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Dec. No. 677-20 que autoriza a los ayuntamientos de Bani, Santiago de los Caballeros,
Barahona, Bayaguana, San Francisco de Macorís, Neiba, Sabana de la Mar, Moca, El
Seibo y Monte Plata a vender varias porciones de terrenos. G. O. No. 10997 del 27 de
noviembre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 677-20
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los
Municipios.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder
Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del
Distrito Nacional.
VISTO: El literal ¨d¨, del numeral 3 del artículo 128 de la Constitución de la República, el
cual establece como atribución del presidente de la República, en tanto jefe de Estado y de
Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los
contratos que hagan, cuando constituyan en garantía inmuebles o rentas municipales.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 16 de mayo de 2017, del acta núm. 20-90 del 30
de julio de 1990.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 26 de junio de 2018, del acta núm. 07/18 del 21 de
junio de 2018.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Baní,
provincia Peravia, del 21 de marzo de 2019, del acta núm. 16/2017 del 30 de noviembre de
2017.
VISTA: La Resolución núm. 056, del 26 de abril de 2019, del Concejo Municipal del
Ayuntamiento del municipio Neiba, provincia Bahoruco.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 25 de junio de 2018, del acta núm. 07-18 del 21 de
junio de 2018.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Baní, provincia Peravia, a vender
al señor José Altagracia Torres Vargas, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de trescientos ochenta y dos mil setecientos noventa y nueve pesos
dominicanos con 25/100 (RD$382,799.25), una porción de terreno que mide quinientos
sesenta y siete punto once metros cuadrados (567.11 m2), solar marcado con el núm. 45, de
la parcela catastral núm. 976 (Parte), D. C. núm. 5, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 44.
2. Al sur, solar núm. 46.
3. Al este, solar núm. 48.
4. Al oeste, calle en proyecto.
ARTÍCULO 2. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender al señor José Félix Valerio Abreu, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de doscientos cuarenta y cuatro mil
ochocientos treinta pesos dominicanos con 00/100 (RD$244,830.00), una porción de terreno
que mide ciento sesenta y tres punto veintidós metros cuadrados (163.22 m2) dentro de la
parcela núm. 56, D. C. núm. 8, con designación municipal del solar núm. 38, manzana núm.
46, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 42.
2. Al sur, calle peatonal.
3. Al este, solar núm. 3.
4. Al oeste, solar núm. 37.
ARTÍCULO 3. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Barahona, provincia Barahona,
a vender al señor Juan Pablo Féliz Féliz, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], por la suma de cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos diez pesos
dominicanos con 00/100 (RD$462,510.00), una porción de terreno que mide cuatrocientos
sesenta y dos punto cincuenta y un metros cuadrados (462.51 m2) dentro de la parcela núm.
51 (Parte), D. C. núm. 2, solar núm. 2, manzana municipal núm. 6, con los siguientes linderos:
1. Al norte, calle proyecto.
2. Al sur, Sra. Eline Medrano.
3. Al este, calle Primavera.
4. Al oeste, Sr. Daniel Féliz.
ARTÍCULO 4. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Baní, provincia Peravia, a vender
a la señora Ninón Deidamia Tejeda Castillo, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], por la suma de ciento ochenta y siete mil noventa y dos pesos dominicanos
con 50/100 (RD$187,092.50), una porción de terreno que mide doscientos trece punto
ochenta y dos metros cuadrados (213.82 m2) dentro de la parcela núm. 67 (Parte), D. C. núm.
2, con los siguientes linderos:
1. Al norte, Sr. Danilo Mejía.
2. Al sur, Sr. Rafael Bernabel.
3. Al este, Altagracia Félix Gómez.
4. Al oeste, calle Respaldo Pedro Henríquez Ureña.
ARTÍCULO 5. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Baní, provincia Peravia, a vender
al señor Gerardo Germán Morell, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de un millón ciento seis mil quinientos ochenta pesos dominicanos
con 00/100 (RD$1,106,580.00), una porción de terreno que mide trescientos sesenta y ocho
punto ochenta y seis metros cuadrados (368.86 m2) dentro de la parcela catastral núm. 976
(Parte), D. C. núm. 5, con designación municipal del solar núm. 59, con los siguientes
linderos:
1. Al norte, calle Boulevar Miguel Morín.
2. Al sur, David Levi Raposo y Luis E. Guerrero.
3. Al este, Mireya Pichardo.
4. Al oeste, Jesús Báez.
ARTÍCULO 6. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Bayaguana, provincia Monte
Plata, a vender al señor Víctor Castillo Rojas, titular de la cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], por la suma de ciento veinte mil seiscientos sesenta y cinco pesos
dominicanos con 00/100 (RD$120,665.00), una porción de terreno que mide doscientos
cuarenta y un punto treinta y tres metros cuadrados (241.33 m2) dentro de la parcela catastral
núm. 125 (Parte), D. C. núm. 2, con los siguientes linderos:
1. Al norte, calle proyecto.
2. Al sur, Sra. Paula Robles.
3. Al este, calle Proyecto.
4. Al oeste, calle El Desvío.
ARTÍCULO 7. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio San Francisco de Macorís,
provincia Duarte, a vender a la Sra. Luz Selene Plata Ventura, titular de la cédula de identidad
y electoral núm. [cédula], por la suma de un millón seiscientos cuarenta y nueve mil
trescientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,649,340.00), una porción de
terreno que mide cuatrocientos setenta y uno punto veinticuatro metros cuadrados (471.24
m2), dentro del solar núm. 5, ubicado dentro de la manzana núm. 76, D. C. núm. 1, con
designación del solar municipal núm. 1281, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solares núm. 9, 10, 11 y 2.
2. Al sur, solar núm. 4 y calle Papi Oliver.
3. Al este, calle Sánchez.
4. Al oeste, solar núm. 6.
ARTÍCULO 8. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a la Sra. Zaida Angelita Mazara Lorenzo, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de doscientos ochenta y un mil
novecientos sesenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$281,960.00), una porción de terreno
que mide ciento cuarenta punto noventa y ocho metros cuadrados (140.98 m2), solar
municipal núm. 22, manzana núm. 4, parcela catastral núm. 220 (Parte), D. C. núm. 6,
ubicado en la calle C, próximo a la calle Rubén Cordero del sector Villa Progreso, con los
siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 23.
2. Al sur, solar municipal núm. 21.
3. Al este, solar núm. 18.
4. Al oeste, calle núm. C.
ARTÍCULO 9. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender al señor Damián Valerio Peña, por la suma de dos millones
veintitrés mil setenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$2,023,070.00), una porción de
terreno que mide doscientos ochenta y nueve punto cero un metros cuadrados (289.01 m2)
del solar municipal núm. 339-A-14, manzana núm. 18, dentro de la parcela núm. 6, porción
E, D. C. núm. 1, ubicado en el sector Ensanche Julia, de la ciudad de Santiago de los
Caballeros, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 339-A-12.
2. Al sur, Av. 27 de Febrero.
3. Al este, solar municipal núm. 339-1-13.
4. Al oeste, solar municipal núm. 339-A-15.
ARTÍCULO 10. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Neiba, provincia Bahoruco, a
vender a la Sra. Luz Milena Acosta Ramírez, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], por la suma de quinientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta pesos
dominicanos con 00/100 (RD$556,250.00), el solar núm.5, ubicado dentro del ámbito de la
manzana catastral núm.18 del D. C. núm. 1, con una extensión superficial de 556.25 m², y
designación municipal solar núm. 5, manzana núm. 18, en el municipio Neiba, provincia
Bahoruco, con los siguientes linderos:
1. Al norte, S. núm. 4.
2. Al sur, S. núm. 6.
3. Al este, calle San Bartolomé.
4. Al oeste, S. núm. 11.
ARTÍCULO 11. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender al señor Rafael Antonio Gil García, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de doscientos treinta y siete mil ciento
ochenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$237,180.00), el solar municipal núm. 21,
manzana núm. Z dentro de la parcela catastral núm. 47 del D. C. núm. 08, con un área de
ciento cincuenta y ocho punto doce metros cuadrados (158.12 m2), ubicado en la Calle 2 y
Calle 3 del sector Hato Mayor, del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 22.
2. Al sur, solar municipal núm. 20.
3. Al este, solares números 15, 16.
4. Al oeste, calle núm. 15.
ARTÍCULO 12. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santa Cruz de El Seibo,
provincia El Seibo, a vender a la señora Mirla Nereida Cabrera Morales de Mota, titular de
la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de ciento ochenta y siete
mil novecientos quince pesos dominicanos con 00/100 (RD$187,915.00), el solar núm. 7
(Parte), ubicado dentro del ámbito de la manzana Catastral núm. 99, del Distrito Catastral
núm. 1, con una extensión superficial de doscientos catorce punto setenta y seis metros
cuadrados (214.76 m2) del municipio Santa Cruz de El Seibo, provincia El Seibo, con los
siguientes linderos:
1. Al norte, calle Tomás Otto.
2. Al sur, Sr. Tony Ferrand.
3. Al este, Sr. Juan Reynaldo Valera Castillo.
4. Al oeste, calle Julio Dalmasí.
ARTÍCULO 13. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Sabana de la Mar, provincia
Hato Mayor, a vender al señor José Eugenio Matos de la Cruz, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de setecientos catorce mil ciento diez
pesos dominicanos con 00/100 (RD$714,110.00), el solar ubicado dentro del ámbito de la
parcela catastral núm. 69 (Parte), del D. C. núm. 39/6, con un área de mil cuatrocientos
veintiocho punto veintidós metros cuadrados (1,428.22 m2), del municipio Sabana de la Mar,
provincia Hato Mayor, con los siguientes linderos:
1. Al norte, Sra. Ana Silvia Pérez Peguero.
2. Al sur, carretera a Caño Hondo.
3. Al este, calle proyecto 5.
4. Al oeste, calle El Seibo.
ARTÍCULO 14. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a
vender al señor Feix Manuel Burdiez Ferreira, titular de la cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], el solar núm. 4, parcela núm. 26, del D. C. núm. 13, con una extensión
superficial de trecientos veinticuatro metros cuadrados (324.00 m2), ubicado en la
urbanización Evan Luis del municipio Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos:
5. Al norte, Juan Hernández.
6. Al sur, propiedad del ayuntamiento.
7. Al este, calle 2.
8. Al oeste, Josefina Roca.
ARTÍCULO 15. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio y provincia Monte Plata, a
vender a la Sra. Gloria María Hernández Contreras, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], por la suma de once millones ciento sesenta y seis pesos
dominicanos con 25/100 (RD$11, 000, 176.25), una porción de terreno ubicada en el paraje
Ana Santana, dentro de la parcela catastral núm. 41 D. C. núm. 64B. que mide cuatrocientos
sesenta y seis punto cuarenta y seis tareas (466.46), del municipio de Monte Plata, con los
siguientes linderos:
9. Al norte, parcela núm. 41 (Resto).
10. Al sur, Rio Congo.
11. Al este, Sres. Pura Mieses.
12. Al oeste, carretera Monte Plata-Boyá.
ARTÍCULO 16. Envíese a los ayuntamientos del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago; municipio Barahona, provincia Barahona; municipio Baní, provincia
Peravia; municipio Bayaguana, provincia Monte Plata; municipio San Francisco de Macorís,
provincia Duarte; municipio Neiba, provincia Bahoruco; municipio Sabana de la Mar,
provincia Hato Mayor; municipio Moca, provincia Espaillat, al municipio de El Seibo,
provincia El Seibo, al Ministerio de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana
(LMD), para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre del año dos mil vente (2020);
año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.