Texto de la norma
Dec. núm. 126-22 que autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago de los
Caballeros, a donar a favor de la Universidad Tecnológica de Santiago, una porción de
terreno de 13,008.25, dentro de la parcela No. 7-C-8-1, del D.C. No. 8, Marilópez,
provincia Santiago. Modifica el párrafo b), del artículo 1 del Dec. núm. 3534 del 1978.
G. O. No. 11062 del 1ro. de abril de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 126-22
CONSIDERANDO: Que el Concejo de Regidores del Ayuntamiento de Santiago de los
Caballeros, mediante el acta núm. 06-79, del 20 de febrero de 1979, aprobó la donación, a
favor de la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA) de una porción de terreno de
20,000 m2, localizados dentro de la parcela núm. 313-A-2 (resto), que era el área que creían
comprendía los terrenos que se habían indicado para la construcción del campus universitario
de UTESA.
CONSIDERANDO: Que la donación de esta porción de terreno fue autorizada por el Poder
Ejecutivo al Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros mediante el Decreto núm. 3432,
del 7 de junio de 1979, en el que se erró en relación a las designaciones catastrales dentro de
las cuales está ubicada dicha porción de terreno.
CONSIDERANDO: Que, luego de mediciones topográficas del terreno, se determinó que
la cantidad precisa era de 33,008 m2, por lo que restaban 13,008 m2, área que se acordó donar
en otra ocasión, según se establece en el acta núm. 06-79, en cumplimiento de lo cual fue
aprobada dicha donación mediante el acta núm. 17-21 del 15 de octubre de 2021.
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los
Municipios.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder
Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del
Distrito Nacional.
VISTO: El literal d), del numeral 3 del artículo 128 de la Constitución de la República, el
cual establece como atribución del presidente de la República, en tanto jefe de Estado y de
Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los
contratos que hagan cuando constituyan en garantía inmuebles o rentas municipales.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 16 de septiembre de 2021, del acta núm. 16-21, del
15 de septiembre de 2021, que aprueba las correcciones del Decreto núm. 3534 del 8 de
agosto de 1978.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Queda modificado el párrafo b) del acápite correspondiente al Ayuntamiento del
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del artículo 1 del Decreto núm.
3534, del 8 de agosto de 1978, para que disponga la autorización al Ayuntamiento de
Santiago de los Caballeros para donar a la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA),
la siguiente porción de terreno:
“b. Una porción de terreno con una extensión superficial de veinte mil metros
cuadrados (20,000.00 m2), ubicada en la avenida Salvador Estrella Sadhalá, dentro de
la parcela municipal núm. 313-A-2, de la manzana municipal núm. 5 de Marilópez,
localizada en la parcela catastral núm. 7-C-8-I, Distrito Catastral núm. 08, a favor de
la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA)”.
Artículo 2. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a donar a favor de la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA), RNC, una porción de terreno con una extensión superficial de trece mil ocho metros
cuadrados punto veinticinco decímetros cuadrados (13,008.25 m2) dentro de la parcela
catastral núm. 7-C-8-I, Distrito Catastral núm. 08, parcela municipal núm. 313-A-2, de la
manzana municipal núm. 5, localizada en Marilopez, Av. Salvador Estrella Sadhalá, esquina
Av. Mirador del Yaque, de la ciudad de Santiago.
Artículo 3. Envíese al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, al registrador
de títulos de Santiago y al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022); año
179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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