Texto de la norma
Dec. No. 685-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11042 del 2 de noviembre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 685-21
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples La Nueva Esperanza de Sabana Yegua Vieja (COOPNUES),
con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Consumo y Servicios Múltiples Oasis TV Show Multimedia (COOPOASIS), con domicilio en la calle Rosendo Pérez, número 20, municipio Pedernales, provincia Pedernales, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinticinco (25) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Profesionales Organizadores de Eventos y Afines (COOPOE), con domicilio en [domicilio omitido]. Hernández, número 28, provincia La Romana, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiocho (28) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Por Eligio (COOPORE), con domicilio en [domicilio omitido]. José Francisco Peña Gómez, provincia Pedernales, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinticuatro (24) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Peñaló (COOP-PEÑALO), con domicilio en la calle Peñaló, número 10, distrito municipal Jayaco, sector La Ceiba, provincia Monseñor Nouel, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecisiete (17) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Pescadores de la Bahía (COOPPESBA), con domicilio en la calle Generoso Matos, número 154, municipio Jaquimeyes, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el quince (15) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Piscícola de Bayaguana (COOPPISBA), con domicilio en la calle Respaldo Mario Emilio Olmos, municipio Bayaguana, provincia Monte Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el treinta (30) de julio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Productores de Orégano Grande (COOP-PRO-OREGANO), con domicilio en la calle principal, número 15, comunidad Orégano Grande, municipio Las Yayas, provincia Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Productores del Recodo (COOP-RECODO), con domicilio en la calle principal, número 5, comunidad El Recodo, municipio Padre Las Casas, provincia Azua,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el treinta (30) de julio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Productores de Finca 6 (COOPROFINCA6), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Mujeres por el Progreso de Orégano Grande (COOPROMUPROG), con domicilio en la calle Segunda, número 3, Hato Nuevo Cortés, municipio Las Yayas de Viajama, provincia Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Canal Los Saladillos (COOPSALADILLOS), con domicilio en la calle principal, número 46, sección Los Saladillos, municipio Las Salinas, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 13. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de octubre del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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