miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 797-21

que modifica el artículo 2 del Dec. No.659-21, que crea el Parque Nacional Loma Los Siete Picos, bajo la categoría II de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, ubicado en la Sierra de Yamasá, la cual comprende las provincias Santo Domingo, Monte Plata, San Cristóbal y Monseñor Nouel

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 dic de 2021fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 11048Gaceta Oficial del 20 dic de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (13,482 caracteres)
Dec. No.797-21 que modifica el artículo 2 del Dec. No.659-21, que crea el Parque Nacional Loma Los Siete Picos, bajo la categoría II de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, ubicado en la Sierra de Yamasá, la cual comprende las provincias Santo Domingo, Monte Plata, San Cristóbal y Monseñor Nouel. G. O. 11048 del 20 de diciembre de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 797-21 VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTO: El Decreto núm. 659-21, que crea el Parque Nacional Loma Los Siete Picos, del 19 de octubre de 2021. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 2 del Decreto núm. 659-21, del 19 de octubre de 2021, que crea el Parque Nacional Loma Los Siete Picos bajo la categoría II de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN), en la Sierra de Yamasá, provincias Santo Domingo, Monte Plata, San Cristóbal y Monseñor Nouel, para que se lea de la manera siguiente: “ARTÍCULO 2: Los límites de esta área protegida quedan definidos por las siguientes coordenadas: Se establece como punto de partida la posición en las coordenadas UTM 375132ME/[registro mercantil] próximo a la confluencia del río Básima con cañada Blanca y con el límite norte de la Reserva Forestal Loma Novillero. Desde este punto los límites continúan por el cauce del rio Básima aguas arriba hasta las coord. UTM 375318ME /[registro mercantil], a continuación, los limites cambian el rumbo en sentido norte hasta la curva de nivel 300msnm en las coord. UTM 375314ME/[registro mercantil], coincidente con el lindero de la microcuenca del arroyo Molino. Desde este punto de coordenada cambia de dirección en sentido noroeste hasta las coord. UTM 373966ME/[registro mercantil], que coinciden con la curva de nivel de los 300msnm. A continuación, el lindero cambia hacia el suroeste hasta las coord. UTM 373316ME/[registro mercantil], desde este punto se continúa con rumbo oeste en línea recta cruzando una porción de la Sabana Culebra hasta las coord. UTM 371140ME/[registro mercantil]. Desde esta posición los linderos toman rumbo norte, atravesando el arroyo Rancho de Yagua hasta las coord. UTM 370995ME/[registro mercantil] y luego rumbo noroeste hasta las coord. UTM 370011ME/[registro mercantil], desde aquí, continúa con rumbo norte cruzando el cauce del arroyo Piedra hasta las coord. UTM 370020ME/[registro mercantil]. Desde esta posición continúa al noroeste atravesando los arroyos Palmarito y Caña hasta las coord. UTM 367406.35ME/ 2079126.92MN. Los límites siguen con rumbo noreste en línea recta, hasta las coord. UTM 368329.63ME/2080043.75MN. A partir de este punto, la dirección de los linderos cambia hacia el norte hasta las coord. UTM 368261.09ME/2080780.7MN, continua en línea recta rumbo noroeste hasta llegar a las coord. UTM 367875.87ME/2081519.98MN, desde donde continúa en línea recta rumbo noroeste hasta las coord. UTM 367502.4ME/2081691.28MN, siguiendo en línea recta en dirección oeste hasta llegar a las coord. UTM 367416ME/2081691.72MN desde donde continúa en línea recta dirección noroeste atravesando el cauce de la cañada Del Mundo en las coord. UTM 367355.5ME/2081882.4MN, desde donde continúa en la misma dirección hasta las coord. UTM 367261.79ME/ 2081969.36 MN, desde este punto se continua en la misma dirección en línea recta hasta la coord. UTM 367244.72ME/ 2081996.96MN, desde donde continua por misma dirección hasta llegar a la coord. UTM 367085.02ME/ 2082183.75MN, siguiendo en línea recta en la misma dirección noroeste hasta llegar a las coord. UTM 366880.39ME/ 2082285.29MN desde donde continua en línea recta hasta las coord. UTM 366845.67ME/ 2082326.8MN continuando en línea recta hasta llegar próximo al nacimiento de la cañada Honda en las coord. UTM 366731.63ME/ 2082441.31MN desde aquí continúa en línea recta dirección noroeste hasta llegar a la curva de nivel de 400 msnm en las coord. UTM 366445.55ME/ 2083550.08MN desde donde continua en línea recta en la misma dirección hasta llegar a las coord. UTM 365918.97ME/ 2083707.16MN desde donde continúa en línea recta en dirección suroeste hasta llegar próximo al nacimiento de la cañada Majagua en las coord. UTM 365727.42ME/ 2083649.22MN desde este punto el lindero continúa en la misma dirección suroeste hasta las coord. UTM 365504.05ME/2083631.77MN. Desde donde continúa en la misma dirección en línea recta hasta llegar a las coord. UTM 365399.17ME/ 2083583.7MN. Desde esta posición continua rumbo al oeste en línea recta hasta llegar a las coord. UTM 365228.44ME/2083563.21MN, desde donde continúa al noroeste hasta las coord. UTM 364897.19ME/2083639.12MN, continúa en esta misma dirección hasta llegar a la coord. UTM 364635.04ME/2083776.12MN. Desde esta posición continúa hacia el este hasta llegar a la coord. UTM 364372.02ME /2083759.8MN, desde donde continúa en línea recta hasta llegar a las coord. UTM 364281.98ME/2083746.15MN, continuando en dirección noroeste en línea recta atravesando el cauce del arroyo Majagua hasta llegar a las coord. UTM 364000.91ME /2083927.49MN desde donde continúa en la misma dirección noroeste hasta llegar a las coord. UTM 363543.37ME /2084162.12MN. Desde esta posición continúa rumbo oeste en línea recta hasta llegar a las coord. UTM 363013.18ME / 2084176.03MN. En esta posición cambia de dirección hacia el norte en línea recta atravesando la Loma El Perro y el cauce del arroyo Grande hasta llegar a las coord. UTM 362991ME /2085896 MN, desde donde continua en línea recta en rumbo noreste hasta llegar próximo al nacimiento del arroyo Majagüita en las coord. UTM 363221.79ME / 2086896.27 MN. Desde donde cambia de rumbo hacia el este en línea recta hasta tocar el cauce del rio La Leonora en las coord. UTM 366347.56ME /2086896.27MN, desde donde cambia de dirección hacia el norte en línea recta hasta la coord. UTM 366347.56ME /2087971.55MN, desde donde cambia de rumbo en línea recta al sureste hasta llegar a las coord. UTM 366774.38ME/2087196.27MN, desde esta posición cambia de rumbo hacia el este en línea recta hasta llegar a las coord. UTM 368047.57ME /2087196.27MN. Desde esta posición cambia rumbo sur en línea recta hasta llegar a las coord. UTM 368047.58ME / 2084883.58MN, desde donde continúa en línea recta hacia el sureste hasta llegar a las coord. UTM 368672.66ME / 2083725.21MN, desde esta posición cambia rumbo sur en línea recta hasta llegar al cauce del arroyo Piedroso en las coord. UTM 368800ME/[registro mercantil]. En línea recta en dirección sureste continúa cruzando el cauce del arroyo Piedrosito y el rio Ozama hasta llegar a las coord. UTM 372406ME/[registro mercantil]. Los límites continúan en línea recta en dirección sureste hasta las coord. UTM 372734ME/[registro mercantil]. Continuando en línea recta en dirección sureste hasta las coord. UTM 377985ME/[registro mercantil]. Desde este punto continúa en línea recta en dirección este hasta las coord. UTM 378604ME/[registro mercantil], desde donde continúa hacia al sur en línea recta hasta tocar el cauce del río Máyiga en las coord. UTM 378604ME/[registro mercantil], continúa en línea recta en dirección sureste hasta coincidir con el cauce del río Guanuma en las coord. UTM 379779ME/[registro mercantil] desde donde continúa en línea recta en dirección sureste hasta el arroyo Capá en las coord. UTM 382116ME/[registro mercantil], desde este punto continúa en línea recta en dirección sureste hasta las coord. UTM 382720ME/[registro mercantil]. Desde este punto continúa en línea recta en dirección sureste hasta tocar la curva de nivel de los 300 msnm en las coord. UTM 384166ME/[registro mercantil]. Desde este punto se continúa en línea recta en dirección noreste hasta las coord. UTM 384699ME/[registro mercantil], desde este punto se continúa en línea recta en dirección sureste, pasando por el cauce del arroyo Torito hasta las coord. UTM 386545ME/[registro mercantil], en estas coordenadas los límites continúan en línea recta en dirección sureste hasta tocar la curva de nivel 300msnm en las coord. UTM 387093ME/[registro mercantil]. Desde este punto continúa en línea recta en dirección suroeste, atravesando el cauce del arroyo La Malena hasta tocar las coord. UTM 386537ME/[registro mercantil], luego continúa en línea recta en dirección oeste atravesando el cauce de los arroyos Frio y Puerto en las coord. UTM 385070ME/[registro mercantil], siguiendo en línea recta en dirección noroeste hasta tocar las coord. UTM 384550ME/[registro mercantil], continua en línea recta al suroeste atravesando el arroyo s/n afluente del río Higüero hasta las coord. UTM 383706ME/[registro mercantil], desde este punto continúa en dirección noroeste hasta las coord. UTM 383389ME/[registro mercantil], desde aquí se dirigen en dirección norte hasta tocar las coord. UTM 383376ME/[registro mercantil], siguiendo en línea recta en dirección oeste atravesando el cauce del río Higüero hasta las coord. UTM 382873ME/[registro mercantil]. Continúa en dirección sur en línea recta hasta las coord. UTM 382865ME/[registro mercantil], desde este punto continúa en línea recta en dirección noroeste, tocando la curva de nivel de 200 msnm en las coord. UTM 382219ME/[registro mercantil]. Desde donde continúa en dirección suroeste atravesando el cauce del arroyo Grande, hasta las coord. UTM 381772ME/[registro mercantil], desde este punto los linderos continúan en línea recta en dirección sureste por las vertientes norte de la Loma El Quemado hasta las coord. UTM 383472ME/[registro mercantil], continúa en línea recta en dirección este, tocando el cauce del rio Higüero en las coord. UTM 383759ME/[registro mercantil], desde donde sigue en línea recta dirección sureste tocando nuevamente el cauce del rio Higüero en las coord. UTM 386865ME/[registro mercantil], continúa en dirección sur hasta la curva de nivel 100 msnm en las coord. UTM 386863ME/[registro mercantil] continuando en línea recta en dirección sureste tocando el cauce del arroyo Galán en las coord. UTM 387697ME/[registro mercantil], siguiendo en línea recta dirección suroeste hasta tocar nuevamente el cauce del arroyo Galán en las coord. UTM 387011ME/[registro mercantil], se sigue en línea recta en dirección sureste hasta las coord. UTM 387092ME/[registro mercantil], se continúa en sentido oeste hasta la curva de nivel de 200 msnm en las coord. UTM 386762ME/[registro mercantil], se sigue al sur hasta la curva de nivel de 200 metros en las coord. UTM 386764ME/[registro mercantil], continuando en línea recta en dirección suroeste hasta las coord. UTM 386407ME/[registro mercantil]. Continúa en dirección noroeste hasta tocar la curva de nivel de los 200 metros en las coord. UTM 385498ME/[registro mercantil]. Desde este punto continúa en dirección suroeste atravesando el cauce del río Matúa hasta las coord. UTM 385021ME/[registro mercantil], sigue en dirección sur pasando por la vertiente este de la Loma de Machito hasta tocar la curva de nivel 300msnm en las coord. 385025ME/[registro mercantil]. Desde esta posición sigue al sureste en línea recta hasta tocar el cauce del arroyo Matigüelo en las coord. UTM 385626ME/[registro mercantil], continúa en dirección sureste hasta tocar las coord. UTM 385821ME/[registro mercantil], desde esta posición continúa en línea recta al suroeste hasta tocar el cauce del arroyo Suardí en las coord. UTM 385171ME/[registro mercantil]. Luego sigue en dirección noroeste hasta las coord. UTM 384275ME/[registro mercantil], desde donde sigue en dirección norte hasta las coord. UTM 384288ME/[registro mercantil]. Desde esta posición continúa en dirección noroeste cruzando próximo al nacimiento del arroyo Culebra hasta las coord. UTM 382980ME/[registro mercantil], desde donde sigue en la misma dirección hasta tocar la curva de nivel de 200msnm en las coord. UTM 381816ME/[registro mercantil], desde aquí se continúa al oeste atravesando el cauce del río Higuamo hasta las coord. UTM 381316ME/[registro mercantil], siguiendo en dirección noroeste atravesando el cauce del arroyo Mina se conecta con el cauce del río Isabela y toca el límite de la Reserva Forestal Loma Novillero en las coord. UTM 378285ME/[registro mercantil]. Desde este punto continúa por el cauce del rio Isabela aguas arriba coincidiendo con el lindero sureste de la Reserva Forestal Loma Novillero pasando por las coord. UTM 378466.44ME/2065713.05MN y coord. UTM 378139.49ME/2066224.94MN, hasta llegar a las coord. UTM 376134.87ME/2070158.24MN, desde esta posición continua por el lindero este de la Reserva Forestal pasando por las coordenadas coord. UTM 375834.34ME/2070554.54MN y UTM 375652.7ME/2070613.98 MN hasta llegar al punto de partida en las coord. UTM 375132ME/[registro mercantil]. PÁRRAFO: El polígono antes descrito tiene un área de 136.39 km², conforme el plano anexo, que es el que ratifica los límites del Parque Nacional Loma Los Siete Picos. Los límites han sido definidos en sistema de coordenada de Unidad Transversal de Mercator (UTM). Datum WGS84, Zona 19 Q”. ARTÍCULO 2. Envíese a1 Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno (2021), año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona