Texto de la norma
Dec. No. 471-20 que modifica el artículo 1 del Dec. No. 16-17. Dispone que el proceso de
disolución y transferencia de titularidad del patrimonio de la Corporación Dominicana
de Empresas Estatales, sea dirigido por la Comisión de Liquidación de Órganos del
Estado, creada por el Dec. No. 422-20. G. O. No. 10989 del 16 de septiembre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 471-20
CONSIDERANDO PRIMERO: Que en el marco del progresivo proceso de liquidación de
las instituciones del Estado que presenten dualidad de funciones o que resulten incongruentes
con los principios constitucionales que rigen la Administración Pública, fue creada una
comisión de liquidación y se estatuyó el proceso general a seguir por la misma.
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que resulta oportuno que el proceso de liquidación de
órganos y entes públicos iniciado con anterioridad a la existencia de la normativa vigente se
someta a los principios y reglas de esta, así como la supervisión de la comisión de liquidación
ya creada, para la concreción de procesos eficientes y la optimización de los recursos del
Estado.
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 289, Orgánica de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales,
del 30 de junio de 1966.
VISTO: El Decreto núm. 16-17 que instruye a la Comisión designada por el Decreto núm.
392-16, dirigir el proceso de disolución y transferencia de titularidad del patrimonio de la
Corporación Dominicana de Empresas Estatales, de fecha 13 de febrero de 2017.
VISTO: El Decreto 422-20, que crea la Comisión de Liquidación de Órganos del Estado y
establece las generalidades del procedimiento a seguir, de fecha 31 de agosto de 2020.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. Se modifica el artículo 1 del decreto núm. 16-17, del 10 de febrero de 2017, para
que en lo adelante se lea de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1. El proceso de disolución y transferencia de titularidad del
patrimonio de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE) y de las
empresas que administra, será dirigido y coordinado por la Comisión de Liquidación
de Órganos del Estado, creada por el Decreto 422-20, de fecha 31 de agosto de 2020,
y bajo el procedimiento general que la rige, con el acompañamiento de la Dirección
General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG)”.
Artículo 2. El resto de los artículos del decreto núm. 16-17, del 10 de febrero de 2017,
mantienen su vigencia.
Artículo 3. Envíese a los órganos correspondientes para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020), año
177 de la Independencia y año 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
El suscrito: Consultor jurídico del Poder Ejecutivo
Certifica que la presente publicación es oficial
Dr. Antoliano Peralta Romero
Santo Domingo, D. N., República Dominicana
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