que nombra a Ernesto Torres Pereyra y Pablo Aramis Almigar Valentín Rosario, embajadores extraordinarios y plenipotenciarios de la Republica en Chipre y en la Confederación Suiza, el primero concurrente. Deroga el artículo 3 del Dec. No.626-20
| Persona | Qué dice el decreto | Cargo e institución |
|---|---|---|
| Ernesto Torres Pereyra | Designación | embajador extraordinario y plenipotenciario, concurrente, de la República Dominicana en la República de Chipre |
| Pablo Aramis Almigar Valentín Rosario | DesignaciónEn sustitución de José Roberto Sánchez Fung | embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la Confederación Suiza |
| José Roberto Sánchez Fung | Sustituido en el cargo | embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la Confederación Suiza |
Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
Ernesto Torres Pereyra · embajador extraordinario y plenipotenciario, concurrente, de la República Dominicana en la República de Chipre
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 27 ene de 2022. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Cargos anteriores en el directorio: Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Embajada de la República Dominicana en Guyana (desde 21 sept de 2023, vigente)
Pablo Aramis Almigar Valentín Rosario · embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la Confederación Suiza
Declaración jurada: Presentada fuera de plazo · plazo hasta el 1 may de 2022 · presentada el 12 oct de 2022 Coincidencia 99.7 %
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona