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Decreto

Decreto 107-22

que concede la Medalla al Mérito de la Mujer a once (11) mujeres destacadas en el quehacer social, económico y político. Concede dicha condecoración póstumamente a Petronila Angélica Gómez

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 mar de 2022fecha
Condecoracióntipo
G. O. 11061Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 107-22 que concede la Medalla al Mérito de la Mujer a once (11) mujeres destacadas en el quehacer social, económico y político. Concede dicha condecoración póstumamente a Petronila Angélica Gómez. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 107-22 CONSIDERANDO: Que el 8 de marzo se conmemora anualmente el Día Internacional de la Mujer, fecha en la cual el Gobierno dominicano rinde homenaje a las mujeres dominicanas. CONSIDERANDO: Que. en el marco de dicho homenaje, el Gobierno dominicano reconoce de manera especial a las mujeres que se han destacado en los ámbitos político, social, académico, empresarial, deportivo y humanitario, entre otros. CONSIDERANDO: Que las mujeres dominicanas ejercen un liderazgo activo, cada vez más amplio y efectivo en los diferentes procesos que impulsan el desarrollo nacional. CONSIDERANDO: Que es de suma importancia continuar promoviendo, reconociendo y dando la visibilidad que merece la participación cada vez más notable de las mujeres dominicanas en las distintas esferas de nuestra sociedad y reconocer sus grandes aportes. VISTO: El Decreto núm. 3013, del 29 de mayo de 1985, que crea la Medalla al Mérito de la Mujer Dominicana. VISTO: El oficio núm. 030008, del 2 de marzo de 2022, del Ministerio de la Mujer, dirigido al presidente de la República. VISTO: El acto notarial núm. 11/2022, del 22 de febrero de 2022, folios números del 36 al 38, de la sesión del Ministerio de la Mujer y el Comité Consultivo, dirigido al presidente de la República, con los resultados de las seleccionadas para recibir la Medalla al Mérito de la Mujer Dominicana 2022. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se otorga la Medalla al Mérito de la Mujer Dominicana 2022, como reconocimiento a su papel destacado en las distintas esferas del quehacer social, económico y político a las siguientes mujeres: Núm. Nombre y apellidos Renglón Zenaida Altagracia Mejía Reyes Mujer destacada en el extranjero (Diáspora) María Eugenia Acosta Abad Empresarial María Leónides Disla Rural Fidelina de la Rosa Hidalgo Feminista Francisca Jiménez Paniagua Laboral Lee Geady Mateo Ramírez Militar Dayanira Miguelina Gatón Guzmán de Rodríguez Salud Ynalda Mercedes Castillo Sandoval Periodista Clara Ynocencia González Gómez Educación 10 Andrea Confesora Hernández Peralta Deporte 11 Milagros Saturria Calzado de Bello Religioso ARTÍCULO 2. Se otorga póstumamente la Medalla al Mérito de la Mujer Dominicana 2022 a Petronila Angélica Gómez, como reconocimiento a su destacada lucha a favor de los derechos de las mujeres. ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de la Mujer para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona