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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 454-20

que designa a José García Ramírez, director ejecutivo del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 sept de 2020fecha
Designacióntipo
G. O. 10989Gaceta Oficial del 16 sept de 2020
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
José García RamírezDesignacióndirector ejecutivoConsejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE)

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • José García Ramírez · director ejecutivo · Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE)

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 9 oct de 2020. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 3 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 454-20 que designa a José García Ramírez, director ejecutivo del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente. G. O. No. 10989 del 16 de septiembre de 2020. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 454-20 CONSIDERANDO PRIMERO: De acuerdo con el artículo 29 de la Ley núm. 352-08 sobre Protección de la Persona Envejeciente, del 15 de agosto de 1998, el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente escogerá un director ejecutivo por votación no menor de seis de sus miembros. CONSIDERANDO SEGUNDO: En cumplimiento de la disposición citada, el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente sostuvo una reunión el 26 de agosto de 2020, eligiendo el director ejecutivo de dicho Consejo. CONSIDERANDO TERCERO: Que el resultado de la referida reunión del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente fue formalmente comunicado al Poder Ejecutivo a los fines de formalizar la elección del director ejecutivo ya reseñada. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley No. 352-98 sobre Protección de la Persona Envejeciente, del 15 de agosto de 1998, Gaceta Oficial No. 9996. VISTA: La misiva dirigida al Poder Ejecutivo por el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, en la que se comunica el Acta núm. 000053, del 28 de agosto de 2020, de dicho Consejo. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1. José García Ramírez queda designado director ejecutivo del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE). Artículo 2. Envíese al Ministerio de Salud Pública y al Consejo Nacional de la Persona Envejeciente para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona