Texto de la norma
Dec. No. 370-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11023 del 17 de junio de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 370-21
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos
y Servicios Múltiples del Norte (COOPNORTE), con domicilio en la calle Aurelinda
Ramírez, número 14, Arroyo Hondo Arriba, Santiago, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de
junio de dos mil veinte (2020).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Nuevo Futuro (COOPNUF), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
Servicios Múltiples Odontológica Dominicana (COOPODOM), con domicilio en la avenida
Independencia esquina avenida Luperón, local 77, segundo nivel, kilómetro 12, prolongación
Independencia, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el once (11) de mayo de dos
mil veintiuno (2021).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos
y Servicios Múltiples Olegario Mateo (COOPOLEMA), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Servicios
Múltiples La Buena Opcion (COOPOPCION), con domicilio en la calle Eusebio Puello,
entrada La Cana, sección Carpintero, San Juan de la Maguana, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de mayo
de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Ortega (COOPORTEGA), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Productores de Yautía del Nordeste (COOPPYNOR), con domicilio
en [domicilio omitido].
Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos
y Servicios Múltiples Restauración Financiera (COOPREFI), con domicilio en la calle Club
Amante del Progreso, número 9, Vietnan, Los Mina, provincia Santo Domingo Este,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva
celebrada el once (11) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos
y Servicios Múltiples Residuos Solidarios (COOPRESOL), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción y
Trabajo Pringamosa (COOPRIN), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Rio Yabón El Jobo (COOPRIYABON), con domicilio en la carretera El
Jobo, próximo al centro escolar El Jobo, distrito municipal San Francisco de Vicentillo, El
Seibo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general
constitutiva celebrada el diez (10) de abril de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros,
Créditos y Servicios Múltiples de Profesionales Cotuisanos (COOPROCOU), con domicilio
en la calle Máximo Gómez, número 18, sector Los Pomos, Cotui, provincia Sánchez
Ramírez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general
constitutiva celebrada el tres (3) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 13. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Guayabal (COOPROGUA), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 14. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros,
Créditos y Servicios Múltiples de los Promotores Turísticos (COOPROTURIS), con
domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 15. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Salón Net (COOPSALONNET), con domicilio en la calle Pelona,
número 15, Altos de Cansino, provincia Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de mayo
de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 16. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Servicios
Múltiples San Ramón (COOPSANRAMON), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 17. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples Severina Cuello (COOPSECU), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 18. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros,
Créditos y Servicios Múltiples Sol Luna (COOPSOL LUNA), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 19. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Servicios
Múltiples del Tabaco (COOPTABACO), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 20. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021); año
178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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