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Decreto

Decreto 748-21

que autoriza a varios miembros de las Fuerzas Armadas a aceptar y usar condecoraciones extranjeras otorgadas por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 nov de 2021fecha
Condecoracióntipo
G. O. 11045Gaceta Oficial del 26 nov de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 748-21 que autoriza a varios miembros de las Fuerzas Armadas a aceptar y usar condecoraciones extranjeras otorgadas por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas. G. O. 11045 del 26 de noviembre de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 748-21 VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos. VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero de 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones. VISTO: El oficio núm. 1315, del 12 de octubre de 2021, del mayor general Celín Rubio Terrero, ERD, jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial. VISTO: El oficio núm. 42262, del 29 de septiembre de 2021, del teniente general Carlos Luciano Díaz Morfa, ERD, ministro de Defensa, dirigido al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza a aceptar y usar la condecoración “Cruz de Plata”, en segundo grado, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC) a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas de República Dominicana: 1. General de brigada Jorge Iván Camino Pérez, ERD. 2. Teniente coronel Elvis Almonte, ERD (DEM). ARTÍCULO 2. Se autoriza a aceptar y usar la condecoración “Medalla de Plata”, en tercer grado, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC) a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas de República Dominicana: 1. Coronel Wilfredo Manuel Ávila de la Cruz, ERD (DEM). 2. Coronel Omi Antonio Rodríguez González, FARD (DEM). 3. Capitán de fragata Cristina E. Espinal Sánchez, ARD. 4. Mayor José Odalis López Díaz, ERD (DEM). 5. Mayor Henrry A. Vargas Santos, ERD. (DEM) 6. Mayor María Gristina Ortiz Monagas, ERD. 7. Mayor Nuris M. Castillo Vásquez, FARD. ARTÍCULO 3. Se autoriza a aceptar y usar la condecoración “Medalla de Operación Humanitaria”, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC) a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas de República Dominicana: 1. Primer teniente Edwin Alexandro Barías, ERD. 2. Sargento Jesús María Soto Payano, ERD. 3. Sargento Yoalkin E. de la Rosa Rosario, ERD. 4. Sargento Robert Alexander Germán, ERD. 5. Cabo Cornelio Torres Jiménez, ERD. ARTÍCULO 4. Se autoriza a aceptar y usar la condecoración “Distintivo”, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC) a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas de República Dominicana: 1. Coronel Ángel Rafael Ramos Reyes, ERD (DEM). 2. Coronel Carlos Caballero Santos, ERD (DEM). 3. Teniente coronel Elvis Reyes Almonte, ERD (DEM). 4. Mayor Melvin Rivera Brea, ERD (DEM). 5. Capitán Luis Manuel Perdomo Troncoso, ERD. 6. Teniente de navío Germán Figueroa Martínez, ARD. 7. Teniente de navío Johnsteal Pimentel Vásquez, ARD. 8. Capitán piloto Samuel Leonardo de Moya Núñez, FARD. 9. Primer teniente Miguel Marte Peguero, ERD. 10. Segundo teniente Ramón Cuevas Veras, ERD. 11. Sargento mayor Marcos Piña Rodríguez, ERD. 12. Sargento Manuel Augusto Olivero de Jesús, ARD. 13. Cabo Brando Miguel Pérez Troncoso, ERD. 14. Asimilado militar Aníbal Marte Reyes. 15. Asimilado militar Anthony Espinal. 16. Asimilada militar María Yolanda Escalante Moreta. ARTÍCULO 5. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno (2021), año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona