Texto de la norma
Dec. No. 483-20 que deja sin efectos los nombramientos de varios funcionarios
diplomáticos y consulares de la República en el exterior. G. O. No. 10990 del 2 de
octubre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 483-20
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se deroga el Decreto núm. 147-17, del 3 de mayo de 2017, mediante el cual
fue designado Olivo Andrés Rodríguez Huertas, embajador extraordinario y
plenipotenciario de la República Dominicana en el Reino de España, renunciante.
ARTÍCULO 2. Se deroga el Decreto núm. 400-17, del 2 de noviembre de 2017, mediante el
cual fue designado Olivo Andrés Rodríguez Huertas, embajador extraordinario y
plenipotenciario de la República Dominicana en el Principado de Andorra, con sede en
España.
ARTÍCULO 3. Se deroga el Decreto núm. 166-19, del 30 de abril de 2019, mediante el cual
fue designada Katia Alexandra Vilain de Rodríguez, vicecónsul en el Consulado de la
República Dominicana en Chicago, Estados Unidos de América, renunciante.
ARTÍCULO 4. Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 1209-04, del 16 de septiembre de
2004, mediante el cual fue designada Greysis Victoria Lizardo Ovalle, ministra consejera
en la Embajada de la República Dominicana en Chile, fallecida.
ARTÍCULO 5. Se deroga el Decreto núm. 5-08, del 16 de enero de 2008, mediante el cual
fue designada Alejandra Miguelina Dore Despradel, consejera en la Embajada de la
República Dominicana en Ecuador, renunciante.
ARTÍCULO 6. Se deroga el Decreto núm. 317-10, del 16 de junio de 2010, mediante el cual
fue designada Jenny Tirado Perdomo, auxiliar en el Consulado de la República Dominicana
en Ámsterdam, Holanda, renunciante.
ARTÍCULO 7. Se deroga el artículo 5 del Decreto núm. 386-08, del 25 de agosto de 2008,
mediante el cual fue designada Guillermina Alexandra Pérez Castillo, consejera en la
Embajada de la República Dominicana en Nicaragua, renunciante.
ARTÍCULO 8. Se deroga el artículo 5 del Decreto núm. 153-11, del 15 de marzo de 2011,
mediante el cual fue designado Celestino Peña García, vicecónsul en el Consulado de la
República Dominicana en Mayagüez, Puerto Rico, renunciante.
ARTÍCULO 9. Se deroga el Decreto núm. 172-19, del 10 de mayo de 2019, mediante el cual
fue designada Patricia Paola Santos Cruz, consejera en la Embajada de la República
Dominicana en el Reino de España, renunciante.
ARTÍCULO 10. Se deroga el Decreto núm. 214-15, del 19 de junio de 2015, mediante el
cual fue designado Abel Ramírez Fernández, vicecónsul en el Consulado de la República
Dominicana en Chicago, Estados Unidos de América, renunciante.
ARTÍCULO 11. Se deroga el Decreto núm. 362-13, del 13 de diciembre de 2013, mediante
el cual fue designada Priscila D´ Oleo Agüero, consejera en la Embajada de la República
Dominicana en el Reino de Marruecos, renunciante.
ARTÍCULO 12. Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 135-12, del 22 de marzo de 2012,
mediante el cual fue designado José Miguel Cordero Mora, ministro consejero en la
Embajada de la República Dominicana en Honduras, renunciante.
ARTÍCULO 13. Se deroga el artículo 20 del Decreto núm. 4-09, del 7 de enero de 2009,
mediante el cual fue designado Wilson Félix, primer secretario en la Embajada de la
República Dominicana en Rusia, renunciante.
ARTÍCULO 14. Se deroga el Decreto núm. 209-19, del 7 de junio de 2019, mediante el cual
fue designada Santa Susana Soto Soto como ministra consejera en la Embajada de la
República Dominicana en la República Árabe de Egipto.
ARTÍCULO 15. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020);
año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.