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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 383-21

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 jun de 2021fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 11024Gaceta Oficial del 2 jul de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 383-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11024 del 2 de julio de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 383-21 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Técnica Dominicana (COOPTEDO), con domicilio en [domicilio omitido], cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dieciséis (16) de noviembre de dos mil diecinueve (2019). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Técnicos Eléctricos del Sur (COOPTESUR), con domicilio en la calle Pedro Vicioso, número 7, apto. 1-A, San Juan de la Maguana, provincia San Juan, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito Servicios Múltiples Tocón Ortega y Asociados (COOPTOA), con domicilio en [domicilio omitido]. Jiménez, número 15, Respaldo Alma Rosa, Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de diciembre de dos mil veinte (2020). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Pescadores de Los Cocos, Enriquillo (COOPTRACE), con domicilio en la carretera Arroyo Dulce, número 26, municipio Enriquillo, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el diez (10) de marzo de dos mil diecisiete (2017). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro y Crédito del Transporte para el Desarrollo Barrial (COOPTRAPADEBA), con domicilio en la calle La Rotonda de Clarín, número 80, La Ciénaga, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de mayo de dos mil dieciocho (2018). Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Vida (COOPVIDA), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Federación Nacional de Cooperativas Agropecuarias (FENCOOPAGRO), con domicilio en la avenida 27 de Febrero, edificio Quilvio Cabrera (IAD), Plaza de la Bandera, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el siete (7) de noviembre de dos mil diecisiete (2017). Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Nebet (NEBETCOOP), con domicilio en la calle Manolo Tavares Justo, Hatillo Hoja Ancha, número 4, San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 9. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona