Texto de la norma
Dec. núm. 175-22 que autoriza al Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros a
permutar al señor José Joaquín García Tatis, el solar núm. 7 (parte) manzana No. 1018,
del D.C. No. 1, con un área de 114.75 metros cuadrados, y a su vez el Ayuntamiento
recibirá el solar No. 8 (parte) de la citada manzana, con un área de 193.06 metros
cuadrados. G. O. No. 11064 del 27 de abril de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 175-22
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los
Municipios.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder
Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del
Distrito Nacional.
VISTO: El literal d), numeral 3, del artículo 128 de la Constitución de la República, el cual
establece como atribución del presidente de la República, en tanto Jefe de Estado y de
Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los
contratos que hagan, cuando constituyan garantías inmuebles o rentas municipales.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 9 de marzo de 2018, del acta núm. 04-18, del 6 de
marzo de 2018, que aprueba la permuta solicitada por José Joaquín García Tatis.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a permutar al señor José Joaquín García Tatis el solar núm. 7 (parte),
manzana núm. 1018, D. C. núm. 1, con un área de ciento catorce punto setenta y cinco metros
cuadrados (114.75 m2), por un valor de un millón setecientos treinta y siete mil quinientos
cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,737,540.00), propiedad del Ayuntamiento
Santiago de los Caballeros. A cambio de esta porción de terreno, el Ayuntamiento de
Santiago recibirá del señor José Joaquín García Tatis el solar núm. 8 (parte), manzana núm.
1018, D. C. núm. 1, con un área de ciento noventa y tres punto seis metros cuadrados (193.06
m2), por un valor de un millón treintas y dos mil setecientos cincuenta pesos dominicanos
con 00/100 (RD$1,032,750.00), de su propiedad.
Artículo 2. Envíese al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, al registrador
de título de Santiago y al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022); año 179
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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