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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 244-22

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado dominicano a varias personas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 may de 2022fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11067Gaceta Oficial del 31 may de 2022
Poder Ejecutivoórgano
130personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Ofelia de la PazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Maura Canario CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Julio Méndez SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Domingo Medina PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Lelio Volquez VolquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Miguel Arcángel MonteroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Hipólito Duval NovasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Antonio Medina FloriánEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Hungría Pérez BenítezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Miguel Víctor MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
José Daniel MarmolejosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Amado Fernando Urbaez CarrascoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Jorge Ruiz MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Agustín Plata MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Wilson RamírezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Adolfo ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Audis Mardil CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Secundino MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Esporfinia Novas GuzmánEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Alida Mercedes Pérez LirianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ysidoro SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Héctor Francisco CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Andrés SaviñónEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Wilan Cuevas FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Edermiro Pérez CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Agustín Feliz MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Clemente PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Agustín Matos TurbíEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Pascual PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Domingo Ferreras PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Carlos Bardomero Arache FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Javier Ignacio Garo CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
María Mercedes Gutiérrez UreñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
José Manuel Sánchez SánchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Wilkin Donauris Cuello PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Annis Soledad Jiménez de PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Juan Iselso Gutiérrez MercadoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Casimiro Peña de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Lorenza Angela Rosa Forch CarrascoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Arcadio Susaña RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Clodomiro Pimentel CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Conrado FerrerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Juana Polanco FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Juan José Piñeyro AponteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Manuel Ogando GuzmánEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Feliciano Aquino CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Roberto Feliz GonzálezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Macaria ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Confesor Cuevas PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Julio César Méndez LópezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ana Livia Pérez VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
María de los Remedio Segura Corniel de EspinosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Dalis Venecia Medrano EspinosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Adargisa EspinosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Rodolfo Antonio Matos BatistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Manuel Antonio HerediaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Amado CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Luis Santana PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Bienvenido Guevara MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Carlos Antonio Díaz RosellóEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Midalia Cuesta RuizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Altagracia Mercedes Santana ReviEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Antonio Feliz AlcántaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Andrés UrbáezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Rosa Julia GaroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Alejandro GaroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ulises Santana VolquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Andrea Mercedes Feliz FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Hilda FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Anastacia Pérez GarcíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
José del Carmen PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Miguel GeraldoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
José Mártires ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Remigia Santana HerediaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Bienvenido FiguereoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ana María Rodríguez PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Roberto Feliz MorilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Julio César Feliz GómezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Pelagia Batista UrbáezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Evangelina PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Leoner Moquete TerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ysabel María Feliz MonteroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Domingo Espinosa EspinosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Gladys FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Bolívar Yorro ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ángel Díaz CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Andrés Feliz FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
José Aníbal Santana AyalaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Florentino Encarnación PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Carlos CarrascoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Eulises Calderón BatistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Eduardo Matos BatistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ramona BeltréEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Augusto Matos EspinosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Néstor Ramírez CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
José Miguel Montero MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Oscar Acosta PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Valerio OrtizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Antonio Castillo MontásEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Jorge Reyes ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Onésimo OgandoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Manuel Matos RománEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Apolinar Novas SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Mario Méndez MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Patria Méndez SierraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Mártires SierraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Juan Mesa MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Alberto Peña BatistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Feriberto Feliz SeguraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Pedro Aníbal RodríguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
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Francisco Matos ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Tomás Augusto de León MejíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Roberto Brito SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Fidel Antonio García FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Hilario González MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Manuel InocentEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ercilia Feliz Charle de MarcelisEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Emilio Cuevas ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Jose Carbajal MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Domingo ArismendyEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Juan Ogando y OgandoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Saturnino Diaz MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Pablo Novas SeguraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Denia Peña MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ramona PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Castulo MonteroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Mario Amador MorilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
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Raul MéndezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas

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Texto

Texto de la norma
Dec. núm.244-22 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado dominicano a varias personas. G. O. No. 11067 del 31 de mayo de 2022. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 244-22 VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas: Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y Monto RD$ electoral OFELIA DE LA PAZ [cédula] $60,000.00 MAURA CANARIO CASTILLO [cédula] $60,000.00 JULIO MÉNDEZ SANTANA [cédula] $50,000.00 DOMINGO MEDINA PÉREZ [cédula] $50,000.00 LELIO VOLQUEZ VOLQUEZ [cédula] $50,000.00 MIGUEL ARCÁNGEL MONTERO [cédula] $50,000.00 HIPÓLITO DUVAL NOVAS [cédula] $50,000.00 ANTONIO MEDINA FLORIÁN [cédula] $50,000.00 HUNGRÍA PÉREZ BENÍTEZ [cédula] $50,000.00 MIGUEL VÍCTOR MEDINA [cédula] $50,000.00 JOSÉ DANIEL MARMOLEJOS [cédula] $50,000.00 AMADO FERNANDO URBAEZ CARRASCO [cédula] $50,000.00 JORGE RUIZ MEDINA [cédula] $50,000.00 AGUSTÍN PLATA MEDINA [cédula] $50,000.00 WILSON RAMÍREZ [cédula] $30,000.00 ADOLFO REYES [cédula] $30,000.00 AUDIS MARDIL CUEVAS [cédula] $30,000.00 SECUNDINO MATOS [cédula] $30,000.00 ESPORFINIA NOVAS GUZMÁN [cédula] $30,000.00 ALIDA MERCEDES PÉREZ LIRIANO [cédula] $30,000.00 YSIDORO SANTANA [cédula] $30,000.00 HÉCTOR FRANCISCO CUEVAS [cédula] $30,000.00 ANDRÉS SAVIÑÓN [cédula] $30,000.00 WILAN CUEVAS FELIZ [cédula] $30,000.00 EDERMIRO PÉREZ CUEVAS [cédula] $30,000.00 AGUSTÍN FELIZ MEDINA [cédula] $30,000.00 CLEMENTE PÉREZ [cédula] $60,000.00 AGUSTÍN MATOS TURBÍ [cédula] $60,000.00 PASCUAL PÉREZ [cédula] $50,000.00 DOMINGO FERRERAS PEÑA [cédula] $50,000.00 CARLOS BARDOMERO ARACHE FELIZ [cédula] $50,000.00 JAVIER IGNACIO GARO CUEVAS [cédula] $50,000.00 MARÍA MERCEDES GUTIÉRREZ UREÑA [cédula] $30,000.00 JOSÉ MANUEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ [cédula] $30,000.00 WILKIN DONAURIS CUELLO PEÑA [cédula] $30,000.00 ANNIS SOLEDAD JIMÉNEZ DE PÉREZ [cédula] $30,000.00 JUAN ISELSO GUTIÉRREZ MERCADO [cédula] $30,000.00 CASIMIRO PEÑA DE LA CRUZ [cédula] $30,000.00 LORENZA ANGELA ROSA FORCH CARRASCO [cédula] $30,000.00 ARCADIO SUSAÑA ROSARIO [cédula] $30,000.00 CLODOMIRO PIMENTEL CUEVAS [cédula] $60,000.00 CONRADO FERRERAS [cédula] $60,000.00 JUANA POLANCO FELIZ [cédula] $50,000.00 JUAN JOSÉ PIÑEYRO APONTE [cédula] $50,000.00 MANUEL OGANDO GUZMÁN [cédula] $50,000.00 FELICIANO AQUINO CUEVAS [cédula] $50,000.00 ROBERTO FELIZ GONZÁLEZ [cédula] $50,000.00 MACARIA REYES [cédula] $50,000.00 LEONTE PÉREZ 019-0002263-I $50,000.00 BERNARDO FELIZ 019-0005290-I $50,000.00 CONFESOR CUEVAS PEÑA [cédula] $50,000.00 JULIO CÉSAR MÉNDEZ LÓPEZ [cédula] $50,000.00 ANA LIVIA PÉREZ VARGAS [cédula] $50,000.00 MARÍA DE LOS REMEDIO SEGURA CORNIEL DE ESPINOSA [cédula] $50,000.00 DALIS VENECIA MEDRANO ESPINOSA [cédula] $50,000.00 ADARGISA ESPINOSA [cédula] $50,000.00 RODOLFO ANTONIO MATOS BATISTA [cédula] $50,000.00 MANUEL ANTONIO HEREDIA [cédula] $50,000.00 AMADO CUEVAS [cédula] $50,000.00 LUIS SANTANA PEÑA [cédula] $50,000.00 BIENVENIDO GUEVARA MEDINA [cédula] $50,000.00 CARLOS ANTONIO DÍAZ ROSELLÓ [cédula] $50,000.00 MIDALIA CUESTA RUIZ [cédula] $50,000.00 ALTAGRACIA MERCEDES SANTANA REVI [cédula] $50,000.00 ANTONIO FELIZ ALCÁNTARA [cédula] $30,000.00 ANDRÉS URBÁEZ [cédula] $30,000.00 ROSA JULIA GARO [cédula] $30,000.00 ALEJANDRO GARO [cédula] $30,000.00 ULISES SANTANA VOLQUEZ [cédula] $30,000.00 ANDREA MERCEDES FELIZ FELIZ [cédula] $30,000.00 HILDA FELIZ [cédula] $30,000.00 ANASTACIA PÉREZ GARCÍA [cédula] $30,000.00 JOSÉ DEL CARMEN PÉREZ [cédula] $30,000.00 MIGUEL GERALDO [cédula] $30,000.00 JOSÉ MÁRTIRES REYES [cédula] $30,000.00 REMIGIA SANTANA HEREDIA [cédula] $30,000.00 BIENVENIDO FIGUEREO [cédula] $30,000.00 ANA MARÍA RODRÍGUEZ PÉREZ [cédula] $30,000.00 ROBERTO FELIZ MORILLO [cédula] $30,000.00 JULIO CÉSAR FELIZ GÓMEZ [cédula] $30,000.00 PELAGIA BATISTA URBÁEZ [cédula] $30,000.00 EVANGELINA PEÑA [cédula] $30,000.00 LEONER MOQUETE TERRERO [cédula] $30,000.00 YSABEL MARÍA FELIZ MONTERO [cédula] $30,000.00 DOMINGO ESPINOSA ESPINOSA [cédula] $20,000.00 GLADYS FELIZ [cédula] $20,000.00 BOLÍVAR YORRO REYES [cédula] $20,000.00 ÁNGEL DÍAZ CUEVAS [cédula] $20,000.00 ANDRÉS FELIZ FELIZ [cédula] $20,000.00 JOSÉ ANÍBAL SANTANA AYALA [cédula] $20,000.00 FLORENTINO ENCARNACIÓN PEÑA [cédula] $20,000.00 CARLOS CARRASCO [cédula] $20,000.00 EULISES CALDERÓN BATISTA [cédula] $20,000.00 EDUARDO MATOS BATISTA [cédula] $20,000.00 RAMONA BELTRÉ [cédula] $20,000.00 AUGUSTO MATOS ESPINOSA [cédula] $20,000.00 NÉSTOR RAMÍREZ CUEVAS [cédula] $60,000.00 JOSÉ MIGUEL MONTERO MATOS [cédula] $60,000.00 OSCAR ACOSTA PEÑA [cédula] $50,000.00 VALERIO ORTIZ [cédula] $50,000.00 ANTONIO CASTILLO MONTÁS [cédula] $50,000.00 JORGE REYES REYES [cédula] $50,000.00 ONÉSIMO OGANDO [cédula] $50,000.00 MANUEL MATOS ROMÁN [cédula] $50,000.00 APOLINAR NOVAS SANTANA [cédula] $50,000.00 MARIO MÉNDEZ MATOS [cédula] $50,000.00 PATRIA MÉNDEZ SIERRA [cédula] $50,000.00 MÁRTIRES SIERRA [cédula] $50,000.00 JUAN MESA MATOS [cédula] $30,000.00 ALBERTO PEÑA BATISTA [cédula] $30,000.00 FERIBERTO FELIZ SEGURA [cédula] $30,000.00 PEDRO ANÍBAL RODRÍGUEZ [cédula] $30,000.00 MARIO ANTONIO DÍAZ [cédula] $30,000.00 FRANCISCO MATOS REYES [cédula] $30,000.00 TOMÁS AUGUSTO DE LEÓN MEJÍA [cédula] $30,000.00 ROBERTO BRITO SANTANA [cédula] $30,000.00 FIDEL ANTONIO GARCÍA FELIZ [cédula] $30,000.00 HILARIO GONZÁLEZ MEDINA [cédula] $30,000.00 MANUEL INOCENT [cédula] $30,000.00 ERCILIA FELIZ CHARLE DE MARCELIS [cédula] $30,000.00 EMILIO CUEVAS VALDEZ [cédula] $30,000.00 JOSE CARBAJAL MEDINA [cédula] $30,000.00 DOMINGO ARISMENDY [cédula] $30,000.00 JUAN OGANDO Y OGANDO [cédula] $30,000.00 SATURNINO DIAZ MEDINA [cédula] $30,000.00 PABLO NOVAS SEGURA [cédula] $30,000.00 DENIA PEÑA MEDINA [cédula] $20,000.00 RAMONA PEÑA [cédula] $20,000.00 CASTULO MONTERO [cédula] $20,000.00 MARIO AMADOR MORILLO [cédula] $20,000.00 JOSE FLORIAN [cédula] $20,000.00 RAUL MÉNDEZ [cédula] $20,000.00 ARTÍCULO 2. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, estos podrán optar por la pensión que más le favorezca. ARTÍCULO 3. Se dispone que el pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda. PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contados a partir de que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido dicho plazo. ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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