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Decreto

Decreto 132-22

que declara de duelo oficial los días 22, 23 y 24 de marzo del presente año, con motivo del fallecimiento de Doña Rosa Altagracia Eulogia Gómez Arias de Mejía, ex Primera Dama de la República

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 mar de 1900fecha
Declaratoria (interés, día, duelo)tipo
G. O. 11062Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 132-22 que declara de duelo oficial los días 22, 23 y 24 de marzo del presente año, con motivo del fallecimiento de Doña Rosa Altagracia Eulogia Gómez Arias de Mejía, ex Primera Dama de la República. G. O. No. 11062 del 1ro. de abril de 2022. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 132-22 CONSIDERANDO: Que el pasado 21 de marzo de 2022, falleció Rosa Altagracia Eulogia Gómez Arias de Mejía, quien fue una mujer dominicana dedicada al voluntariado social, el fomento de los valores y la defensa de las mejores causas dentro de la sociedad. CONSIDERANDO: Que fue gestora de numerosas actividades educativas, culturales, artísticas y religiosas en el país, apoyando permanentemente el desarrollo de la educación, el fortalecimiento de la identidad juvenil y la búsqueda de soluciones a los problemas de los sectores de mayor vulnerabilidad. CONSIDERANDO: Que, como esposa del expresidente Rafael Hipólito Mejía Domínguez, promovió sus ideales a favor del bienestar social y el próspero devenir del pueblo dominicano, acompañándole mientras éste fue presidente de la República y asumiendo por primera vez en la historia, la gestión del Despacho de la Primera Dama con gran dignidad y sobriedad. CONSIDERANDO: Que en reconocimiento a su labor a favor de la comunidad, doña Rosa Gómez de Mejía recibió en vida diferentes condecoraciones, entre las que cabe destacar la Gran Cruz de la Orden Isabel La Católica que concede el Reino de España, el doctorado Honoris Causa en Humanidades de la Universidad Católica Tecnológica del Cibao (UCATECI) y el Botón Paul Harris, máximo galardón que concede la Fundación Rotaría Internacional. CONSIDERANDO: Que el fallecimiento de esta distinguida ciudadana, que sirvió al Estado dominicano con distinción e integridad, es motivo de duelo para el pueblo dominicano. CONSIDERANDO: Que en la expresión de este sentimiento de dolor de la población que el Estado reconoce mediante el presente decreto, se le concede a la señora Rosa Altagracia Eulogia Gómez Arias de Mejía el trato protocolar que corresponde a la figura de su cónyuge sobreviviente, el expresidente de la República, Ing. Rafael Hipólito Mejía Domínguez, como se señalará en parte dispositiva del presente decreto. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 108, sobre Días Festivos, de Duelo y de Conmemoración, del 21 de marzo de 1967. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1. Se declaran tres (3) días de duelo oficial en todo el territorio de la República, a partir de la fecha del presente decreto y correspondientes, por tanto, a los días 22, 23 y 24 de marzo del presente año con motivo del fallecimiento de Rosa Altagracia Eulogia Gómez Arias de Mejía. ARTÍCULO 2. Se instruye al Ministerio de Defensa que rinda los honores militares a esta prominente ciudadana dominicana. ARTÍCULO 3. En los días señalados, la Bandera Nacional deberá ondear a media asta en los recintos militares y edificios públicos en todo el país. ARTÍCULO 4. Envíese a los ministerios de Relaciones Exteriores. Defensa e Interior y Policía para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona