miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 317-21

que excluye de la expropiación efectuada mediante artículo 1, literal a) del Dec. No. 555-08, la parcela [cédula], con área de 2,500.00 metros cuadrados, ubicada en el municipio Santo Domingo Este, propiedad de Tino Caribbean, S. A

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 may de 2021fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 11019Gaceta Oficial del 14 may de 2021
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 317-21 que excluye de la expropiación efectuada mediante artículo 1, literal a) del Dec. No. 555-08, la parcela [cédula], con área de 2,500.00 metros cuadrados, ubicada en el municipio Santo Domingo Este, propiedad de Tino Caribbean, S. A. G. O. No. 11019 del 14 de mayo de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 317-21 VISTO: El Decreto núm. 555-08, del 15 de septiembre de 2008, que declara de utilidad pública dos porciones de terrenos ubicadas en la Autopista Las Américas, Prados del Este, Km. 15, dentro de las parcelas 199-A-1-C y 199-A, del D. C. núm. 32. VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 555-08, del 15 de septiembre de 2008, en su artículo 1, literal a), la parcela que se detalla a continuación: Designación Matrícula Municipio Propietario Catastral Superficie Tino Caribbean, S. Santo Domingo [cédula] 2,500.00 m2 3000179334 A Este Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Santo Domingo y a la Dirección General de Bienes Nacionales, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de mayo del año dos mil veintiuno (2021), año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona