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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 752-21

que excluye de la expropiación efectuada mediante el Dec. No. 1400, articulo 1, literal 1, del año 1983, una porción de terreno de 299.99 metros cuadrados, en la Designación Catastral [cédula], provincia Santiago, propiedad de Víctor Manuel Hernández Aracena, la cual sería destinada a la celebración de los XV Juegos Centroamericanos y del Caribe efectuados en esa ciudad

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 dic de 2021fecha
Designacióntipo
G. O. 11045Gaceta Oficial del 26 nov de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 752-21 que excluye de la expropiación efectuada mediante el Dec. No. 1400, articulo 1, literal 1, del año 1983, una porción de terreno de 299.99 metros cuadrados, en la Designación Catastral [cédula], provincia Santiago, propiedad de Víctor Manuel Hernández Aracena, la cual sería destinada a la celebración de los XV Juegos Centroamericanos y del Caribe efectuados en esa ciudad. G. O. 11045 del 26 de noviembre de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 752-21 VISTO: El Decreto núm. 1400, del 8 de septiembre de 1983, que declaró de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en el municipio Santiago de los Caballeros, para ser destinadas a las instalaciones para la celebración de los XV Juegos Centroamericanos y del Caribe en esa ciudad. VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 1400, del 8 de septiembre de 1983, artículo 1, literal l, la parcela que se detalla a continuación: Designación catastral Superficie Matrícula Provincia Propietario [cédula] 299.99 m2 0200044163 Santiago Víctor Manuel Hernández Aracena Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Santiago y a la Dirección General de Bienes Nacionales, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno (2021), año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona