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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 772-21

QUE CONCEDE INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 dic de 2021fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 11047Gaceta Oficial del 15 dic de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.772-21 que concede incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. 11047 del 15 de diciembre de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 772-21 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples La Culata (COOPCULATA), con domicilio en el centro comunal, número 1, sección La Culata, provincia San Juan de la Maguana, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de agosto de dos mil veintiuno (2021). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Cardón (COOPCARDON), con domicilio en la calle Sánchez, número 11, sección Cardón, provincia San Juan de la Maguana, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el nueve (9) de abril de dos mil veintiuno (2021). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Caprino la Buena Fe de Barreras (COOPBUFEBAR), con domicilio en el calle Duarte, número 87, distrito municipal Barreras, provincia de Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el quince (15) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Textil de Peralta (COOPPROTEXP), con domicilio en la calle Eleonor Feliz, número 4, municipio de Peralta, provincia de Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinticinco (25) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Gajo del Monte (COOPGAJO), con domicilio en la calle principal, número 1, comunidad Gajo del Monte, distrito municipal Las Lagunas, municipio Padre Las Casas, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de agosto de dos mil veintiuno (2021). Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples La Verdad (COOPVERDAD), con domicilio en la calle principal La Piña de Hato Nuevo, provincia San Juan de la Maguana, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples La Majaguita (COOPMAJAGUITA), con domicilio en la calle principal número 1, comunidad La Majaguita, distrito municipal Las Lagunas, municipio Padre Las Casas, provincia Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Magueyal de Azua (COOPMAGUEYAL), con domicilio en la calle principal número 10, comunidad de Magueyal, distrito municipal Hato Nuevo, municipio Las Yayas de Viajama, provincia Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Jobobán (COOPJOBOBAN), con domicilio en la calle principal, número 1, municipio Jobobán, Villa Riva, provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de agosto de dos mil veintiuno (2021). Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Villa La Mata (COOPMATA), con domicilio en la calle Duarte, número 1, Batey Soto, municipio Villa La Mata, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada primero (1) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 11. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes diciembre del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona