Texto de la norma
Dec. núm. 223-22 que prorroga por seis (6) meses más, la duración de la declaratoria
de emergencia de las compras y contrataciones dictadas mediante el Dec. 635-21.
Modifica el artículo 4 del citado Decreto núm.635-21. G. O. No. 11065 del 9 de abril de
2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 223-22
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras,
y sus modificaciones, del 18 de agosto de 2006.
VISTO: El Decreto núm. 543-12, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm.
340-06, del 6 de septiembre de 2012.
VISTA: La comunicación núm. DGCP[cédula], del 11 de octubre de 2021, suscrita
por la Dirección General de Contrataciones Públicas que justifica el uso de la excepción de
emergencia para las compras y contrataciones de carbón mineral para abastecer la Central
Termoeléctrica Punta Catalina.
VISTO: El Decreto núm. 635-21, que declara de emergencia las compras y contrataciones
de carbón mineral, para el abastecimiento de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, del
11 de octubre de 2021.
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se prorroga por un período de seis (6) meses, a partir de la firma del presente
decreto, la duración de la declaratoria de emergencia de las compras y contrataciones dictadas
mediante el Decreto núm. 635-21.
PÁRRAFO. Queda modificado el artículo 4 del Decreto núm. 635-21.
ARTÍCULO 2. Se mantienen vigentes todas las demás medidas dispuestas en el Decreto
núm. 635-21, del 11 de octubre de 2021, que declara de emergencia las compras y
contrataciones de carbón mineral, para el abastecimiento de la Central Termoeléctrica Punta
Catalina.
ARTÍCULO 3. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022); año
179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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