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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 367-21

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 jun de 2021fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 11023Gaceta Oficial del 17 jun de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 367-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11023 del 17 de junio de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 367-21 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Capital (COOPCAPITAL), con domicilio en [domicilio omitido]. nivel, Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de julio de dos mil veinte (2020). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Las Coles (COOPCOLES), con domicilio en la carretera Independencia, sección Las Garzas, municipio Arenoso, provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de abril de dos mil veintiuno (2021). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Servicios Múltiples Columna (COOPCOLUMNA), con domicilio en la calle José Ramírez, La Sabana, Pedro Corto, provincia San Juan de la Maguana, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cuatro (4) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Coopconfianza (COOPCONFIANZA), con domicilio en la carretera Duarte, km. 4 1/2, Entrada Vieja, número 26, Monte Adentro Abajo, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples El Cotorro (COOPCOTORRO), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Cuenca Ozama (COOPCOZAMA), con domicilio en la calle Principal, La Cuchilla, número 42, municipio Yamasá, provincia Monte Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el trece (13) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción y Trabajo Criadores de Bovino, Porcino y Avícola (COOPCRIADORES), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Cristo La Roca (COOPCRISTOLAROCA), con domicilio en la calle Independencia, número 43, barrio El Manguito, Bohechio, provincia San Juan de la Maguana, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el seis (6) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples del Colegio Taller Victoria Montás (COOPCTAVIM), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 10. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona