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Dec. No. 11-22 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. 11057 del 17 de enero de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 11-22
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Villa Linda (COOPL1NDA), con domicilio en la calle Central, número
3, sector Villa Linda, municipio Los Alcarrizos, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
e) veintinueve (29) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Palmarito Samaná (COOPALMARITO), con domicilio en La calle
principal, número 18, comunidad Palmarito, distrito municipal Las Galeras, municipio Santa
Bárbara de Samaná, provincia Samaná, República Dominicana, cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el nueve (9) de diciembre de dos mil
veintiuno (2021).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples La Pared del Carril (COOPAREDCA), con domicilio en la calle Ismael
Mota, número 10, sector El Calvario, distrito municipal El Carril, municipio Haina, provincia
San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el veinte (20) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Tu Crecer (COOP-TUCRECER), con domicilio en la calle Los
Narcisos, número 23, sector Los Jardines del Norte, Distrito Nacional, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el nueve (9) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Emprendedores de Partido-Dajabón (COOPARTIDO), con domicilio
en la calle Andrés Medina, número 142, municipio Partido, provincia Dajabón, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el ocho (8) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Emprendedores de Pantoja (COOPASMP), con domicilio en la calle La
Isabela, plaza Don Lorenzo, local 101, sector Pantoja, municipio Los Alcarrizos, provincia
Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Eocala (COOP-EOCALA), con domicilio en la calle Gustavo Mejía
Ricard, número 71, ensanche Piantini, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el nueve (9) de
octubre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de Productores de Cacao de la provincia María Trinidad
Sánchez (COOPRACADO), con domicilio en la calle Ramón Emilio Alonso, municipio
Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el siete (7) de febrero de dos mil
veintiuno (2021).
Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Salamanca (COOPSALAMANCA), con domicilio en la calle Olof
Palmer, esq. Lorenzo Despradel, plaza Sajorna IV, tercer nivel, local C6-B, sector Los
Prados, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintiuno
(2021).
Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Paradero (COOPARADERO), con domicilio en la calle principal,
número 57, comunidad Paradero, municipio Esperanza, provincia Valverde, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el nueve (9) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples Monte de los Olivos (COOPMOL), con domicilio en la calle
Rey David, esq. Nazaret, urbanización Monte de los Olivos, provincia Santo Domingo,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el veintidós (22) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples Santo Domingo Norte (COOPROSANO), con domicilio en la
calle 31, sector San Felipe, Villa Mella, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo
Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el diecinueve (19) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 13. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Servicios
Múltiples Equitativos de Protección y Representación Organizada (COOPSEPRO), con
domicilio en [domicilio omitido]. Beras, edif. Belliard, suit 1-
D, sector Villa Velásquez, municipio San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de Macorís,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el veintidós (22) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 14. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples La Esperanza de Barahona (COOPTRAESBA), con domicilio en la calle
Donantes, número 19, sector Las Flores, municipio Santa Cruz de Barahona, provincia
Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el seis (6) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 15. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples El Futuro Baní (COOPFUTURA), con domicilio en el residencial Villa
Country, número 15, municipio Baní, provincia Peravia, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diez (10) de
diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 16. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Naranjo de China (COOPENACHI), con domicilio en la carretera de
Yamasá, cruce La Bomba, paraje Naranjo de China, provincia Monte Plata, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el once (11) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 17. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples La Gran Familia (COOPMULGRANFA), con domicilio en [domicilio omitido]. Sabana Perdida, municipio
Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecinueve (19) de
noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 18. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Productores de Castillo (COOPROCASTILLO), con domicilio en la
calle Horacio de Jesús, número 35, sección Los Cachones, municipio Castillo, provincia
Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el ocho (8) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 19. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Villa Verde (COOPVILLAVERDE), con domicilio en la calle Respaldo
Principal, número 17, Villa Verde, Manoguayabo, municipio Santo Domingo Oeste,
provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea general constitutiva celebrada el diecinueve (19) de noviembre de dos mil veintiuno
(2021).
Artículo 20. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Criadores de Peces Los Bancos-La Canoa (COOPCR1PBANC), con
domicilio en la calle Colón, número 2, Los Bancos, municipio San Juan de la Maguana,
provincia San Juan, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el ocho (8) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 21. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Queso de Santiago Rodríguez (COOPROQUESA), con domicilio en
la calle principal, número I, Mata del Jobo, provincia Santiago Rodríguez, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el veinticinco (25) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 22. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Mujeres del Campo Vallejuelo (COOPMUCAVA), con domicilio en
la calle Duarte, esq. Conde, Centro Comunal de Vallejuelo, municipio Vallejuelo, provincia
San Juan, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el quince (15) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 23. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios
Múltiples
de
Productores
Nueva
Generación
Santiago
Rodríguez
(COOPNUGESARO), con domicilio en la avenida Próceres de la Restauración, número 95,
provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en
la asamblea general constitutiva celebrada el diez (10) de diciembre de dos mil veintiuno
(2021)
Artículo 24. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de Motoconchistas de SDN y Afines (COOPMOCONS), con domicilio
en la calle Sánchez, número 3, Villa Mella, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo
Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el cinco (5) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 25. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Productores de Conejos y Afines de la República Dominicana
(COOPCONEJO), con domicilio en [domicilio omitido]. nivel, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de noviembre de
dos mil veintiuno (2021).
Artículo 26. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de Desarrollo de San Cristóbal (COOPDESANC), con domicilio en la
calle C, número 29, sector El Buen Pastor, municipio San Cristóbal, provincia San Cristóbal,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el diez (10) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 27. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Mixto La Nueva Reserva (COOPMIXTORESERVA), con domicilio
en la calle Manolo Tavárez Justo, número 10, barrio El Gringo, municipio Haina, provincia
San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el trece (13) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 28. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples Mujeres Artesanas de Vicente Noble (COOPMAVI), con
domicilio en la calle Arzobispo Meriño, número 87, municipio Vicente Noble, provincia
Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 29. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Tierra Roja (COOPTIRO), con domicilio en la autopista Cabrera-Caño
Azul de Colorado, número 87, municipio Cabrera, provincia María Trinidad Sánchez,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el catorce (14) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 30. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Productores El Cambio (PRODUCOOPCAM), con domicilio en la
calle Duarte, número 171, Hacienda Estrella, distrito municipal La Victoria, municipio Santo
Domingo Norte, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecinueve (19) de noviembre de
dos mil veintiuno (2021).
Artículo 31. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de la Vivienda Dominicana (DOCICOOP), con domicilio en la calle
El Conde, esq. José Reyes, número 351, Zona Colonial, Distrito Nacional, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el nueve (9) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 32. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de enero del año dos mil veintidós (2022); año 178
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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