Texto de la norma
Dec. núm. 102-22 que asciende a once (11) generales de brigada de la Policía Nacional
al rango de mayor general y los retira con la pensión correspondiente, así como también
retira y le concede la respectiva pensión, al general de brigada José Delio Mora
Reynoso, P.N.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 102-22
CONSIDERANDO: Que en el artículo 60 de la Constitución de la República Dominicana
se consagra el derecho a la seguridad social, a través del cual el Estado tiene el deber de
estimular el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a
una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad, desocupación y vejez.
CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de la Policía Nacional núm. 590-16, del 15 de
julio de 2016, establece el sistema para un retiro digno de los miembros del Cuerpo Policial.
CONSIDERANDO: Que el 26 de febrero de 2022, el Consejo Superior Policial aprobó
mediante Resolución núm. CSP 2022-02-008, recomendar al Poder Ejecutivo el retiro por
antigüedad en el servicio, por edad o por haber alcanzado el tiempo máximo de permanecía
en el grado (rango), y ascender al rango superior inmediato a los oficiales generales de la
Policía Nacional y por consiguiente el otorgamiento de las pensiones correspondientes.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley Orgánica de la Policía Nacional núm. 590-16, del 15 de julio del 2016.
VISTA: La Ley núm. 87-01, del 9 de mayo de 2001, que crea el Sistema Dominicano de
Seguridad Social, y sus modificaciones y normas complementarias.
VISTA: La Resolución núm. CSP 2022-02-008, del 26 de febrero de 2022. de la primera
reunión extraordinaria del Consejo Superior Policial.
VISTO: El oficio núm. 6542, del 25 de febrero de 2022. del director general de la Policía
Nacional, dirigido al presidente de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. El general de brigada Rafael A. Cabrera Sarita, P.N., queda ascendido al
rango de mayor general, P.N., y colocado en honrosa situación de retiro, con disfrute de la
pensión correspondiente.
ARTÍCULO 2. El general de brigada Pablo de Jesús Dipré, P.N., queda ascendido al rango
de mayor general, P.N., y colocado en honrosa situación de retiro, con disfrute de la pensión
correspondiente.
ARTICULO 3. La general de brigada Teresa Martínez Hernández, P.N., queda ascendida al
rango de mayor general, P.N., y colocada en honrosa situación de retiro, con disfrute de la
pensión correspondiente.
ARTÍCULO 4. El general de brigada Neivis L. Pérez Sánchez, P.N., queda ascendido al
rango de mayor general, P.N., y colocado en honrosa situación de retiro, con disfrute de la
pensión correspondiente.
ARTÍCULO 5. El general de brigada Juan Antonio Pilarte Féliz, P.N., queda ascendido al
rango de mayor general. P.N., y colocado en honrosa situación de retiro, con disfrute de la
pensión correspondiente.
ARTÍCULO 6. El general de brigada Francisco Romer López, P.N., queda ascendido al
rango de mayor general. P.N., y colocado en honrosa situación de retiro, con disfrute de la
pensión correspondiente.
ARTÍCULO 7. El general de brigada Valentín A. Rosado Vicioso, P.N., queda ascendido al
rango de mayor general. P.N., y colocado en honrosa situación de retiro, con disfrute de la
pensión correspondiente.
ARTÍCULO 8. El general de brigada César Augusto Sena Rojas, P.N., queda ascendido al
rango de mayor general, P.N., y colocado en honrosa situación de retiro, con disfrute de la
pensión correspondiente.
ARTÍCULO 9. El general de brigada Ludwing Miguel Suardi Correa, P.N., queda ascendido
al rango de mayor general, P.N., y colocado en honrosa situación de retiro, con disfrute de la
pensión correspondiente.
ARTÍCULO 10. El general de brigada médico Mario E. Objío Morales, P.N., queda
ascendido al rango de mayor general, P.N., y colocado en honrosa situación de retiro, con
disfrute de la pensión correspondiente.
ARTÍCULO 11. El general de brigada ingeniero Boris C. Coico Campagna, P.N., queda
ascendido al rango de mayor general, P.N., y colocado en honrosa situación de retiro, con
disfrute de la pensión correspondiente.
ARTÍCULO 12. El general de brigada José Delio Mora Reynoso, P.N., queda colocado en
honrosa situación de retiro, con disfrute de la pensión correspondiente.
ARTÍCULO 13. El pago de las presentes pensiones se hará conforme a los procedimientos
establecidos en la Ley Orgánica de la Policía Nacional núm. 590-16, del 15 de julio de 2016.
ARTÍCULO 14. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, al primer (1) día del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022); año 179
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER