Texto de la norma
Dec. No. 9-22 que modifica el artículo 6 del Dec. No. 713-21. Integra los miembros del
Foro Multiactor de Gobierno Abierto. G. O. 11057 del 17 de enero de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 9-22
CONSIDERANDO: Que el Decreto núm. 713-21, del 4 de noviembre de 2021, tiene por
objeto fomentar los principios de Gobierno Abierto en la Administración Pública mediante
la participación y colaboración de la ciudadanía, la innovación y el uso intensivo de
Tecnologías de la Información y Comunicación, así como también crea el Foro Multiactor
para un Gobierno Abierto.
CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del referido decreto dispone la integración del Foro
Multiactor para un Gobierno Abierto, compuesto por funcionarios del Gobierno Central,
representantes de la sociedad civil, el sector privado y la academia dominicana.
CONSIDERANDO: Que los integrantes de la sociedad civil, el sector privado y académico
del foro deben ser escogidos mediante elecciones organizadas por la Dirección General de
Ética e Integridad Gubernamental, respetando un estándar internacional exigido por la
Alianza para el Gobierno Abierto, por lo cual corresponde modificar el artículo 6 del Decreto
núm. 713-21.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTO: El Decreto núm. 713-21, del 4 de noviembre de 2021, que crea el Foro Multiactor
para un Gobierno Abierto y fomenta los principios de Gobierno Abierto en la Administración
Pública mediante la participación y colaboración de la ciudadanía.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 6 del Decreto núm. 713-21, del 4 de noviembre de
2021, para que en lo adelante diga de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 6. Integración del Foro Multiactor de Gobierno Abierto. El Foro
Multiactor de Gobierno Abierto estará integrado de la siguiente manera:
1) La directora general de Ética e Integridad Gubernamental, quien lo presidirá y
coordinará.
2) El ministro de Economía, Planificación y Desarrollo.
3) El ministro de Hacienda.
4) El director general de Contrataciones Públicas.
5) El director general de Presupuesto.
6) El director de la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y la
Comunicación (OGTIC).
7) Tres (3) representantes de tres (3) organizaciones de la sociedad civil.
8) Un representante del sector privado.
9) Dos (2) representantes del sector universitario o académico.
PÁRRAFO I. Los integrantes del Gobierno Central podrán hacerse representar por un
funcionario que estos designen.
PÁRRAFO II. La coordinación del Foro Multiactor de Gobierno Abierto será responsable
de organizar y convocar a elecciones transparentes y participativas para elegir los miembros
de las organizaciones de la sociedad civil y el sector privado, universitario y académico para
integrar el foro.
PÁRRAFO III. La coordinación del Foro Multiactor de Gobierno Abierto procurará
garantizar el principio de paridad de género en la escogencia de sus demás integrantes.
Asimismo, los sectores que integrarán el Foro velarán por el cumplimiento de este principio
en sus propuestas de representación.
PÁRRAFO IV. En el caso de los sectores que solo tienen un representante, deberán aplicar
paridad vertical (entre titular y suplente correspondiente) y variar el género de representación
cada dos (2) años o cada vez que se requiera un nuevo nombramiento.
PÁRRAFO V. Los integrantes del Foro Multiactor de Gobierno Abierto ejercerán sus
funciones de forma honorífica.”
ARTÍCULO 2. El resto del Decreto núm. 713-21, del 4 de noviembre de 2021, mantiene su
vigencia.
ARTÍCULO 3. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de enero del año dos mil veintidós (2022); año 178
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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