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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 635-20

que excluye de la expropiación efectuada mediante Dec. No. 112-16, artículo 1, numeral 12, dos porciones de terrenos dentro del municipio Higüey, provincia La Altagracia, las cuales fueron destinadas a la construcción de edificaciones escolares

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 nov de 2020fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10997Gaceta Oficial del 27 nov de 2020
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 635-20 que excluye de la expropiación efectuada mediante Dec. No. 112-16, artículo 1, numeral 12, dos porciones de terrenos dentro del municipio Higüey, provincia La Altagracia, las cuales fueron destinadas a la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10997 del 27 de noviembre de 2020. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 635-20 VISTO: El decreto núm. 112-16, del 29 de febrero de 2016, que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de aulas. VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el decreto núm. 112-16, del 29 de febrero de 2016, en su artículo 1, numeral 12, las parcelas que se detallan a continuación: Parcela Superficie m2 Municipio Provincia 404, Distrito Catastral núm. 10.6 617,920.25 Higüey La Altagracia [cédula] 441.00 Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Higüey para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona