miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 412-21

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 jul de 2021fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 11026Gaceta Oficial del 19 jul de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 412-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11026 del 19 de julio de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 412-21 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Marobisme (COOPMAROBISME), con domicilio en la calle Eusebio Manzueta número 113, esquina Pimentel, 2do nivel, local 4b, Villa Consuelo, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Martinez (COOPMART), con domicilio principal en el Módulo A-127, primer nivel, Plaza Bella Terra Mall, avenida Juan Pablo Duarte, Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el siete (7) de junio de dos mil veintiuno (2021). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples La Matera (COOPMATERA), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Mi Comunidad Avanza (COOPMIAVANZA), con domicilio en la calle Principal número 72, sección Las Minas, Quita Coraza, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cuatro (4) de junio de dos mil veintiuno (2021). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Rio Mijo (COOPMIJO), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Misericordia (COOPMISERICORDIA), con domicilio en la calle Genaro Pérez, número 3, Rincón Largo, Villa Olga, Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintidós (22) de julio de dos mil diecisiete (2017). Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Mujeres del Yaque (COOPMUYAQUE), con domicilio en la calle Principal número 71, distrito municipal El Yaque, provincia San Juan, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dieciséis (16) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples La Nacional (COOPNACIONAL), con domicilio en la calle Bolívar Montaño número 24, distrito municipal La Cuaba, provincia Santo Domingo Oeste, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el primero (1) de junio de dos mil veintiuno (2021). Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Nacional del Sector Belleza (COOPNASEB), con domicilio en la Av. Prolongación Venezuela, Los Tres Brazos, municipio Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el diecisiete (17) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Nino Martínez (COOPNINOMARTINEZ), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Nuevo Renacer (COOPNURENACER), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Productores Ovicaprino (COOPVICAPRINO), con domicilio en la carretera Principal, tramo Montecristi-Dajabón, provincia Dajabón, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 13. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Artesanal de La Romana (COOPARO), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 14. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Patiño Martinez (COOPPATMA), con domicilio en la carretera Yamasá, número 45, San Felipe de Villa Mella, Santo Domingo Norte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el seis (6) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 15. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Productores y Exportadores de Chinola de la Región Este (COOPPECRE), con domicilio en la calle Duarte, número 38, municipio Hato Mayor del Rey, provincia Hato Mayor, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintidós (22) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 16. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Peluqueras de Neyba (COOPPELUN), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 17. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Proarca (COOPPROARCA), con domicilio en la calle Lebrón, número 4, Los Alcarrizos, municipio Santo Domingo Oeste, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cuatro (4) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 18. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Productores de Yautía Coco y Afines (COOPPYAUCO), con domicilio en la carretera Angelina-Fantino, número 27, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de abril de dos mil veintiuno (2021). Artículo 19. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Quisqueyana (COOPQUISQUEYA), con domicilio en la calle Duarte, número 7, municipio Fantino, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinticinco (25) de abril de dos mil veintiuno (2021). Artículo 20. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Productores del Cibao (COOPREGANTES), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 21. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Sabana del Rey (COOPREY), con domicilio en la calle Principal, frente de la Escuela Primaria Sabana del Rey, municipio Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 22. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción Trabajo y Servicios Múltiples Río Las Cuevas (COOP-RIO LAS CUEVAS), con domicilio en la calle La Valverde, número 30, municipio Padre Las Casas, provincia Azua de Compostela, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el nueve (9) de diciembre de dos mil doce (2012). Artículo 23. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Productores de Cacao de Chigüelo y El Firme (COOPROCACF), con domicilio en la comunidad Alto de Cueva, distrito municipal La Peña, municipio San Francisco de Macorís, provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el diez (10) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Artículo 24. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples para Empleados Privados e Independientes (COOPROEMPRI), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 25. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agroforestal y Servicios Múltiples Productores de Hatillo, de Azua (COOPROHA), con domicilio en la calle número 5, distrito municipal Hatillo, provincia Azua de Compostela, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dieciséis (16) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 26. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Hombres y Mujeres de Los Fríos (COOPROHOMUFRIO), con domicilio en la calle Principal, número 10, comunidad Los Fríos, municipio Padre Las Casas, provincia Azua de Compostela, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 27. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Nuestra Señora de Lourdes (COOPROLOURDES), con domicilio en [domicilio omitido], cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el tres (3) de marzo de dos mil dieciocho (2018). Artículo 28. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Mujeres Saladilleras (COOPROMUSA), con domicilio en la calle La Granja, número 20, sección Los Saladillos, municipio Las Salinas, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el ocho (8) de junio de dos mil veintiuno (2021). Artículo 29. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples El Panadero (COOPROPAN), con domicilio en la calle Ramón Emilio Jiménez, número 22, Plaza Papi Pan, Brisas de los Palmares, Sabana Perdida, municipio Santo Domingo Norte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el tres (3) de junio de dos mil veintiuno (2021). Artículo 30. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Progresando San Pedro de Macorís (COOPROSAM), con domicilio en la calle José Eugenio Kunhart, número 28, sector Porvenir, provincia San Pedro de Macorís, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el ocho (8) de noviembre de dos mil diecinueve (2019). Artículo 31. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona