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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 183-21

que nombra a Francisco Roberto de Jesús Henríquez Pereyra, Tammy Mercedes Reynoso Vargas y Carlos Andrés Peguero Rivera, viceministros de Turismo

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 mar de 2021fecha
Designacióntipo
G. O. 11015Gaceta Oficial del 30 mar de 2021
Poder Ejecutivoórgano
3personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Francisco Roberto de Jesús Henríquez PereyraDesignaciónviceministro de calidad de los servicios turísticoMinisterio de Turismo
Tammy Mercedes Reynoso VargasDesignaciónviceministra de desarrollo y fomento turísticoMinisterio de Turismo
Carlos Andrés Peguero RiveraDesignaciónviceministro de cooperación internacionalMinisterio de Turismo

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Francisco Roberto de Jesús Henríquez Pereyra · viceministro de calidad de los servicios turístico · Ministerio de Turismo

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 17 abr de 2021. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Cargos anteriores en el directorio: Viceministro, Viceministerio de Calidad en los Servicios Turísticos (desde 17 ago de 2020, vigente)

    Otro decreto con este nombre →

  • Tammy Mercedes Reynoso Vargas · viceministra de desarrollo y fomento turístico · Ministerio de Turismo

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 17 abr de 2021. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Cargos anteriores en el directorio: Viceministra, Viceministerio de Desarrollo y Fomento Turístico (desde 17 ago de 2020, vigente)

    Otro decreto con este nombre →

  • Carlos Andrés Peguero Rivera · viceministro de cooperación internacional · Ministerio de Turismo

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 17 abr de 2021. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Cargos anteriores en el directorio: Viceministro, Viceministerio de Cooperación Internacional (desde 17 ago de 2020, vigente)

    Otro decreto con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 183-21 que nombra a Francisco Roberto de Jesús Henríquez Pereyra, Tammy Mercedes Reynoso Vargas y Carlos Andrés Peguero Rivera, viceministros de Turismo. Deroga los artículos 4, 5 y 6 del Dec. No. 352-20. G. O. No. 11015 del 30 de marzo de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 183-21 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1. Se derogan los artículos 4, 5 y 6 del decreto núm. 352-20 del 17 de agosto de 2020. ARTICULO 2. Francisco Roberto de Jesús Henríquez Pereyra, queda designado viceministro de calidad de los servicios turístico del Ministerio de Turismo. ARTICULO 3. Tammy Mercedes Reynoso Vargas, queda designada viceministra de desarrollo y fomento turístico del Ministerio de Turismo. ARTICULO 4. Carlos Andrés Peguero Rivera, queda designado viceministro de cooperación internacional del Ministerio de Turismo. ARTICULO 5. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona