Texto de la norma
Dec. No. 667-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11042 del 2 de noviembre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 667-21
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Servicios
Múltiples Arroyo Grande (AGCOOP), con domicilio en la calle Principal número 12, paraje
El Llano, sección Arroyo Grande, provincia El Seibo, República Dominicana, cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el siete (7) de junio de dos mil
veintiuno (2021).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Espaillat-Santana (COOP.E.S), con domicilio en la Avenida Rómulo
Betancourt, número 1351, Bella Vista, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de
septiembre de dos mil dieciocho (2018).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Amalio Mejía (COOPAAM), con domicilio en la calle Principal, Posa
de Guaraguao, Factoría La Faly, distrito municipal Cristo Rey de Guaraguao, Villa Rivas,
provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
general constitutiva celebrada el dieciséis (16) de julio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Productores de Caña (COOPACAÑA), con domicilio en la calle
Sánchez número 19, San José de los Llanos, San Pedro de Macorís, República Dominicana,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintidós (22)
de julio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples Amador Construye (COOPACONSTRUYE), con domicilio
en [domicilio omitido]. José
Francisco Peña Gómez, provincia Pedernales, República Dominicana, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinticuatro (24) de agosto de dos
mil veintiuno (2021).
Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Quita Coraza (COOPACORAZA), con domicilio en la calle Mella,
número 181, distrito municipal Quita Coraza, municipio Vicente Noble, provincia Barahona,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva
celebrada el tres (3) de julio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos
y Servicios Múltiples Mundo Futuro (COOPACRESMUFU), con domicilio en la calle
Antonio Valdez Hijo, número 30, municipio Higüey, provincia La Altagracia, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el
veintinueve (29) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos
y Servicios Múltiples del Auge Empresarial (COOPAEMPRESARIAL), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Gregorio Luperón (COOPAGLU), con domicilio en la calle Duarte,
número 87, Batey Soto, distrito municipal Angelina, provincia Sánchez Ramírez, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el
catorce (14) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros,
Créditos y Servicios Múltiples de la Asociación Agropecuaria Invi-San Luis (COOPAISL),
con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 11. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de octubre del año dos mil veintiuno (2021);
año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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