Texto de la norma
Dec. No. 394-21 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 11024 del 2 de julio de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 394-21
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio
de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del
plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido
por los interesados.
VISTA: La Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus
modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación:
1. Bienvenido Fernando Barreiro Martínez por el de FERNANDO BARREIRO
MARTÍNEZ.
2. Astavaldo Antonio Caridad Silvestre por el de ANTONIO CARIDAD SILVESTRE.
3. Felicia del Carmen Mendoza Rodríguez por el de ALICIA MENDOZA RODRÍGUEZ.
4. Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 734-20, del 28 de diciembre de 2020, mediante
el cual se autorizó a cambiar el nombre a Felicia Ramona Flete Rodríguez por el de
RAMONA JOSEFINA FLETE RODRÍGUEZ.
Artículo 2. Envíese a la Junta Central Electoral, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021); año
178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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