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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 493-20

que deja sin efecto los decretos que designaron funcionarios en el Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 sept de 2020fecha
Cese, renuncia o revocacióntipo
G. O. 10990Gaceta Oficial del 2 oct de 2020
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 493-20 que deja sin efecto los decretos que designaron funcionarios en el Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario. G. O. No. 10990 del 2 de octubre de 2020. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 493-20 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se deroga el artículo 2 del Decreto núm. 558-12, mediante el cual se designó a Wilson Rafael Beras Santana subdirector del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario (FEDA). ARTÍCULO 2. Se deroga el artículo 4 del Decreto núm. 594-12, mediante el cual se designó a Arismendy Díaz Ramírez subdirector del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario (FEDA). ARTÍCULO 3. Se deroga el Decreto núm. 175-17, mediante el cual se designó a José Jáquez subdirector del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario (FEDA). ARTÍCULO 4. Se deroga el artículo 5 del Decreto núm. 590-12, mediante el cual se designó a Carlos Manuel Portalatín subdirector del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario (FEDA). ARTÍCULO 5. Se deroga el artículo 6 del Decreto núm. 212-13, mediante el cual se designó a Rolando Alba subdirector del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario para la Región Norte. ARTÍCULO 6. Se deroga el artículo 4 del Decreto núm. 80-18, mediante el cual se designó a Fladys Cordero subdirector del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario. ARTÍCULO 7. Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 11-16, mediante el cual se designó a Ana Elsie Bueno Almánzar subdirectora del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario (FEDA). ARTÍCULO 8. Envíese al Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario (FEDA) para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona