miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 810-21

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 dic de 2021fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 11049Gaceta Oficial del 24 dic de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 810-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. 11049 del 24 de diciembre de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 810-21 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Constitución (COOPCONSTITUCION), con domicilio en la avenida Constitución, número 81, esquina Duarte, municipio San Cristóbal, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Productores de la Costa (COOPCOSTA), con domicilio en el kilómetro 1, salida a San Francisco de Macorís, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el seis (6) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Dios es Real (COOPDIOSREAL), con domicilio en la calle Luweini, número 39, paraje Mojarra, municipio Guerra, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecinueve (19) de junio de dos mil veintiuno (2021). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción Trabajo y Servicios Múltiples de Criadores Ovicaprino Don Miguel (COOPDONMIGUEL), con domicilio en la autopista Duarte, número 53, comunidad El Baitoal, municipio San Fernando de Montecristi, provincia Montecristi, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Chichí Eusebio (COOPEUSEBIO), con domicilio en la calle Francisco Caamaño, número 22, Los Alcarrizos, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Factoría Hato Nuevo (COOPFACTORY), con domicilio en la calle Juan Evangelista Jiménez, número 22, sector Hato Nuevo, municipio Los Alcarrizos, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Gestión Humana (COOPGH), con domicilio en la calle 8, número 12, Residencial Rosmil, Las Praderas, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el catorce (14) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Piscicultores del Sur (COOPISUR), con domicilio en la calle Respaldo Luis Felipe González, número 3, municipio Neiba, provincia Bahoruco, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Servicios Múltiples Jimaní (COOPJIMANI), con domicilio en la calle Arzobispo Meriño, esquina 19 de Marzo, provincia Independencia, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el tres (3) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples La Llanada (COOPLLANADA), con domicilio en la calle principal, La Llanada, número 2, distrito municipal Hato Damas, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecisiete (17) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Marea (COOPMAREA), con domicilio en la calle Olegario Vargas, número 1, (altos), sector Villa Duarte, Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Molineros de la Línea Noroeste (COOPMOLINOR), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 13. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples para el Fomento y Desarrollo del Sector Ovicaprino (COOPOVICAP), con domicilio en la avenida Ortega y Gasset, número 15, esquina Peña Batlle, sector ensanche La Fe, Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 14. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Productores de Cítricos de Jaragua (COOPPCJARAGUA), con domicilio en la calle Enriquillo, número 44, El Palenque, municipio Villa Jaragua, provincia Bahoruco, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 15. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción Trabajo y Servicios Múltiples de Personas con Discapacidad de Valdesia (COOP-PEDIVA), con domicilio en la calle Pedro Renville, número 2, Parque Pisan, municipio San Cristóbal, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el ocho (8) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 16. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona