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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 532-20

que designa a Arturo Martinez Moya y Eduardo De Jesús Tejera Curbelo, miembros de la Junta Monetaria, ambos por un periodo de dos (2) años

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 oct de 2020fecha
Designacióntipo
G. O. 10993Gaceta Oficial del 16 oct de 2020
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Arturo Martínez MoyaDesignaciónmiembroJunta Monetaria, por un período de dos (2) años
Eduardo De Jesús Tejera CurbeloDesignaciónmiembroJunta Monetaria, por un período de dos (2) años

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Arturo Martínez Moya · miembro · Junta Monetaria, por un período de dos (2) años

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 31 oct de 2020. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 6 decretos con este nombre →

  • Eduardo De Jesús Tejera Curbelo · miembro · Junta Monetaria, por un período de dos (2) años

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 31 oct de 2020. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 532-20 que designa a Arturo Martinez Moya y Eduardo De Jesús Tejera Curbelo, miembros de la Junta Monetaria, ambos por un periodo de dos (2) años. G. O. No. 10993 del 16 de octubre de 2020. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 532-20 CONSIDERANDO: Que el artículo 10 de la Ley Monetaria y Financiera núm. 183-02, del 21 de noviembre de 2002, establece que la Junta Monetaria está integrada por el Gobernador del Banco Central, quien la preside, el Ministro de Hacienda y el Superintendente de Bancos (miembros ex oficio), y por 6 miembros por tiempo determinado designados por el presidente de la República. CONSIDERANDO: Que los 6 miembros por tiempo determinado de la Junta Monetaria son designados por el presidente de la República por un periodo de 2 años. CONSIDERANDO: Que a los señores Manuel García Arévalo y George Manuel Hazoury, miembros por tiempo determinado de la Junta Monetaria, les fue otorgado el beneficio de la pensión al cumplir los requisitos del reglamento correspondiente. VISTO: El Decreto núm. 388-18, del 30 de octubre de 2018. VISTA: La Ley Monetaria y Financiera, núm. 183-02, del 21 de noviembre de 2002. VISTA: la comunicación núm. 8104, del 28 de septiembre de 2020, suscrita por el Lic. Héctor Valdez Albizu, Gobernador del Banco Central y presidente de la Junta Monetaria. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO l. Arturo Martínez Moya queda designado miembro de la Junta Monetaria, por un período de dos (2) años. ARTÍCULO 2. Eduardo De Jesús Tejera Curbelo queda designado miembro de la Junta Monetaria, por un período de dos (2) años. ARTÍCULO 3. Los miembros designados en el presente decreto sustituyen a Manuel García Arévalo y George Manuel Hazoury, a quienes les fue otorgado el beneficio de la pensión al cumplir los requisitos del reglamento correspondiente. ARTÍCULO 4. Envíese a la Junta Monetaria, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, el primer (1er) día del mes de octubre del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y año 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona