Texto de la norma
Dec. No. 423-21 que declara duelo oficial el día 7 de julio del año en curso, con motivo
del fallecimiento de José Nicolás Almánzar García. G. O. No. 11026 del 19 de julio de
2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 423-21
CONSIDERANDO: Que José Nicolás Almánzar García fue un destacado maestro, escritor
y político, nacido en Salcedo, República Dominicana, realizó sus estudios universitarios en
la Universidad Estatal de Pennsylvania, en los Estados Unidos de América, Universidad
Autónoma de Santo Domingo (UASD) y Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña
(UNPHU), obteniendo los títulos de doctor en derecho y licenciatura en ciencias de la
educación.
CONSIDERANDO: Que fue profesor desde los años 1969 a 1976 de la Facultad de
Educación de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU) y fundador de la
Cátedra de Educación de Adultos. En 1982 fue designado como rector de la Universidad
Eugenio María de Hostos (UNIREMHOS), cargo que volvió a ocupar en 1988. Creador del
Programa Universitario para la Tercera Edad (UTE) y actual rector de dicha universidad.
CONSIDERANDO: Que José Nicolás Almánzar García también fue Secretario de Estado
de Educación, Bellas Artes y Cultos, así como miembro del Consejo Nacional de Educación,
en representación de los exsecretarios de Estado de Educación y, junto a otros valiosos
educadores, trabajó en la elaboración de sus reglamentos.
CONSIDERANDO: Que José Nicolás Almánzar García escribió las obras: “Educación
Moral y Cívica”, para el bachillerato dominicano, ganadora en 1975 del Primer Premio
Nacional de Didáctica Manuel De Js. Peña y Reynoso, “Teoría de la Educación”, para la
capacitación a distancia de maestros primarios en servicio, “Quisqueya”, libro inicial para la
alfabetización de adultos, “Leamos Quisqueyanos”, libro para neolectores, “Nociones de
Lenguaje”, para el tercer nivel de la educación de adultos.
CONSIDERANDO: Que José Nicolás Almánzar García fue creador y productor de la
columna “Temas Educativos”, que por varios años se publicó en el periódico vespertino “El
Nacional de Ahora”, columnista del periódico El Caribe, donde resaltaba los aportes a la
educación dominicana y temas de interés para la sociedad.
CONSIDERANDO: Que José Nicolás Almánzar García formó parte del grupo de
educadores que elaboraron la Ley núm. 66-97, que actualmente rige la educación inicial,
básica y media del sistema educativo dominicano.
CONSIDERANDO: Que el fallecimiento de este distinguido ciudadano que sirvió al Estado
dominicano con integridad, es motivo de duelo para el pueblo y el Gobierno dominicano.
VISTA: La Ley núm. 108, sobre Días Festivos, de Duelo y de Conmemoración, del 21 de
marzo de 1967.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara de duelo oficial el día 7 de julio del presente año con motivo del
fallecimiento de José Nicolás Almánzar García.
ARTÍCULO 2. Se instruye al Ministerio de Defensa a que rinda los honores militares a este
prominente ciudadano dominicano.
ARTÍCULO 3. La Bandera Nacional deberá ondear a media asta el día señalado en los
recintos militares y edificios públicos en todo el país.
ARTÍCULO 4. Envíese a los ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa e Interior y
Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los seis (6) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de
la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.