que integra el Consejo Directivo de la Corporación de Zona Franca de Puerto Plata. Nombra como miembros ex officio del Consejo Directivo al director ejecutivo el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, al Alcalde de Puerto Plata y un representante de la Cámara de Comercio y Producción de dicha ciudad
Dec. No. 200-21 que integra el Consejo Directivo de la Corporación de Zona Franca de
Puerto Plata. Nombra como miembros ex officio del Consejo Directivo al director
ejecutivo el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, al Alcalde de Puerto
Plata y un representante de la Cámara de Comercio y Producción de dicha ciudad. G.
O. No. 11015 del 30 de marzo de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 200-21
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTOS: Los decretos núm. 268-06 del 23 de junio de 2006; 24-07 del 19 de enero de 2007;
352-12 del 16 de julio de 2012; 70-15 del 6 de marzo de 2015; y 202-15 del 8 de junio de
2015.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. El Consejo Directivo de la Corporación de Zona Franca de Puerto Plata estará
integrado de la manera siguiente:
a. Edgar de Jesús Martínez Reyes, presidente del Consejo.
b. Zara Antonia García de los Santos, vicepresidente del Consejo.
c. Ana María Frías Rosario de Castillo, secretaria del Consejo.
d. Fernando José Ortega Zeller, tesorero del Consejo.
e. José Daniel Jiménez Rivera.
f. Segundo Polanco Balbuena.
g. Rafael Augusto Fernández Cruz.
h. Miguel Ángel Jiménez Messon.
Artículo 2. Serán miembros ex ofjicio del Consejo Directivo, el director ejecutivo del
Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, el Alcalde de Puerto Plata y un
representante de la Cámara de Comercio y Producción de Puerto Plata.
Artículo 3. Envíese al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, al Centro de
Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) y al Ayuntamiento de Puerto
Plata, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, capital de la República Dominicana, a
los veintinueve (29) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la
Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona