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Dec. No. 527-21 que aprueba los objetivos y líneas de acción de la Agenda Digital 2030,
como estrategia nacional de transformación digital a corto, mediano y largo plazo, la
cual estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2030. G. O. No. 11035 del 30 de agosto
de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 527-21
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República Dominicana establece que el
Estado garantizará, promoverá e incentivará la inversión, tanto pública como privada, la
capacitación, el conocimiento y la aplicación de las nuevas tecnologías en los sectores de
educación, agricultura, alimentación, defensa y seguridad nacional.
CONSIDERANDO: Que el Gobierno tiene como prioridad articular iniciativas sectoriales
para masificar en el país el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC),
modernizar el Estado, aumentar la competitividad del sector productivo y facilitar el acceso
a la información.
CONSIDERANDO: Que es interés del Gobierno fomentar, desarrollar y diseñar proyectos,
políticas y estrategias a corto, mediano y largo plazo que tiendan a democratizar el uso,
acceso y aplicación de las tecnologías de información y comunicación (TIC).
CONSIDERANDO: Que, mediante la adopción de políticas y acciones de fomento al uso y
desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación (TIC), el Estado contribuye
a fortalecer la democracia, facilitar el diálogo y la participación, profundizar la transparencia,
mejorar el acceso a la información y el conocimiento de la ciudadanía, y permite a esta
acceder a los servicios públicos y privados que se ofrecen en las plataformas digitales.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de
Desarrollo 2030 dispone que debe promoverse el uso de las tecnologías de la información y
comunicación (TIC) como política transversal para mejorar la gestión pública y fomentar una
cultura de transparencia mediante el diseño y ejecución de los programas, proyectos y
actividades en que se concretan las políticas públicas.
CONSIDERANDO: Que la República Dominicana, de conformidad con las acciones que se
están llevando a cabo en virtud de los acuerdos de la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y erradicar la pobreza,
tiene el interés y la necesidad de construir infraestructuras y desarrollar capacidades humanas
que sean más competitivas mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información y
comunicación (TIC).
CONSIDERANDO: Que la transición hacia la sociedad de la información debe ser
conducida por los gobiernos, en estrecha coordinación con la empresa privada y la sociedad
civil, y que en dicha iniciativa se deberá adoptar un enfoque integral que suponga un diálogo
abierto y participativo con toda la sociedad.
CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto núm. 71-21, del 8 de febrero de 2021, fue
creado el Gabinete de Transformación Digital con el objeto de formular la agenda digital, así
como en la fijación de las orientaciones, programas y acciones necesarias para su
implementación dentro del ámbito de competencia de cada uno de sus integrantes.
CONSIDERANDO: Que el Gabinete de Transformación Digital integra, además de a las
instituciones públicas como miembros titulares, a organizaciones privadas de la sociedad
civil y la academia, a través de sus mesas sectoriales, con el fin de construir la estrategia de
transformación digital y sus planes de acción sobre la base del consenso y la participación de
todos los sectores involucrados.
CONSIDERANDO: Que en el proceso de construcción de la Agenda Digital 2030
participaron organizaciones comunitarias de las distintas provincias y regiones del país,
además de ser socializada previamente al público en general a través de plataformas
colaborativas en línea.
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 153-98, General de las Telecomunicaciones, del 27 de mayo de 1998.
VISTA: La Ley núm. 126-02, sobre el Comercio Electrónico, Documentos y Firmas
Digitales, del 4 de septiembre de 2002.
VISTA: La Ley núm. 200-04, General de Libre Acceso a la Información Pública, del 28 de
julio de 2004.
VISTA: La Ley núm. 41-08, de Función Pública, del 16 de enero de 2008.
VISTA: La Ley núm. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, del 25
de enero de 2012.
VISTO: El Decreto núm. 335-03, que aprueba el Reglamento de Aplicación de la Ley núm.
126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, del 8 de abril de 2003.
VISTO: El Decreto núm. 1090-04, que crea la Oficina Presidencial de las Tecnologías de la
Información y Comunicación (OPTIC), como dependencia directa del Poder Ejecutivo, del
3 de septiembre de 2004.
VISTO: El Decreto núm. 130-05, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Libre
Acceso a la Información Pública, del 25 de febrero de 2005.
VISTO: El Decreto núm. 229-07, que ratifica la OPTIC y establece ámbitos en los cuales se
desarrollará el gobierno electrónico, del 19 de abril de 2007.
VISTO: El Decreto núm. 709-07, que instruye a toda la Administración Pública a cumplir
con las normas y estándares tecnológicos elaborados por la OPTIC, del 26 de diciembre de
2007.
VISTO: El Decreto núm. 486-12, que crea la Dirección General de Ética e Integridad
Gubernamental (DIGEIG), del 31 de agosto de 2012.
VISTO: El Decreto núm. 134-14, que dicta el Reglamento de Aplicación de la Ley que
establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, del 9 de abril de 2014.
VISTO: El Decreto núm. 229-18, que establece el Programa de Simplificación de Trámites,
del 19 de junio de 2018.
VISTO: El Decreto núm. 230-18, que establece y regula la Estrategia Nacional de
Ciberseguridad y crea el Centro Nacional de Ciberseguridad, del 19 de junio de 2018.
VISTO: El Decreto núm. 383-18, que crea la Unidad de Negocios de Telecomunicaciones
por Fibra Óptica (UNTFO), del 8 de octubre de 2018.
VISTO: El Decreto núm. 175-20, que crea la Comisión Presidencial de Fomento a la
Innovación, del 2 de junio de 2020.
VISTO: El Decreto núm. 539-20, sobre el Plan Nacional de Banda Ancha, del 7 de octubre
de 2020.
VISTO: El Decreto núm. 640-20, sobre la Estrategia Nacional de Competitividad, del 11 de
noviembre de 2020.
VISTO: El Decreto núm. 54-21, que cambia el nombre de la Oficina Presidencial de
Tecnología de la Información y la Comunicación, por el de Oficina Gubernamental de
Tecnología de la Información y la Comunicación, dependiente del Ministerio de
Administración Pública, del 2 de febrero de 2021.
VISTO: El Decreto núm. 71-21, que crea el Gabinete de Transformación Digital, con
dependencia administrativa del Ministerio de la Presidencia, del 8 de febrero de2021.
VISTA: La Resolución núm. A/RES/70/1, de la Organización de las Naciones Unidas,
aprobada el 25 de septiembre de 2015, que establece la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible.
VISTA: La Agenda Digital para América Latina y el Caribe (eLAC 2022) elaborada por la
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), aprobada el 26 de
noviembre de 2020.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Objeto y temporalidad de la Agenda Digital 2030. Se aprueban los
objetivos y las líneas de acción de la Agenda Digital 2030 como estrategia nacional de
transformación digital a corto, mediano y largo plazo, la cual estará vigente hasta el 31 de
diciembre de 2030, pudiendo ser actualizada anualmente, y será implementada a través de
planes de acción a cargo del Gabinete de Transformación Digital.
ARTÍCULO 2. Articulación con otros poderes del Estado. El Gabinete de Transformación
Digital invitará a los demás poderes del Estado y órganos constitucionales a sumar sus
iniciativas de transformación digital a la Agenda Digital 2030, con el propósito de coordinar
con estos las acciones que entiendan pertinentes.
ARTÍCULO 3. Componentes de la Agenda Digital 2030. La Agenda Digital 2030 estará
compuesta por los siguientes componentes:
a) Gobernanza y Marco Normativo.
b) Conectividad y Acceso.
c) Gobierno Digital.
d) Educación y Capacidades Digitales.
e) Economía Digital.
f) Ciberseguridad (eje transversal).
g) Innovación Tecnológica (eje transversal).
ARTÍCULO 4. Objetivos y líneas de acción. Los objetivos y líneas de acción de cada
componente de la Agenda Digital 2030 estarán estructurados de la manera siguiente:
Gobernanza y Marco Normativo
Objetivo general
1. Disponer de un entorno habilitador normativo e institucional que impulse una
sociedad digital, abierta, inclusiva, participativa y basada en derechos.
Objetivo específico
1.1
Promover una efectiva coordinación en el Estado para la implementación de
la Agenda Digital y la medición efectiva de sus resultados.
Líneas de acción
1.1.1.
Articular la Agenda Digital 2030 de manera transversal con las demás estrategias
nacionales vinculadas, para contribuir con el diseño de políticas públicas
eficientes, coherentes, transparentes y actualizadas.
1.1.2.
Asegurar la recolección y difusión de datos e información estadística y
geoespacial periódicamente, que permitan conocer la situación y el avance del
país en transformación digital para la generación de conocimiento, toma de
decisiones, diseño y evaluación de las políticas públicas.
1.1.3.
Impulsar las ciudades inteligentes.
1.1.4.
Impulsar la integración de los distintos Poderes del Estado, órganos autónomos,
constitucionales y gobiernos locales, a través de su transformación digital.
1.1.5.
Desarrollar y fortalecer plataformas de participación ciudadana.
1.1.6.
Promover la equidad de género a través del aprovechamiento de las tecnologías
digitales.
Objetivo específico
1.2
Fortalecer el marco legal y regulatorio para el desarrollo de las
telecomunicaciones,
tecnologías
digitales,
transformación
digital
y
ciberseguridad.
Líneas de acción
1.2.1.
Actualizar el marco legal y regulatorio de las telecomunicaciones y tecnologías
digitales, enfocándolo a las prioridades del desarrollo socioeconómico de la
nación.
1.2.2.
Fortalecer la estructura institucional del sector TIC y mejorar la coordinación
interinstitucional.
1.2.3.
Fortalecer el marco nacional de normas y estándares TIC para facilitar y agilizar
la prestación de servicios públicos digitales a través del desarrollo de plataformas,
arquitecturas e infraestructuras integradas y comunes para todas las instituciones
del Estado dominicano.
1.2.4.
Impulsar la cooperación con organismos nacionales e internacionales mediante
acuerdos y alianzas para la promoción y desarrollo de la transformación digital.
1.2.5.
Fortalecer el marco legal para facilitar la interoperabilidad entre las entidades
públicas pertenecientes a todos los estamentos del Estado.
1.2.6.
Fortalecer el marco nacional de propiedad intelectual y derechos de autor en lo
concerniente a invenciones digitales.
1.2.7
Revisar el marco fiscal aplicable a la industria digital, así como bienes y servicios
digitales.
1.2.8.
Revisar el marco regulatorio en materia de derechos y deberes del consumidor de
servicios digitales.
1.2.9.
Revisar el marco regulatorio en materia de derecho de la competencia, aplicable
a la industria de bienes y servicios digitales.
1.2.10. Fortalecer el marco normativo de gestión de la ciberseguridad.
Conectividad y Acceso
Objetivo general
2. Implementar un Plan Nacional de Banda Ancha para conectar a todos los
dominicanos y dominicanas al internet de banda ancha asequible, como un medio
para la inclusión social, el cierre de la brecha digital y el desarrollo de una
economía digital nacional próspera que contribuya al desarrollo económico y
social sostenible.
Objetivo específico
2.1
Disponer de infraestructura de banda ancha alámbrica e inalámbrica
resiliente en todo el territorio nacional que fomente el acceso y un mayor uso
de las tecnologías digitales en la población
Líneas de acción
2.1.1.
Asegurar cobertura y acceso a servicios digitales en todos los lugares donde sea
factible, vía la inversión pública, privada o público-privada (APP), en el marco del
respeto a las leyes y la seguridad jurídica.
2.1.2. Impulsar medidas de políticas públicas y regulatorias para incentivar la inversión
privada en la expansión de las redes y servicios.
2.1.3.
Poner a disposición del mercado de telecomunicaciones las bandas
correspondientes del dividendo digital, producto de la digitalización de los
servicios de televisión terrestre
2.1.4.
Usar el Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FDT) para apoyar el
despliegue de redes comunitarias de última milla en áreas rurales y semiurbanas
donde la inversión privada no llega.
Objetivo específico
2.2
Masificar los niveles de adopción y uso de la banda ancha fija o móvil de
calidad, por parte de la población y las empresas, en condiciones de
asequibilidad, con especial énfasis en zonas rurales y sectores vulnerables,
financiadas por el Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FDT),
cooperación internacional, alianzas público-privadas (APP) u otras fuentes de
financiamiento.
Líneas de acción
2.2.1. Establecer medidas de política pública para mejorar la asequibilidad del acceso a
los servicios de banda ancha
2.2.2. Establecer medidas de política pública para asegurar la asequibilidad de los
equipos terminales de acceso a los servicios de banda ancha fija o móvil
2.2.3. Impulsar iniciativas de subsidio a la demanda para los hogares y población en
condiciones de pobreza y vulnerabilidad.
2.2.4. Impulsar acceso público a Internet bajo condiciones de sostenibilidad.
2.2.5. Promover la conectividad y adopción del internet de banda ancha de calidad en las
micro, pequeñas y medianas empresas.
Objetivo específico
2.3
Asegurar la disponibilidad de la infraestructura de banda ancha para la
conectividad y adopción del Internet de calidad y asequible en las instituciones
públicas de servicios esenciales y el ejercicio pleno de los derechos de la
ciudadanía
Líneas de acción
2.3.1.
Implementar medidas de política pública y regulatoria que faciliten la
disponibilidad de acceso a internet de las instituciones públicas incentivando
inversiones privadas, públicas o APP.
Gobierno Digital
Objetivo general
3. Lograr la eficiencia y transparencia de la Administración Pública mediante el uso
y adopción de las tecnologías digitales, acercando cada vez más el Estado a la
ciudadanía para mejorar su calidad de vida.
Objetivo específico
3.1
Impulsar y promover de manera integral y sostenida la transformación
digital del Estado dominicano, desde los diferentes ámbitos de gestión.
Líneas de acción
3.1.1.
Ampliar los canales de prestación de servicios a la población, tanto presenciales
como digitales, cumpliendo con los criterios de accesibilidad y de inclusión
social.
3.1.2.
Facilitar a la ciudadanía el acceso a la información pública, la apertura y
reutilización de datos en entornos colaborativos, a través de iniciativas de
gobierno abierto y transparencia gubernamental.
3.1.3.
Fortalecer la gestión financiera y administrativa del Estado a través del uso de
las tecnologías digitales.
3.1.4.
Impulsar estrategias para agilizar la adquisición de bienes y servicios digitales
en el sector público.
3.1.5.
Fortalecer las capacidades institucionales para el desarrollo e implementación
del gobierno digital, a través de la adopción de marcos, estándares y plataformas
abiertas bajo el principio de neutralidad tecnológica a nivel nacional.
3.1.6.
Simplificar y proveer en línea servicios y trámites estandarizados y accesibles
ofrecidos por las instituciones públicas, así como su uso y apropiación por parte
de toda la población.
3.1.7.
Fortalecer las capacidades institucionales mediante la implementación de
sistemas de gestión, desarrollo del talento humano y de su plataforma
tecnológica para la mejora de sus procesos y servicios.
Objetivo específico
3.2
Fortalecer el diseño e implementación de políticas públicas sectoriales a
través del uso y adopción de tecnologías digitales, dentro de un esquema de
inclusión y de respeto a los derechos fundamentales.
Líneas de acción
3.2.1.
Impulsar la transformación digital del sistema nacional de salud, para mejorar
su calidad y ampliar su cobertura.
3.2.2.
Fortalecer la seguridad ciudadana mediante la transformación digital de las
instituciones del sector.
3.2.3.
Fomentar la igualdad e inclusión, equidad de género, el empoderamiento de la
mujer y grupos vulnerables a través de iniciativas tecnológicas y la
transformación digital de los órganos responsables.
3.2.4.
Mejorar el acceso y gestión del agua y recursos hídricos a través de las
tecnologías digitales.
3.2.5.
Mejorar el suministro de energía permanente y de calidad a través de las
tecnologías digitales.
3.2.6.
Promover el derecho a la vivienda digna y adecuada mediante las tecnologías
digitales.
3.2.7.
Promover la sostenibilidad ambiental y enfrentar el cambio climático mediante
iniciativas tecnológicas.
3.2.8.
Impulsar la transformación de la red de tránsito y transporte terrestre, marítimo
y aéreo a través de la adopción tecnológica
3.2.9.
Impulsar un servicio exterior moderno (consulados, embajadas y misiones
diplomáticas) y eficiente mediante iniciativas tecnológicas
3.2.10.
Promover entrenamientos deportivos y los deportes digitales mediante el
aprovechamiento de tecnologías digitales.
3.2.11.
Eficientizar los trámites ofrecidos al sector turístico mediante la transformación
digital de las instituciones vinculadas
3.2.12.
Eficientizar los trámites ofrecidos a los productores agropecuarios mediante la
transformación digital de las instituciones pertenecientes a ese sector.
3.2.13.
Fortalecer la capacidad del Estado en materia de gestión de riesgos, generación
de resiliencia y recuperación de desastres mediante el aprovechamiento de las
tecnologías digitales.
3.2.14.
Impulsar la transformación digital de los órganos del sistema educativo
nacional a todos los niveles para eficientizar su gestión
Objetivo específico
3.3
Fortalecer los mecanismos de interoperabilidad, identidad digital, firma
digital, gestión de datos, sistemas críticos, y la continuidad de las operaciones
en el Estado Dominicano.
Líneas de acción
3.3.1.
Incrementar la capacidad de las instituciones públicas para compartir e
intercambiar datos a través del diseño e implementación de un marco de
interoperabilidad para el Estado.
3.3.2. Desarrollar los sistemas de gestión de identidad digital.
3.3.3.
Fortalecer la infraestructura digital pública que sustenta las operaciones de los
sistemas de información y aplicaciones críticas de las instituciones
gubernamentales, que satisfaga los requerimientos y expectativas de los usuarios.
Educación y Capacidades Digitales
Objetivo general
4. Desarrollar las competencias necesarias en la población dominicana, asegurando
un enfoque inclusivo, que le permita usar y adoptar de manera eficiente las
tecnologías digitales y formar el talento humano requerido para el desarrollo
económico y social sostenible.
Objetivo específico
4.1
Fomentar una cultura digital en toda la población.
Líneas de acción
4.1.1. Impulsar la creación de un marco nacional de competencias digitales.
4.1.2. Promover el desarrollo de competencias digitales en la población en general con
atención especial a los diferentes grupos vulnerables.
4.1.3. Promover la alfabetización mediática e informacional.
Objetivo específico
4.2
Desarrollar competencias digitales en los estudiantes y docentes del sistema
educativo preuniversitario
Líneas de acción
4.2.1
Incorporar las tecnologías digitales dentro de la política educativa preuniversitaria.
4.2.2
Fortalecer las competencias digitales en los docentes del sistema educativo
nacional
4.2.3
Fomentar la educación en STEAM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Artes y
Matemáticas) en niñas, niños y adolescentes, con especial atención en las
tecnologías exponenciales y emergentes.
4.2.4
Fortalecer el uso de entornos virtuales en sus diferentes modalidades para los
niveles de la educación preuniversitaria.
4.2.5
Fomentar la creación, adopción y difusión de recursos educativos digitales abiertos
entre todos los actores del sistema educativo nacional
4.2.6
Incorporar las tecnologías digitales para transformar la gestión del ciclo de vida
educativo.
Objetivo específico
4.3
Impulsar la formación especializada de profesionales y técnicos en TIC.
Líneas de acción
4.3.1
Incorporar las tecnologías digitales en la política de educación superior y de la
educación técnico-profesional.
4.3.2
Actualizar los programas de formación superior y técnico-profesional en
tecnologías digitales, acorde a las necesidades actuales y futuras del mercado.
4.3.3.
Fortalecer y ampliar los programas especializados de formación universitaria y
técnico-profesional en tecnologías digitales con atención especial en las
tecnologías emergentes y exponenciales.
4.3.4. Promover la certificación técnica especializada en tecnologías digitales.
4.3.5. Fortalecer el uso de entornos virtuales en sus diferentes modalidades para los
niveles de la educación superior y técnico-profesional.
4.3.6. Fomentar una cultura de estudios avanzados e investigación en tecnologías
digitales desde la academia y centros de investigación.
4.3.7
Impulsar la realización de eventos formativos de corta duración como hackatones
y actividades formativas enfocadas en el aprendizaje por proyectos.
Objetivo específico
4.4
Desarrollar competencias digitales en los servidores públicos del Estado
dominicano para eficientizar la administración pública.
Líneas de acción
4.4.1. Crear un marco competencias digitales para servidores públicos.
4.4.2.
Crear programas de desarrollo de competencias digitales para servidores públicos
de la administración pública en general y formación técnica especializada a
aquellos del área digital.
Economía Digital
Objetivo general
5. Elevar los niveles de competitividad y productividad de la economía nacional
mediante el desarrollo e incorporación de las tecnologías digitales en los procesos
productivos, con un enfoque inclusivo que permita reducir las brechas existentes
para la incorporación equitativa de todos los agentes económicos.
Objetivo específico
5.1
Fortalecer el desarrollo nacional de soluciones y herramientas TIC que
apoyen a todos los sectores económicos.
Líneas de acción
5.1.1. Promover la industria nacional de software, servicios y contenidos digitales, así
como su potencial exportador.
5.1.2. Fortalecer el ecosistema de soporte al emprendimiento de base tecnológica y
empresas de alto potencial innovador.
5.1.3.
Fomentar el intercambio de conocimientos, educación y buenas prácticas, como
mecanismo de promoción de comunidades de desarrolladores y técnicos del sector
TIC.
5.1.4.
Fortalecimiento de las estructuras asociativas de la industria TIC para el
posicionamiento comercial, financiero y de negocios de la cadena de valor de las
empresas del sector.
Objetivo específico
5.2
Impulsar los negocios digitales y el comercio electrónico para promover la
productividad y la competitividad de las empresas.
Líneas de acción
5.2.1. Promover y facilitar la adopción y actualización de tecnologías y la transformación
digital para la mejora de la productividad en las actividades económicas.
5.2.2.
Desarrollar y fortalecer las capacidades logísticas para bienes y servicios
adquiridos mediante comercio electrónico, a través de la transformación digital de
los involucrados.
5.2.3. Promoción del uso de los trámites gubernamentales en línea orientados al
desarrollo empresarial.
5.2.4. Promover la adopción de pagos en línea en consumidores y empresarios.
5.2.5. Fomentar el turismo sostenible a través del uso de las TIC.
5.2.6. Impulsar el sector agroindustrial a través de las TIC.
Objetivo específico
5.3
Estimular y facilitar el desarrollo de servicios financieros de base
tecnológica.
Líneas de acción
5.3.1. Impulsar la implementación de servicios financieros y pagos digitales.
5.3.2. Implementar un sistema nacional de identidad digital.
5.3.3. Facilitar plataformas colaborativas público-privadas para promover innovación de
servicios y productos financieros.
5.3.4. Fomentar la inclusión financiera digital.
5.3.5. Promover la educación financiera.
5.3.6. Implementar el sistema electrónico de garantías mobiliarias.
5.3.7. Implementar del leasing financiero como herramienta alternativa de
financiamiento en canales digitales.
5.3.8. Fomentar esquemas de Lending y Crowdfunding.
5.3.9. Impulsar el sistema de garantías reciprocas.
Ciberseguridad
Objetivo general
6. Fortalecer el marco nacional de ciberseguridad, fomentando la concientización y
creación de entornos digitales seguros, confiables y resilientes, que promuevan
una sociedad digital dentro de un esquema de inclusión y de respeto a los derechos
fundamentales.
Objetivo específico
6.1
Fortalecimiento del desarrollo institucional en el ámbito de la ciberseguridad.
Líneas de acción
6.1.1.
Fortalecer las capacidades de los actores vinculados a la gestión de la política de
ciberseguridad a través de la captación de recursos y cooperación nacional e
internacional
Objetivo específico
6.2
Fortalecer la protección de las infraestructuras críticas nacionales e
infraestructuras TI del Estado.
Líneas de acción
6.2.1.
Fortalecer la gestión del riesgo cibernético para procurar el cumplimiento de los
modelos de madurez en la protección de infraestructuras críticas e infraestructura
TI del Estado.
6.2.2. Establecer un plan nacional de respuesta a incidentes de ciberseguridad que
procure la adecuada actuación en la gestión de incidentes cibernéticos.
6.2.3. Establecer un plan nacional de comunicación ante crisis de incidentes de seguridad
cibernética.
6.2.4. Promover el establecimiento de los Equipos Sectoriales de Respuestas a Incidentes
Cibernéticos – CSIRT.
Objetivo específico
6.3
Promover la educación y cultura nacional de ciberseguridad.
Líneas de acción
6.3.1.
Establecer una política de desarrollo de competencias digitales en la población con
énfasis en la ciberseguridad, contemplando programas de educación, formación
técnica y concientización para lograr un ciberespacio más seguro.
Objetivo específico
6.4
Realizar alianzas nacionales e internacionales.
Líneas de acción
6.4.1.
Establecer marcos de cooperación técnica, operativa y de capacitación para el
fortalecimiento de la ciberseguridad, la ciberinteligencia, la ciberdefensa y la lucha
contra la ciberdelincuencia.
Innovación Tecnológica
Objetivo general
7. Fomentar una cultura de innovación que promueva el desarrollo de iniciativas
mediante el uso de las tecnologías para impulsar la productividad, la
competitividad y el bienestar económico y social, así como promover el desarrollo
sostenible.
Objetivo específico
7.1
Promover un ecosistema favorable a la innovación en tecnologías digitales
para eficientizar los servicios públicos y el sector productivo
Líneas de acción
7.1.1.
Fomentar la innovación en las empresas mediante el aprovechamiento de las
tecnologías digitales.
7.1.2.
Facilitar el financiamiento para apoyar la creación de capacidades, así como
espacios guiados, que faciliten la creación, incubación y aceleración de
emprendimientos de base tecnológica que hagan uso intensivo del conocimiento.
7.1.3.
Crear mecanismos que involucren al sector público y privado enfocados en la
transferencia de tecnologías, de conocimiento, licenciamiento y en adopción
tecnológica.
7.1.4.
Favorecer la asociatividad de los sectores productivos para promover la
innovación tecnológica, a través del uso compartido de la propiedad intelectual,
donde se procure su transferibilidad entre los usuarios y monetización para los
creadores.
7.1.5.
Innovar en la prestación de los servicios centrados en el usuario a través del
desarrollo de herramientas tecnológicas, garantizando el uso de tecnologías
accesibles, inclusivas e innovación abierta.
7.1.6.
Establecer créditos fiscales y/o paquetes de estímulos para la inversión en
tecnologías digitales y activos intangibles enfocado en impulsar el crecimiento de
la productividad en las empresas.
7.1.7.
Crear instrumentos para el acceso a financiamiento para nuevas empresas y
empresas jóvenes con ofertas innovadoras y para facilitar nuevos modelos de
negocios a través de capital de riesgo y financiamiento de deuda y capital y
mediante la aplicación flexible de la regulación ajustado a la transformación
digital.
7.1.8.
Reducir y simplificar las cargas regulatorias e impositivas para impulsar a las
empresas emergentes de base tecnológica.
7.1.9.
Promover mercados financieros abiertos y marcos regulatorios abiertos adaptados
a modelos emergentes.
Objetivo específico
7.2
Desarrollar programas de I+D+i (Investigación-Desarrollo-Innovación) en
temas tecnológicos para crear y mejorar la producción y comercialización de
bienes, servicios y modelos de negocios competitivos.
Líneas de acción
7.2.1.
Incentivar el desarrollo de investigaciones en tecnologías emergentes a través de
la utilización de instrumentos de financiamiento.
7.2.2.
Fomentar la reconversión productiva hacia actividades de mayor valor agregado,
a través de programas de I+D+i que vinculen sector privado-sector público.
7.2.3.
Apoyar iniciativas de innovación abierta y ciencia abierta para la difusión del
conocimiento, y aprovechamiento de los datos gubernamentales abiertos.
7.2.4.
Establecer instrumentos de apoyo financiero y facilidades regulatorias para
préstamos subvencionados y crédito tributario para actividades de I+D+i y para
invertir en activos intangibles incluyendo habilidades, capital organizacional,
datos, software y patentes.
Objetivo específico
7.3
Incrementar la innovación y los niveles tecnológicos de la producción de
bienes y servicios, mediante la cooperación entre empresas e instituciones de
educación superior (IES) nacionales e internacionales
Líneas de acción
7.3.1.
Fomentar convenios y programas de cooperación en innovación tecnológica con
centros y empresas de alto nivel tecnológico de la región u otros países que
favorezcan a las empresas nacionales.
7.3.2.
Impulsar la divulgación científica y tecnológica a nivel nacional, así como la
diseminación de resultados de investigaciones y desarrollos tecnológicos, de su
aplicabilidad y potencial comercial en el ámbito productivo del país.
7.3.3.
Fomentar la vinculación universidad-empresa-sociedad mediante mecanismos
como contratos de servicios, contratos de desarrollo tecnológico, programas
especializados y/o oficinas de transferencia tecnológica.
7.3.4.
Mejorar la capacidad de innovación e intraemprendimiento en las empresas
privadas e instituciones públicas mediante programas de capacitación permitiendo
mejorar el conocimiento y apertura hacia la innovación.
Objetivo específico
7.4
Posicionar
la
República
Dominicana
como
HUB
tecnológico
en
Centroamérica y el Caribe.
Líneas de acción
7.4.1. Identificar barreras a la inversión internacional en infraestructuras de
comunicaciones, tecnologías digitales y capital basado en el conocimiento.
7.4.2.
Mejorar las condiciones financieras de las empresas tecnológicas con apoyo
nacional e internacional para que pueda formarse un HUB tecnológico de alto
nivel, con el compromiso gubernamental de su desarrollo, de manera que existan
sinergias entre academia, iniciativa privada y capital emprendedor nacional e
internacional.
7.4.3. Alentar la creación y desarrollo de parques tecnológicos, para aprovechar las
capacidades existentes.
7.4.4. Establecer propuesta de valor HUB Tecnológico RD.
7.4.5.
Elaborar un programa de estímulo para la creación de aceleradoras corporativas
con el fin de que las empresas e industrias se hagan más eficientes y competitivas
en el ámbito internacional.
7.4.6.
Elaborar un plan de estímulo, partiendo de inversiones del Gobierno dominicano,
para incrementar la disponibilidad de capital emprendedor (capital semilla, capital
de inversionista ángel, capital de riesgo, entre otros) que apoyen las aceleradoras
y el emprendimiento.
Objetivo específico
7.5
Fomentar el uso de las tecnologías emergentes para impulsar la innovación y
el desarrollo sostenible
Líneas de acción
7.5.1.
Incentivar la apertura y la reutilización de datos, garantizando su seguridad y la
promoción de regímenes de privacidad, así como la mejoría de los procesos
productivos, tanto en el sector público, como en el privado, para impulsar la
innovación, mediante la utilización de tecnologías emergentes tales como la
nanotecnología, la biotecnología, el Big Data, la ciencia cognitiva, la robótica y la
inteligencia artificial.
7.5.2.
Fomentar el uso de la Inteligencia Artificial y redes de tecnologías de última
generación (como el 5G), para generar nuevos emprendimientos y modelos de
negocio.
ARTÍCULO 5. Indicadores de la Agenda Digital 2030. La Agenda Digital 2030 también
incluirá la lista de indicadores, agrupados por componente, que serán utilizados para medir
su avance e impacto.
PÁRRAFO. Cada indicador deberá tener identificada su fuente, línea base y metas
periódicas al 2024, 2027 y 2030, esto es, a corto, mediano y largo plazo.
ARTÍCULO 6. Seguimiento de la Agenda Digital 2030. La Coordinación General del
Gabinete de Transformación Digital, a cargo del Ministerio de la Presidencia, desarrollará a
través de su Viceministerio de Agenda Digital, una metodología de seguimiento de los
avances de la Agenda Digital y de monitoreo de sus indicadores con el apoyo y
acompañamiento de la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y
Comunicación (OGTIC), en su calidad de Secretaría Técnica del Gabinete.
PÁRRAFO. La revisión de los indicadores se realizará mensualmente y sus avances serán
presentados trimestralmente al Gabinete de Transformación Digital.
ARTÍCULO 7. Portal de la Agenda Digital 2030. La Secretaría Técnica del Gabinete de
Transformación Digital, a cargo de la Oficina Gubernamental de Tecnología de la
Información y Comunicación (OGTIC), se encargará del desarrollo, administración y
actualización del portal web de la Agenda Digital 2030, que servirá de canal oficial de
difusión al público de los avances de la estrategia, sus planes de acción y cada uno de los
proyectos que los compongan.
ARTÍCULO 8. Actualización de la Agenda Digital 2030. El Gabinete de Transformación
Digital podrá actualizar anualmente el contenido de la Agenda Digital 2030, ajustando los
objetivos, líneas de acción, indicadores y metas que hayan sufrido algún cambio durante ese
tiempo.
PÁRRAFO. El Gabinete de Transformación Digital aprobará la metodología de
actualización de la Agenda Digital 2030, la cual será elaborada por la Coordinación General
con el apoyo de la Secretaría Técnica.
ARTÍCULO 9. Logo de la Agenda Digital 2030. Se instruye a todas las instituciones del
Poder Ejecutivo a incorporar el logo de la Agenda Digital 2030 a sus proyectos de
transformación digital y a sus portales institucionales, que se enlazarán al portal oficial
indicado en el artículo 7 del presente decreto.
ARTÍCULO 10. Coordinación de proyectos de transformación digital. Todas las
entidades del Poder Ejecutivo deberán coordinar sus iniciativas y proyectos de
transformación digital e innovación tecnológica con el Gabinete de Transformación Digital,
procurando su alineación estratégica, técnica y operativa con la Agenda Digital 2030.
ARTÍCULO 11. Coordinación del componente tecnológico de otros planes, estrategias
y políticas nacionales. Las instituciones responsabilizadas del diseño de programas,
estrategias, planes u otros instrumentos de política pública sectorial y multisectorial, deberán
coordinar con el Gabinete de Transformación Digital para alinear los aspectos referentes a la
transformación digital contemplados en los citados instrumentos con la Agenda Digital 2030.
ARTÍCULO 12. Transformación digital en los instrumentos de planificación. Todas las
entidades del Poder Ejecutivo deberán incorporar en sus planes plurianuales, estratégicos y
operativos, bajo las directrices del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo
(MEPyD), sus programas, proyectos e iniciativas de transformación digital, como forma de
asegurar su financiamiento y oportuna ejecución.
PÁRRAFO. La Secretaría Técnica del Gabinete de Transformación Digital deberá apoyar a
las entidades del Poder Ejecutivo en la formulación, ejecución y evaluación de los programas,
proyectos e iniciativas contemplados en la Agenda Digital 2030.
ARTÍCULO 13. Observatorio de la Agenda Digital 2030. La Coordinación General del
Gabinete de Transformación Digital, habilitará un observatorio que estará a cargo de
monitorear el avance de la transformación digital de la sociedad dominicana, y de las metas
fijadas en la Agenda Digital 2030, en coordinación con la Oficina Nacional de Estadísticas
(ONE), las instituciones responsables de la medición de indicadores TIC a nivel nacional y
la Secretaría Técnica del Gabinete.
ARTÍCULO 14. Disposición de recursos para la ejecución de la Agenda Digital 2030.
Se instruye a la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES) a realizar las gestiones
necesarias para asegurar la apropiación de los programas, planes, proyectos e iniciativas de
la Agenda Digital 2030 que resulten priorizadas en el plan de acción en el Proyecto de Ley
General de Presupuesto para los años que correspondan a su ejecución.
ARTÍCULO 15. Remisión del presente decreto. Envíese a las instituciones
correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021),
año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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