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Decreto

Decreto 437-21

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 jul de 2021fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 11027Gaceta Oficial del 30 jul de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 437-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11027 del 30 de julio de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 437-21 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Acuicultores de la Presa de Hatillo (COOPAPREHA), con domicilio en la carretera Hatillo-Maimón, kilómetro 0, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Comerciantes Empresarios de Medina (COOPCEME), con domicilio en el distrito municipal Medina, sección Loma Verde, número 10, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Pescadores Parque Eólico de Juancho (COOPEPAEJU), con domicilio en la calle Primera, número 17, distrito municipal Juancho, provincia Pedernales, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el seis (6) de septiembre de dos mil once (2011). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Eugenia Vidal de Adón (COOPEVIDA), con domicilio en la calle Proyecto Salomé Ureña, número 28 (altos), sector Cancino Adentro, provincia Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiocho (28) de julio de dos mil diecinueve (2019). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Pedro Leclerc (COOPELERC), con domicilio en la calle 16 de Agosto, número 21, Capotillo, municipio Loma de Cabrera, provincia Dajabón, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de la Asociación de Peluqueros de Neyba (COOPPEN), con domicilio en la calle Ángel Miro Santana, esquina Profesor Juan Bosch, número 18, municipio Neyba, provincia Bahoruco, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el quince (15) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de la Asociación de Colmaderos del Batey Siete (COOPASOCOLBAS), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de los Trabajadores de Altagracia Proyecto (COOPTRALPRO), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 9. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona