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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 231-22

que excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 may de 2022fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 11065Gaceta Oficial del 9 abr de 2022
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 231-22 que excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 3852 del año 1973, una porción de terreno con una superficie 252.90 metros cuadrados, dentro de la parcela [cédula], D.C 18, Santo Domingo Norte, propiedad de Roberto Domínguez Pérez y Francia Elena Tejeda de Pérez, la cual sería destinada a la construcción de un edificio escolar en Santa Cruz, Villa Mella. G. O. No. 11065 del 9 de abril de 2022. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 231-22 VISTO: El Decreto núm. 3852, del 6 de septiembre de 1973, que declaró de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, una porción de terreno con una extensión superficial de 6,288.63 m2 dentro de la parcela núm. 5-A-Ref.-B-l, D. C. núm. 3, para ser destinada a la construcción de un edificio escolar en el poblado Santa Cruz, sección Villa Mella, Distrito Nacional. VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 3852, del 6 de septiembre de 1973, la parcela que se detalla a continuación: Superficie D. C. Municipio/Provincia Propietarios Designación Catastral [cédula] 252.90 m2 Santo Domingo Norte/ Santo Domingo Roberto Domínguez Pérez y Francia Elena Tejeda de Domínguez Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Santo Domingo y a la Dirección General de Bienes Nacionales, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER Fe de Errata: Los decretos núms. del 20-22 al 27-22 aparecen en la G.O. No.11057 del 17 de enero de 2022 como dados en el mes de enero de 2021, cuando lo correcto es mes de enero de 2022.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona