Texto de la norma
Dec. No. 650-20 que concede naturalización dominicana a personas extranjeras.
Modifica varios numerales de los artículos 1 de los decretos Nos. 221-04, 284-90, 539-
04, 524-05, 86-04 y 127-03. G. O. No. 10997 del 27 de noviembre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 650-20
VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus
modificaciones.
VISTAS: Las instancias números 1522, 1523, 1525, 1526 y 1527, del 11 de marzo del 2020;
1684, 1685, 1686, 1686 (bis) y 1687, del 16 de marzo de 2020; 2272, 2274, 2275, 2276,
2277, 2278, 2279, 2280, 2281, 2282 y 2283, 4 de junio de 2020, que, por conducto del
Ministerio de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres
figuran en la parte dispositiva del presente decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana a título de
naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación:
1. José Fuentes Mavisoy, de nacionalidad colombiana.
2. Natalia Andrea Lugo Villadiego, de nacionalidad colombiana.
3. Thierry Jean-Louis Omer Montreuil y su esposa la señora Patricia Carine
Ghilaine Dumont, el primero de nacionalidad francesa y la segunda de
nacionalidad belga.
4. Miguel Vicente Belloch Cortes y su esposa la señora Adriana Oliva Ruiz, el
primero de nacionalidad española y la segunda de nacionalidad mexicana.
5. Andrew Scott Eggers, de nacionalidad estadounidense.
6. Javier de Jesús Ramírez Espino, de nacionalidad cubana.
7. Jorge Carlos Alonso Cerveto, de nacionalidad cubana.
8. Elba Lidia Pérez, de nacionalidad estadounidense.
9. Ana Teresa Rieche Pulido, de nacionalidad cubana.
10. Michael Zachary McKinney, de nacionalidad estadounidense.
11. Clerveus Annéus Henry, de nacionalidad haitiana.
12. Reinaldo Martínez Morán, de nacionalidad cubana.
13. Mélanie Annie Bailly-Maitre, de nacionalidad francesa.
14. Lucyamelia Carmona Socorro, de nacionalidad venezolana.
15. Ignacio Gómez y a su esposa Pascale Marie Therese Ficty, ambos de nacionalidad
francesa.
ARTÍCULO 2. Se modifica el numeral 15 del artículo 1 del Decreto núm. 221-04, del 12 de
abril de 2004, para que en adelante se lea como sigue:
15. Saqib Hafeez Ur-Riaz, de nacionalidad pakistaní.
ARTÍCULO 3. Se modifica el numeral 13 del artículo 1 del Decreto núm. 284-90, del 15 de
agosto de 1990, para que en adelante se lea como sigue:
13. Wen-Teng Tien, Tsang Yeh Liao de Tien y sus hijos menores Ming-Yin Tien,
Chu-Yen Tien y Chu-Chi Tien, de nacionalidad china.
ARTÍCULO 4. Se modifica el numeral 35 del artículo 1 del Decreto núm. 539-04, del 16 de
junio de 2004, para que en adelante se lea como sigue:
35. Ahmad Chokr, de nacionalidad libanesa.
ARTÍCULO 5. Se modifica el numeral 18 del artículo 1 del Decreto núm. 524-05, del 20 de
septiembre de 2005, para que en adelante se lea como sigue:
18. Moussa Hamadi, de nacionalidad libanesa.
ARTÍCULO 6. Se modifica el numeral 19 del artículo 1 del Decreto núm. 86-04, del 6 de
febrero de 2004, para que en adelante se lea como sigue:
19. Imran Shahzad Ghafoor Begum, de nacionalidad pakistaní.
ARTÍCULO 7. Se modifica el numeral 13 del artículo 1 del Decreto núm. 127-03, del 7 de
febrero de 2003, para que en adelante se lea como sigue:
13. Manlio Moggia Zunini, de nacionalidad italiana.
ARTÍCULO 8. Envíese al Ministerio de Interior y Policía para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020);
año 177 de la Independencia y 157 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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