincia Santiago, a vender a los sucesores de Marcelino Antonio Luna
Gil, el solar municipal núm. 892-B-4-1, manzana municipal núm. 43, dentro del solar
catastral núm. 34 (porción F), D. C. núm. 01, con un área superficial de ochocientos
setenta y un punto diecisiete metros cuadrados (871.17 m2), por la suma de doscientos
noventa y cinco mil trescientos setenta y dos pesos dominicanos con 00/100
(RD$295,372.00), sector La Ciudad, municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, con los siguientes linderos :
1. Al norte, parcelas números [cédula] y [cédula], propiedad
privada.
2. Al este, solar municipal núm. 896.
3. Al sur, solar municipal núm. 896-13-B.
4. Al oeste, calle La Salle.
ARTÍCULO 31. Envíese a los ayuntamientos de los municipios Santiago de los Caballeros,
Padre Las Casas, Bayaguana y Tenares, al Ministerio de Interior y Policía y a la Liga
Municipal Dominicana (LMD), para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022); año
179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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