Texto de la norma
Dec. No. 651-21 que designa seis (6) miembros del Consejo Directivo del Instituto
Nacional de Protección de los Derechos del Consumidos, por un periodo de dos (2) años.
G. O. No. 11041 del 22 de octubre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 651-21
CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Protección de los Derechos de los
Consumidores (PROCONSUMIDOR) es una institución gubernamental descentralizada, con
autonomía funcional, jurisdiccional y financiera, patrimonio propio y personalidad jurídica,
integrada por un Consejo Directivo y una dirección ejecutiva.
CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley núm. 358-05, General de Protección de los
Derechos del Consumidor o Usuario, del 9 de septiembre de 2005, dispone que el Consejo
Directivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor
(PROCONSUMIDOR) estará integrado por siete (7) miembros: uno ex oficio que recae en
la persona del ministro de Industria, Comercio y Mipymes, quien lo preside, y seis (6) que
representan los sectores medioambiente, salud, empresas productoras de mercancías,
empresas suplidoras de servicios y organizaciones de defensa de los derechos de los
consumidores.
CONSIDERANDO: Que los seis (6) miembros del referido consejo serán escogidos
mediante temas de candidatos presentadas al Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO: Que estas ternas fueron remitidas al Poder Ejecutivo mediante la
comunicación núm. D.E. 511-2021, del 1 de septiembre de 2021, suscrita por el director
ejecutivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor
(PROCONSUMIDOR), quien funge como secretario de ese Consejo Directivo.
VISTA: La Ley núm. 358-05, General de Protección de los Derechos del Consumidor o
Usuario, del 9 de septiembre de 2005.
VISTO: El Decreto núm. 263-08, que establece el Reglamento para la Aplicación de la Ley
núm. 358-05, del 30 de mayo de 2008.
VISTA: La comunicación núm. D.E. 511-2021, dirigida al presidente de la República por
parte del director ejecutivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del
Consumidor (PROCONSUMIDOR), remitida el 1 de septiembre de 2021.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1. Quedan designados como miembros del Consejo Directivo del Instituto
Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR), por un
período de dos (2) años, las siguientes personas:
1) Edilio Segundo Florián Santana, en representación del Ministerio de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
2) Luis Manuel Tolentino Schiffino, en representación del sector salud.
3) Hamlet Gutiérrez Mota, en representación de las empresas productoras de
mercancías.
4) Pascal Angel A. Peña Pérez, en representación de las empresas suplidoras de
servicios.
5) Francisco Domingo Paulino Paulino, en representación de las organizaciones de
defensa de los derechos de los consumidores.
6) Héctor Nicolás Jáquez Valdez, en representación de las organizaciones de defensa
de los derechos de los consumidores.
ARTÍCULO 2. Envíese a los ministerios de Industria, Comercio y Mipymes, Medio
Ambiente y Recursos Naturales y Salud Pública y Asistencia Social, y al Instituto Nacional
de Protección de los Derechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR), para su conocimiento
y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de octubre del año dos mil veintiuno (2021); año
178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 652-21 del 15 de octubre de 2021, que nombra a Eduardo F. Martínez-Lima
G., miembro del Instituto Azucarero Dominicano, en representación de Central
Romana Corporation. G. O. No. 11041 del 22 de octubre de 2021.
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