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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 774-21

QUE CONCEDE INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 dic de 2021fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 11047Gaceta Oficial del 15 dic de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.774-21 que concede incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. 11047 del 15 de diciembre de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 774-21 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Faro del Oriente (COOPFARORIENTE), con domicilio en la calle Presidente Meriño, número 20, Villa Providencia, provincia San Pedro de Macorís, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecinueve (19) de julio de dos mil veintiuno (2021). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Unión Solidaria Caribe (COOPUSCARIBE), con domicilio en la calle 20, número 4, urbanización Valle Hermoso, municipio Santo Domingo Norte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el dieciocho (18) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Desarrollo Comunitario de Hato Damas (COOPDECOH), con domicilio en la calle principal, número 15, Hato Damas, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el cuatro (4) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Núñez (COOPNÚÑEZ), con domicilio en la calle principal, Las Carreras esquina España, edificio B-10, apartamento 1B, primera planta, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de agosto de dos mil veintiuno (2021). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples El Platanal (COOPPLATANAL), con domicilio en la calle principal número 6, Platanal Adentro, carretera Mao-Santiago, La Canela Abajo, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el tres (3) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de los Pescadores, Artesanos y Comerciantes de la Isla Saona (COOPPEARCOISLASAONA), con domicilio en la calle principal, número 1, Mano Juan Isla Saona, provincia La Altagracia, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de junio de dos mil veintiuno (2021). Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Apoyo a la Metalmecánica (COOPDEMAT), con domicilio en la calle José Rojas, número 2, rotonda Placer Bonito, provincia San Pedro de Macorís, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el treintaiuno (31) de agosto de dos mil veintiuno (2021). Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción y Trabajo de Servicios y Soluciones de Tecnología de la Información y Comunicación (COOPSYSTIC), con domicilio en la calle Presidente Hipólito Irigoyen, número 14, Zona Universitaria, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el once (11) de enero de dos mil veinte (2020). Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Estilistas y Cosmetólogas de Maimón (COOPECMA), con domicilio en la calle principal, número 28, sector Buenos Aires, municipio Maimón, provincia Monseñor Nouel, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiocho (28) de abril de dos mil veintiuno (2021). Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Shemá (COOPACSEMUS), con domicilio en la avenida Casandra Damirón, número 128, Blanquizales, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de agosto de dos mil veintiuno (2021). Artículo 11. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona