miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 659-20

que modifica los artículos 1 y 2 del Dec. No. 10-17. Crea la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal adscrita al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos Agrodorestal. Deroga el Dec. No. 469-20

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 nov de 2020fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10997Gaceta Oficial del 27 nov de 2020
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 659-20 que modifica los artículos 1 y 2 del Dec. No. 10-17. Crea la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal adscrita al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos Agrodorestal. Deroga el Dec. No. 469-20. G. O. No. 10997 del 27 de noviembre de 2020. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 659-20 VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTO: El Decreto núm. 10-17, que crea e integra la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal de la Presidencia de la República, del 19 de enero de 2017. VISTO: El Decreto núm. 469-20 que introduce modificaciones al Decreto núm. 10-17, del 11 de septiembre de 2020. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO l. Se modifica el artículo 1 del Decreto núm. 10-17 que crea e integra la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal de la Presidencia de la República, del 19 de enero de 2017. para que en lo adelante se lea de la siguiente manera: "Artículo l. Se crea la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal, unidad adscrita al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para coordinar y supervisar la implementación de los proyectos de reforestación y desarrollo sostenible diseñados por el ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Dicha unidad estará integrada por: (i) el ministro, quien la presidirá; (ii) un viceministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales; (iii) un viceministro de Agricultura; y (iv) un asesor medioambiental del Poder Ejecutivo, quien será designado por el presidente de la República." ARTÍCULO 2. Se modifica el artículo 2 del Decreto núm. 10-17, que crea e integra la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal de la Presidencia de la República, del 19 de enero de 2017, para que en lo adelante se lea de la siguiente manera: "Articulo 2. Se crea la Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos Agroforestal para ejecutar la implementación de los proyectos de desarrollo agroforestal diseñados por el ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Párrafo. La Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal estará integrada por un director ejecutivo y un subdirector que serán designados por el presidente de la República. ARTÍCULO 3. Se transfieren todos los activos, pasivos y proyectos en proceso de ejecución de la Unidad Coordinadora y la Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agro forestal al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ARTÍCULO 4. El resto de los artículos del Decreto núm. 10-17 del 19 de enero de 2017 mantienen su vigencia. ARTÍCULO 5. Se deroga el Decreto núm. 469-20 del 11 de septiembre de 2020. ARTÍCULO 6. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y año 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona